Grupo Mercado Común
Mercosur - Goma Gellan - Aditivos - Incorporación
Resolución Nº 144/96 - GMC
Fortaleza, 13 de Diciembre de 1996
REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE INCORPORACION DE GOMA GELLAN EN
LA LISTA GENERAL DE ADITIVOS ALIMENTARIOS
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las
Resoluciones Nº 17/93,
19/93
y
91/93 del Grupo Mercado Común, y
la Recomendación S/Nº del Acta 4/96 del Subgrupo de Trabajo Nº 3
"Reglamentos Técnicos".
CONSIDERANDO:
El interés de los Estados-Parte en la inclusión del Aditivo Goma
Gellan en la Lista General Armonizada de Aditivos MERCOSUR.
Que para esta incorporación se verificó el cumplimiento de lo
establecido en los Criterios de Inclusión de Aditivos Alimentarios
(Res. 17/93 del GMC).
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
ART. 1º.- Apruébese la incorporación del Aditivo INS 418, Goma
Gellan con las funciones de espesante, estabilizante y gelificante
a la Lista General de Aditivos Alimentarios MERCOSUR.
ART. 2º.- Los Organismos competentes de los Estados-Parte
adoptarán las medidas pertinentes a efectos de dar cumplimiento a
lo dispuesto precedentemente.
ART. 3º.- Las autoridades competentes de los Estados-Parte
encargados de la implementación de la presente Resolución serán:
ARGENTINA:
Ministerio de Salud y Acción Social
Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos
Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal (IASCAV)
Servicio Nacional de Sanidad Animal (SENASA)
Secretaría de Industria
Instituto Nacional de Vitivinicultura
BRASIL:
Ministerio da Saúde
Ministerio da Agricultura e Abastecimento
PARAGUAY:
Ministerio de Salud Pública
Ministerio de Industria y Comercio
Ministerio de Agricultura y Ganadería
URUGUAY:
Ministerio de Industria, Energía y Minería (ANCAP)
Ministerio de Salud Pública
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU)
ART. 4º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del
1/3/97
XXIV GMC - Fortaleza, 13/12/96
Resolución Nº 144/96 - GMC
Fortaleza, 13 de Diciembre de 1996
REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE INCORPORACION DE GOMA GELLAN EN
LA LISTA GENERAL DE ADITIVOS ALIMENTARIOS
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las
Resoluciones Nº 17/93,
19/93
y
91/93 del Grupo Mercado Común, y
la Recomendación S/Nº del Acta 4/96 del Subgrupo de Trabajo Nº 3
"Reglamentos Técnicos".
CONSIDERANDO:
El interés de los Estados-Parte en la inclusión del Aditivo Goma
Gellan en la Lista General Armonizada de Aditivos MERCOSUR.
Que para esta incorporación se verificó el cumplimiento de lo
establecido en los Criterios de Inclusión de Aditivos Alimentarios
(Res. 17/93 del GMC).
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
ART. 1º.- Apruébese la incorporación del Aditivo INS 418, Goma
Gellan con las funciones de espesante, estabilizante y gelificante
a la Lista General de Aditivos Alimentarios MERCOSUR.
ART. 2º.- Los Organismos competentes de los Estados-Parte
adoptarán las medidas pertinentes a efectos de dar cumplimiento a
lo dispuesto precedentemente.
ART. 3º.- Las autoridades competentes de los Estados-Parte
encargados de la implementación de la presente Resolución serán:
ARGENTINA:
Ministerio de Salud y Acción Social
Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos
Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal (IASCAV)
Servicio Nacional de Sanidad Animal (SENASA)
Secretaría de Industria
Instituto Nacional de Vitivinicultura
BRASIL:
Ministerio da Saúde
Ministerio da Agricultura e Abastecimento
PARAGUAY:
Ministerio de Salud Pública
Ministerio de Industria y Comercio
Ministerio de Agricultura y Ganadería
URUGUAY:
Ministerio de Industria, Energía y Minería (ANCAP)
Ministerio de Salud Pública
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU)
ART. 4º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del
1/3/97
XXIV GMC - Fortaleza, 13/12/96