Utilizar como material de consulta. El Boletín Oficial es la única fuente normativa válida jurídicamente. Consulte con nosotros.

Norma de Argentina

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS

Resolución No. 00007/2024
(B.Oficial: 22-2-2024)

TENGASE por aprobada la factibilidad del proyecto para la habilitación de un depósito fiscal general presentado por la firma “CAPSA S.A.”, CUIT 30-71026823-8, con una superficie total aproximada de 2100 m2 (DOS MIL CIEN METROS CUADRADOS), ubicado en la Ruta Provincial N.º 21 Km. 7, emplazado en el lote 00105 dentro del Parque industrial Alvear, localidad de ROSARIO, Provincia de SANTA FE , en jurisdicción de la Aduana de ROSARIO.   Descargue el PDF

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 7/2024

RESOL-2024-7-E-AFIP-SDGOAI

TENGASE por aprobada la factibilidad del proyecto para la habilitación de un depósito fiscal general presentado por la firma “CAPSA S.A.”, CUIT 30-71026823-8, con una superficie total aproximada de 2100 m2 (DOS MIL CIEN METROS CUADRADOS), ubicado en la Ruta Provincial N.º 21 Km. 7, emplazado en el lote 00105 dentro del Parque industrial Alvear, localidad de ROSARIO, Provincia de SANTA FE , en jurisdicción de la Aduana de ROSARIO.

Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2024

VISTO lo tramitado en el expediente EX-2023-01154443- -AFIP-OFDFADROSA#SDGOAI del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que la firma “CAPSA S.A.”, CUIT 30-71026823-8, presentó por Sistema Informático de Trámites Aduaneros SITA Nº 23052SITA003570J de fecha 29 de mayo de 2023 una solicitud de prefactibilidad para la habilitación de un depósito fiscal general ubicado en la Ruta Provincial Nº 21 Km. 7, emplazado en el lote 00105 dentro del Parque industrial Alvear, localidad de ROSARIO, Provincia de SANTA FE, jurisdicción de la Aduana de ROSARIO, acorde a lo estipulado en el Artículo 9° de la Resolución General N° 4352 y modificatoria.

Que de la documentación aportada surge que la firma solicita la prefactibilidad de un depósito fiscal general con una superficie total aproximada de 2100 m2 (DOS MIL CIEN METROS CUADRADOS), para el almacenaje de mercadería general, sólida y líquida.

Que mediante Informe IF-2023-01341245-AFIP-OFDFADROSA#SDGOAI de fecha 21 de junio de 2023 se incorpora la documental presentada por la firma a los fines de la aprobación del trámite de prefactibilidad en trato, la que se complementa con la documentación obrante en posteriores Informes (IF).

Que han tomado intervención en los presentes actuados, la Aduana de ROSARIO mediante providencia PV- 2023-01343019-AFIP-SEIOADROSA#SDGOAI y PV-2023-01349545-AFIPADROSA#SDGOAI, ambas de fecha 21 de junio de 2023, la Sección de Riesgo Regional a través de IF-2023-01513315-AFIP-SRRGDVIRG2#SDGOAI de fecha 7 de julio de 2023, y la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA mediante Informe IF-2023-01539870-AFIPDIRAHI# SDGOAI de fecha 11 de julio de 2023, señalando esta última que “…no surgiendo objeciones alguna, se envía el presente a la Div. Zonas Primarias y Fronteras a los fines de continuar con el trámite establecido en el art. 3° y 4° de la Resolución General 4352/2018 (DGA) y modificatorias….”

Que a través de IF-2023-02019650-AFIP-DVZPYF#SDGOAI de fecha 28 de agosto de 2023, la División Zonas Primarias y Fronteras eleva la actuación a la Dirección de Reingeniería de Procesos Aduaneros a fin de que la misma informe si el scanner propuesto por la firma se adecúa a las especificaciones técnicas detalladas en la página web del organismo conforme la Resolución General N° 4352 y modificatoria.

Que mediante IF-2023-03347129-AFIP-DVANTE#DGADUA de fecha 29 de diciembre de 2023, la División de Análisis y Nuevas tecnologías informa que “...de dicho contraste surge que el equipo reúne las condiciones técnicas establecidas en el marco de la Resolución General AFIP N° 4352/2018…”, lo cual es compartido por la Dirección de Reingeniería de Procesos Aduaneros a través de PV-2024-00016980-AFIP-DIREPA#DGADUA de fecha 3 de enero de 2024.

Que conforme lo expuesto y habiendo tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera mediante IF-2024-00257951-AFIP-DILEGA#SDGTLA de fecha 31 de enero de 2024, de Asuntos Jurídicos a través del informe IF-2024-00295583-AFIPSDTADVDRTA#SDGASJ y providencia PV- 2024-00295995-AFIP-DIASLA#SDGASJ, ambas de fecha 5 de febrero de 2024 y las áreas competentes de ésta Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, corresponde aprobar la solicitud de prefactibilidad presentada por la firma en trato.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición DI-2018-6-EAFIP- DGADUA.

Por ello, LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- TENGASE por aprobada la factibilidad del proyecto para la habilitación de un depósito fiscal general presentado por la firma “CAPSA S.A.”, CUIT 30-71026823-8, con una superficie total aproximada de 2100 m2 (DOS MIL CIEN METROS CUADRADOS), ubicado en la Ruta Provincial N.º 21 Km. 7, emplazado en el lote 00105 dentro del Parque industrial Alvear, localidad de ROSARIO, Provincia de SANTA FE , en jurisdicción de la Aduana de ROSARIO, conforme el Artículo 3° de la Resolución General N° 4.352 y su modificatoria, para el almacenaje de mercadería general, sólida y líquida.

ARTÍCULO 2°: ESTABLECESE que a los fines de la habilitación del depósito fiscal general en trato, la firma deberá iniciar el trámite de habilitación normado en la Resolución General N° 4.352 y cumplir los requerimientos documentales, físicos y tecnológicos especificados en la misma.

ARTÍCULO 3°.- REGISTRESE. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera HIDROVÍA y la Aduana de ROSARIO. Por la División Zonas Primarias y Fronteras notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado y continúese con los trámites de rigor.

Maria de los Milagros Racana