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Norma de Argentina

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Resolución No. 00003/2019
(B.Oficial: 13-3-2019)

La Dirección General de Aduanas, dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, prestará sus servicios en la 28ª Feria de Arte Contemporáneo “arteBA.2019”, a llevarse a cabo entre los días 10 y 14 de abril del corriente año, de la siguiente forma: el día 10 de abril en el horario de 11 a 21 hs. y del 11 al 14 de abril en el horario de 14.00 a 22.00 hs.   Descargue el PDF

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Resolución 3/2019

La Dirección General de Aduanas, dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, prestará sus servicios en la 28ª Feria de Arte Contemporáneo “arteBA.2019”, a llevarse a cabo entre los días 10 y 14 de abril del corriente año, de la siguiente forma: el día 10 de abril en el horario de 11 a 21 hs. y del 11 al 14 de abril en el horario de 14.00 a 22.00 hs.

Ciudad de Buenos Aires, 11/03/2019

VISTO la Actuación SIGEA N° 13333-36-2018 del Registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO,

Que entre los días 10 al 14 de abril de 2019 se llevará a cabo en el predio de La Rural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la 28ª Feria de Arte Contemporáneo “arteBA.2019”.

Que la trascendencia del citado evento y la difusión local e internacional del arte contemporáneo convierten al mismo en un centro de negocios para el arte latinoamericano, posibilitando la expansión de dicho mercado.

Que en tal sentido y para mantener el liderazgo latinoamericano como centro de negocios del mercado del arte frente a otras ferias extranjeras, resulta oportuno tomar los recaudos necesarios a fin de adoptar las medidas tendientes a agilizar los trámites operativos aduaneros que correspondan.

Que a tales fines, y en concordancia con el Ministerio de Cultura de la Nación, a través de la Dirección Nacional de Bienes y sitios Culturales, se propicia la instalación de una oficina de esta Dirección General de Aduanas para la prestación de los servicios “in situ” en lo que hace a las autorizaciones pertinentes en materia de importación y exportación de las obras exhibidas en dicha feria.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales Técnico Legal Aduanera y de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 6° y el Artículo 9° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- La Dirección General de Aduanas, dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, prestará sus servicios en la 28ª Feria de Arte Contemporáneo “arteBA.2019”, a llevarse a cabo entre los días 10 y 14 de abril del corriente año, de la siguiente forma: el día 10 de abril en el horario de 11 a 21 hs. y del 11 al 14 de abril en el horario de 14.00 a 22.00 hs.

Los servicios de esta Dirección General de Aduanas serán prestados en el despacho habilitado para tal fin en el Pabellón Azul y Equinos del predio de La Rural, identificado bajo el nombre de AFIP-ADUANA, cuyo plano obra en el Anexo IF-2019-00041210-AFIP-DITECN#SDGTLA.

ARTÍCULO 2°.- La Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, a través de la Sección Despacho y Gestión, designará a los agentes necesarios para prestar funciones en los términos y condiciones establecidos en la presente.

ARTÍCULO 3°.- Habilitar a los agentes designados a autorizar dentro del predio las operaciones de transferencia de Destinación Suspensiva de Importación Temporaria, liquidación y afectación de los tributos inherentes a la nacionalización y las operaciones de exportación de obras de arte, conforme lo establecido por el Decreto N° 217 del 9 de marzo de 2018.

ARTÍCULO 4°.- El registro de las solicitudes detalladas en el artículo 3° procederán por trámite simplificado en el marco de la Resolución General N° 3.628 -CÓDIGO AFIP-, de acuerdo a lo establecido en el Anexo IF-2019- 00041215-AFIP-DITECN#SDGTLA de la presente, en concordancia con los lineamientos establecidos en el artículo 11 de la Ley 24.633.

ARTÍCULO 5°.- La transferencia de obras de arte ingresadas al amparo de una Destinación Suspensiva de Importación Temporaria se realizarán mediante el modelo de nota obrante en el Anexo IF-2019-00041216- AFIPDITECN# SDGTLA de la presente.

ARTÍCULO 6°.- Esta Resolución tendrá vigencia durante el transcurso de la 28ª Feria de Arte Contemporáneo “arteBA.2019” y de las dos semanas subsiguientes al evento.

ARTÍCULO 7°.- Aprobar los Anexos IF-2019-00041210-AFIP-DITECN#SDGTLA, IF-2019-00041215- AFIPDITECN# SDGTLA y IF-2019-00041216-AFIP-DITECN#SDGTLA, los cuales forman parte de la presente.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y difúndase en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. Diego Jorge Davila

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar