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Norma de Argentina

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL

Disposición No. 00007/2024
(B.Oficial: 25-3-2024)

Actualícense, a partir de la fecha de su publicación, los valores de los aranceles correspondientes a las verificaciones efectuadas por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI).   Descargue el PDF

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL

DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN

Disposición 7/2024

DI-2024-7-APN-DPYC#INTI

Actualícense, a partir de la fecha de su publicación, los valores de los aranceles correspondientes a las verificaciones efectuadas por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI).

Villa Lynch, Buenos Aires, 22/03/2024

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2024-19780032-APN-DA#INTI, el Decreto-Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N° 14.467, la Ley N° 27.275, las Resoluciones del CONSEJO DIRECTIVO Nros. 8, de fecha 16 de marzo de 2018 y 3, de fecha 30 de enero de 2021, la Disposición de la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN N° 10, de fecha 6 de diciembre de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto-Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N° 14.467, se creó el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), como organismo descentralizado actuante en el ámbito del entonces MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIA.

Que por la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 8/18, se fijaron las pautas generales para determinar la metodología de costeo, arancelamiento y bonificaciones otorgables sobre los servicios a ser aplicados por el sistema de Centros de Investigación y Desarrollo y los Programas del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), con excepción de aquellos que están regulados por reglamentaciones y/o disposiciones específicas.

Que por la Decisión Administrativa N° 1945/18, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI).

Que la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN, a través de la SUBGERENCIA OPERATIVA DE INVERSIONES Y COSTOS, tiene a su cargo determinar los costos y proponer los aranceles para la prestación de los servicios ofrecidos por el Instituto.

Que por la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 3/21, se aprobó el listado de servicios regulados y no regulados (sistematizados y no sistematizados), que brinda el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), con su correspondiente Código de Oferta Tecnológica, arancel y/o norma que lo rige, el que como Anexo I (IF- 2021-06056215-APN-SOIYC#INTI) forma parte integrante de la citada Resolución.

Que mediante el artículo 2° de la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 3/21, se autorizó a la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN, a actualizar los valores de los aranceles de los servicios regulados y no regulados (sistematizados y no sistematizados), de conformidad con la metodología de arancelamiento establecida por el Anexo I de la Resolución DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 8/18, así como a establecer aranceles por los nuevos servicios que vayan a prestarse por el Organismo.

Que dicha autorización comprende la facultad de ordenar la publicación de los valores de los aranceles actualizados en la página web del Instituto y su actualización en el sistema PRESEA.

Que por la Disposición de la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN N° 10/23, se actualizaron los valores de los aranceles correspondientes a las verificaciones efectuadas por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), para los instrumentos correspondientes al Control de Medición de Molienda; Instrumentos de pesar de funcionamiento no automático; Pesas; Surtidores de Combustibles Líquidos; Etilómetros; Medidas de longitud de uso general; Medidas de capacidad; Cinemómetros (Portátiles y de Instalación Fija); así como los de verificación primitiva para la aprobación de modelos de efecto limitado de tanque fijos de almacenamiento y termómetros clínicos de líquidos termométricos en vidrio destinados a medir la temperatura del cuerpo humano y termómetros Clínicos Eléctricos Digitales con Dispositivo de Medición de Temperatura Máxima, de conformidad a lo establecido en el Anexo I (IF-2023-141663098-APN-SOIYC#INTI) que forma parte integrante de la citada Disposición.

Que la SUBGERENCIA OPERATIVA DE INVERSIONES Y COSTOS, dependiente de la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN, mediante el IF-2024-27587299-APN-SOIYC#INTI obrante en el orden número 2 de las actuaciones citadas en el VISTO, propuso luego de un trabajo conjunto con las áreas operativas interesadas, actualizar los aranceles de los servicios previstos en la Disposición de la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN N° 10/23.

Que asimismo, informó que la propuesta de incremento de los referidos aranceles se ha efectuado en base a la metodología de cálculo de costos indicada en la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 8/18, y destacó que el cálculo del costo de los servicios está vinculado a la actualización del valor hora hombre para los servicios (sistematizados y no sistematizados), y los costos indirectos vigentes, aprobados por la Disposición de la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN N° 8/23, y que tanto la actualización de los costos como de los aranceles propuestos, ha sido consensuado con las áreas que prestan los servicios.

Que el artículo 32, Titulo II de la Ley N° 27.275 - Ley Derecho de Acceso a la Información Pública, ordena que “los sujetos obligados enumerados en el artículo 7° de la presente ley, con excepción de los indicados en sus incisos i) y q), deberán facilitar la búsqueda y el acceso a la información pública a través de su página oficial de la red informática, de una manera clara, estructurada y entendible para los interesados y procurando remover toda barrera que obstaculice o dificulte su reutilización por parte de terceros”.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), en su carácter de organismo descentralizado, se encuentra dentro de los sujetos alcanzados por la Ley N° 27.275 y debe ajustar su accionar a la normativa precitada.

Que a fin de dotar de transparencia activa y facilitar el libre acceso de las personas a la información referida a los valores de los aranceles de los servicios regulados (sistematizados y no sistematizados) que conforman la oferta tecnológica que brinda el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), corresponde establecer que los mismos sean publicados en el sitio web www.inti.gob.ar.

Que la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACION, mediante el IF-2024-27620854-APN-DPYC#INTI obrante en el orden número 6, la DIRECCIÓN OPERATIVA, mediante el IF-2024-28691155-APN-DO#INTI obrante en el orden número 9, la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA, mediante el IF-2024-28994996-APN-DA#INTI obrante en el orden número 12, y la GERENCIA OPERATIVA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, mediante la PV-2024- 29377348-APN-GOAYF#INTI obrante en el orden número 16, han tomado intervención sin tener objeciones que formular.

Que la GERENCIA OPERATIVA DE ASUNTOS LEGALES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 2° de la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 3, de fecha 30 de enero de 2021.

Por ello,

EL DIRECTOR DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL
DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Actualícense, a partir de la fecha de su publicación, los valores de los aranceles correspondientes a las verificaciones efectuadas por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), para los Instrumentos de pesar de funcionamiento no automático; Pesas; Surtidores de Combustibles Líquidos; Etilómetros; Medidas de longitud de uso general; Medidas de capacidad; Cinemómetros (Portátiles y de Instalación Fija); así como los de verificación primitiva para la aprobación de modelos de efecto limitado de tanque fijos de almacenamiento y termómetros clínicos de líquidos termométricos en vidrio, destinados a medir la temperatura del cuerpo humano y termómetros Clínicos Eléctricos Digitales con Dispositivo de Medición de Temperatura Máxima, de conformidad a lo establecido en el Anexo I (IF-2024-27582506-APN-SOIYC#INTI) que forma parte integrante de la presente Disposición.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese, a la SUBGERENCIA OPERATIVA DE INFORMÁTICA, dependiente de la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA, a publicar en el sitio web www.inti.gob.ar, el listado de los valores de los aranceles de los servicios actualizados por el artículo 1° de la presente Disposición.

ARTÍCULO 3°.- Instrúyese, a la SUBGERENCIA OPERATIVA DE INFORMÁTICA, dependiente de la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA, a establecer en el sistema PRESEA los valores de los aranceles de los servicios actualizados por el artículo 1° de la presente Disposición.

ARTÍCULO 4°.- Póngase oportunamente en conocimiento del CONSEJO DIRECTIVO.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Roberto Srour

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar