Utilizar como material de consulta. El Boletín Oficial es la única fuente normativa válida jurídicamente. Consulte con nosotros.

Norma de Argentina

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS

Resolución No. 00009/2019
(B.Oficial: 14-1-2019)

Apruébese la factibilidad del proyecto de depósito fiscal general presentado por la firma Terramar Logística S.R.L, CUIT N° 30-70996060-8, ubicado en el Parque Industrial y Tecnológico de Villa María S.E.M, Provincia de CORDOBA, jurisdicción de la División Aduana GENERAL DEHEZA.   Descargue el PDF

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 9/2019

Apruébese la factibilidad del proyecto de depósito fiscal general presentado por la firma Terramar Logística S.R.L, CUIT N° 30-70996060-8, ubicado en el Parque Industrial y Tecnológico de Villa María S.E.M, Provincia de CORDOBA, jurisdicción de la División Aduana GENERAL DEHEZA.

Ciudad de Buenos Aires, 09/01/2019

VISTO lo actuado en el SIGEA N° 17577-98-2017 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que la firma Depósito Fiscal Terramar Logística S.R.L. CUIT N° 30-70996060-8 presentó con fecha 15 de Noviembre de 2017, carta de intención respecto de un depósito fiscal general en los términos de lo normado el art. 3° de la Resolución General AFIP N° 3871, ubicado en el “Parque Industrial y Tecnológico de Villa María S.E.M”, Provincia de CORDOBA.

Que la citada firma solicita la habilitación de un depósito fiscal para lo cual cuenta con una superficie total de 10.250,00 m2 (DIEZ MIL DOCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS), para almacenar mercadería de carácter general.

Que la actuación fue remitida a la División Aduana de GENERAL DEHEZA mediante Nota N° 37/18 (DV ZPYF) de fecha 09 de mayo de 2018, a fin de que a través de la misma se brinde opinión fundada respecto del pedido de habilitación de un depósito fiscal general, presentado por la firma Terramar Logística S.R.L.

Que a tales fines desde esta División, solicitó tener especialmente en cuenta el tipo de mercaderías que se pretenden almacenar, su ubicación, trazabilidad, descripción operativa, inversiones realizadas, tecnología, todo ello conforme la documental obrante en la actuación y valorando las necesidades de esa Aduana.

Que obra a fs. 77/79 la intervención de la División Aduana GENERAL DEHEZA y a fs. 80/87 la de la Dirección Regional Aduanera CENTRAL, las cuales opinan favorablemente respecto del proyecto de habilitación de depósito fiscal presentado por la firma Terramar Logística S.R.L.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo N° 1 de la Disposición N° DI -2018-6-E-AFIP-DGADUA.

Por ello, EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Apruébese la factibilidad del proyecto de depósito fiscal general presentado por la firma Terramar Logística S.R.L, CUIT N° 30-70996060-8, ubicado en el Parque Industrial y Tecnológico de Villa María S.E.M, Provincia de CORDOBA, jurisdicción de la División Aduana GENERAL DEHEZA.

ARTICULO 2°: Establécese que a los fines de la habilitación del depósito fiscal general en trato, la firma deberá cumplimentar el trámite de habilitación normado en la Resolución General N° 4352/18 (AFIP) que reemplaza a la Resolución General N° 3871/16 (AFIP).

ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera CENTRAL. Remítanse la presente a la División Aduana de GENERAL DEHEZA para su conocimiento y notificación. Gustavo Adolfo Echegoyen