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Norma de Argentina

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Resolución No. 04436/2019
(B.Oficial: 14-3-2019)

Equipos Multidisciplinarios de Verificación, Valoración e Inspección de Control (EMVIC). Resolución General N° 3.304. Su derogación.   Descargue el PDF

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 4436/2019

Equipos Multidisciplinarios de Verificación, Valoración e Inspección de Control (EMVIC). Resolución General N° 3.304. Su derogación.

Ciudad de Buenos Aires, 12/03/2019

VISTO la Resolucion General N° 3.304 y la Disposicion N° 79/16 (AFIP), y

CONSIDERANDO:

Que la Resolucion General citada creo los “Equipos Multidisciplinarios de Verificacion, Valoracion e Inspeccion de Control” (EMVIC) y aprobo los procedimientos de control fisico y de valor a llevarse a cabo en el curso de las destinaciones de importacion.

Que la Disposicion N° 79/16 (AFIP) modifico la estructura organizativa en el ambito de la Direccion General de Aduanas, a efectos de adecuarla a las circunstancias actuales con injerencia en la gestion, en pos de lograr una prestacion cada vez mejor de los servicios estatales que le son propios, orientada por los principios de economia, eficiencia, eficacia y especificidad.

Que, como consecuencia de la mencionada reestructuracion y del analisis realizado, corresponde dejar sin efecto la Resolucion General N° 3.304.

Que han tomado la intervencion que les compete la Direccion de Legislacion, las Subdirecciones Generales de Asuntos Juridicos, de Control Aduanero, de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, de Operaciones Aduaneras del Interior y Tecnico Legal Aduanera y la Direccion General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Articulo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Dejase sin efecto la Resolucion General N° 3.304, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente.

ARTICULO 2°.- Esta Resolucion General entrara en vigencia el dia de su publicacion en el Boletin Oficial.

ARTICULO 3°.- Comuniquese, publiquese, dese a la Direccion Nacional del Registro Oficial, difundase en el Boletin de la Direccion General de Aduanas y archivese. Leandro German Cuccioli.