Normas de Argentina

En virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 716/2026 dispóngase la disminución en un veinte por ciento (20%) del resultante de las tarifas finales que surjan de los cálculos efectuados de conformidad al “Régimen de Tarifas Máximas para los Servicios de Practicaje y Pilotaje”.

Circular CAMEX 1-1064: Exterior y Cambios. Adecuaciones.

Incorpóranse al Anexo I de la Resolución N° 54 del 30 de abril de 2026 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA los montos arancelarios que por retribución percibe el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Modifíquese la superficie del depósito fiscal particular de la firma MIRGOR S.A.C.I.F.I.A., CUIT Nº 30-57803607-1, ubicado en la calle Albert Einstein Nº 1111 de la localidad de RIO GRANDE, provincia de TIERRA DEL FUEGO, jurisdicción de la Aduana homónima.

“XIII JUEGOS SURAMERICANOS SANTA FE 2026”. Exenciones

Incorpórense al ordenamiento jurídico nacional las siguientes Resoluciones Grupo Mercado Común (GMC): Resolución GMC N°02/25

Suspéndase la elaboración, comercialización, importación y uso del ingrediente farmacéutico fenolftaleína y de las Especialidades Medicinales que contengan fenolftaleína por los fundamentos expuestos en el considerando de la presente disposición.

Declárase procedente la apertura de examen por expiración del plazo y cambio de circunstancias de las medidas antidumping dispuestas por la resolución 691 del 5 de agosto de 2024 del Ministerio de Economía

Régimen de Importación de Líneas de Producción Usadas. Sustitúyese el Artículo 2° de la Resolución Conjunta N° 5 de fecha 21 de noviembre de 2016 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO y la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, ambas del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Prorróguese, a partir del 1° de julio de 2026 y hasta la efectiva toma del servicio por parte de la adjudicataria de la concesión de la Vía Navegable Troncal, dispuesta por la Resolución N° RESOL-2026-36-APN-ANPYN#MEC, la bonificación establecida en el artículo 3°, inciso b), de la Resolución N° 13 del 18 de septiembre de 2024 de la entonces Administración General de Puertos Sociedad del Estado, con una tarifa para el transporte internacional de dólares estadounidenses uno con treinta centavos (