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Norma de Argentina

AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución No. 00319/2019
(B.Oficial: 20-8-2019)

Otorgar, en carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, el Permiso Individual para “Importación, Fraccionamiento, Exportación y Venta de Material Radiactivo a Usuarios Autorizados” al INGENIERO Alfredo José GONZÁLEZ CLEMENTE, correspondiente a la Reunión del CAAR N° 3/19, Listado 917, Aplicaciones Médicas, de acuerdo a lo expresado en los CONSIDERANDOS.   Descargue el PDF

AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 319/2019

RESOL-2019-319-APN-D#ARN

Otorgar, en carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, el Permiso Individual para “Importación, Fraccionamiento, Exportación y Venta de Material Radiactivo a Usuarios Autorizados” al INGENIERO Alfredo José GONZÁLEZ CLEMENTE, correspondiente a la Reunión del CAAR N° 3/19, Listado 917, Aplicaciones Médicas, de acuerdo a lo expresado en los CONSIDERANDOS.

Ciudad de Buenos Aires, 15/08/2019

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98; el trámite de solicitud del Permiso Individual para “Importación, Fraccionamiento, Exportación y Venta de Material Radiactivo a Usuarios Autorizados” del INGENIERO Alfredo José GONZÁLEZ CLEMENTE, lo recomendado por el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR) y la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, lo actuado en el Expediente N° 04735-IN, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio. Asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que el INGENIERO Alfredo José GONZÁLEZ CLEMENTE ha presentado a esta ARN la solicitud de su Permiso Individual para “Importación, Fraccionamiento, Exportación y Venta de Material Radiactivo a Usuarios Autorizados”.

Que conforme lo informado por el responsable del Sector de Facturación de esta ARN, el solicitante posee deuda en concepto de tasa regulatoria según Factura N° 0001-00051012.

Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de una tasa regulatoria.

Que el otorgamiento de un Permiso Individual a un usuario de material radiactivo que no da cumplimiento al requisito exigido por el Artículo citado ut supra, conlleva una excepción a lo dispuesto en la normativa vigente, que esta ARN debe fundar en razones de oportunidad, mérito y/o conveniencia en cada caso en particular.

Que el solicitante se desempeña en la PLANTA DE PRODUCCIÓN DE RAIOISÓTOPOS, perteneciente a la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA), por lo que resulta de interés público el otorgamiento del Permiso Individual solicitado, a fin de no interrumpir el servicio prestado por dicha Instalación, motivo por el cual la CNEA solicitó que, con carácter de excepción, se autorice la prosecución del trámite de solicitud del INGENIERO Alfredo José GONZÁLEZ CLEMENTE, permitiendo que el pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posterioridad a la emisión del permiso individual.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS recomienda dar curso favorable al trámite de solicitud de Permiso Individual, por cuanto ha verificado que el solicitante posee la formación, la capacitación y el entrenamiento requeridos para la obtención del citado permiso. Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), en su Reunión N° 3/19 –Listado 917, Aplicaciones Médicas– recomendó dar curso favorable al trámite mencionado.

Que las GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de esta ARN han tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los Artículos 16, Inciso c) y 22 de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 14 de agosto de 2019 (Acta N° 27),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Otorgar, en carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, el Permiso Individual para “Importación, Fraccionamiento, Exportación y Venta de Material Radiactivo a Usuarios Autorizados” al INGENIERO Alfredo José GONZÁLEZ CLEMENTE, correspondiente a la Reunión del CAAR N° 3/19, Listado 917, Aplicaciones Médicas, de acuerdo a lo expresado en los CONSIDERANDOS.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y al INGENIERO GONZÁLEZ CLEMENTE. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese. Nestor Alejandro Masriera