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Norma de Argentina

SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA

Resolución No. 00101/2017
(B.Oficial: 24-10-2017)

Procedimientos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS – INASE, deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE)   Descargue el PDF

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

Resolución 101-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 20/10/2017

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2017-24721345- -APN-SECMA#MM, la Ley N° 25.506, los Decretos Nros. 434 del 1º de marzo de 2016, 561 del 6 de abril de 2016 y 1063 del 4 de Octubre de 2016, las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016, 101 del 26 de mayo de 2016, 171-E del 19 de julio de 2016, 355-E del 14 de septiembre de 2016, y 466-E del 11 de noviembre de 2017 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y la Resolución N° 90 del 14 de septiembre de 2017 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital reconoce la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y en su artículo 48 establece que el Estado Nacional, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.

Que el Decreto Nº 434 del 1º de marzo de 2016 por el cual se aprueba el PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contempló el PLAN DE TECNOLOGÍA Y GOBIERNO DIGITAL que propone implementar una plataforma horizontal informática de generación de documentos y expedientes electrónicos, registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la administración a los fines de facilitar la gestión documental, el acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los plazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.

Que el Decreto Nº 561 del 6 de abril de 2016, aprobó la implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión de expedientes electrónicos.

Que el mencionado Decreto N° 561/16 ordenó a las entidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que componen el Sector Público Nacional la utilización del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que el artículo 6 del Decreto N° 561/16, facultó a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la implementación del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y el funcionamiento de los sistemas informáticos de gestión documental.

Que el Decreto N° 1063 del 4 de Octubre de 2016 aprobó la implementación de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) como medio de interacción del ciudadano con la administración, a través de la recepción y remisión por medios electrónicos de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros.

Que el citado Decreto N° 1063/16 en su artículo 11 facultó a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA a dictar las normas aclaratorias, operativas y complementarias necesarias para la implementación de las plataformas y módulos creados en dicha norma, así como también faculta a la citada SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA para aprobar la incorporación de trámites de gestión remota a dichas plataformas y módulos.

Que la Resolución N° 65 del 21 de abril de 2016 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN estableció el cronograma de implementación del módulo “Expediente Electrónico” (EE), del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), a partir del 10 de mayo de 2016, en la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y en el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que la Resolución N° 101 del 26 de mayo de 2016 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN estableció el cronograma de implementación del módulo “Expediente Electrónico” (EE), del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), a partir del 1° de julio de 2016, en el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que la Resolución N° 171-E del 19 de julio de 2016 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN estableció el cronograma de implementación del módulo “Expediente Electrónico” (EE) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE, a partir del 1° de agosto de 2016, en el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, en el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, en el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que la Resolución N° 355-E del 14 de septiembre de 2016 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN estableció el cronograma de implementación del módulo “Expediente Electrónico” (EE) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE, a partir del 1° de octubre de 2016, en el MINISTERIO DE SALUD, en el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, en el MINISTERIO DE TURISMO y en el MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la Resolución N° 466-E del 11 de noviembre de 2017 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN estableció el cronograma de implementación del módulo “Expediente Electrónico” (EE), del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), a partir del 1° de diciembre de 2016, en el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, en el MINISTERIO DE CULTURA y en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que la Resolución N° 90 del 14 de septiembre de 2017 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA aprobó en su Anexo II los “Términos y Condiciones de Uso del Módulo de Trámites a Distancia (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE)”.

Que en consecuencia resulta necesario aprobar los procedimientos que la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, el MINISTERIO DE CULTURA, el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el MINISTERIO DE TURISMO, el MINISTERIO DE SALUD, el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, el MINISTERIO DE SEGURIDAD y el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS implementan a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1063/16.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establécese que los siguientes procedimientos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS – INASE, dependiente del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Autorización de las actividades que se llevan a cabo en invernáculos de bioseguridad con OVGM.

2) Producción de semillas y/o biomasa pertenecientes a materiales vegetales regulados (GMMR).

3) Solicitud de liberación experimental de Organismos Vegetales Genéticamente Modificados (OVGM).

4) Inscripción en el registro nacional de cultivares.

5) Inscripción en el registro nacional de la propiedad de cultivares.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Solicitud de certificado para reintegro tasa de gasoil.

2) Solicitud de certificado del Artículo 25 del Decreto Nº 748/99.

3) Modificaciones de las características físicas o técnicas de las embarcaciones.

4) Inscripción en el registro de la pesca como titular de establecimientos dedicados a la comercialización mayorista y exportación de productos pesqueros y sus derivados.

5) Inscripción en el registro de la pesca como armador de buque pesquero.

6) Inscripción en el registro de la pesca como titular de vehículos de transporte de productos pesqueros y sus derivados.

7) Inscripción en el registro de la pesca como titular de establecimientos dedicados a la conservación y procesamiento de productos pesqueros y sus derivados.

8) Inscripción en el Registro de la Pesca como Grupo Empresario.

9) Inscripción de transferencia de permisos de pesca/ reformulación de proyectos de pesca ante el Registro de la Pesca.

10) Solicitud de permisos de pesca de gran altura.

11) Actualización anual Artículos 19 y 20 Resolución SAGYP N° 39/14.

12) Cambio de titularidad de buques con permisos de pesca vigente y de CITC en caso que el buque cuente con esta última.

13) Solicitud de certificado del artículo 23 de la Resolución CFP 01/13.

14) Solicitud de certificado de captura legal.

15) Solicitud documento electrónico de captura y exportación Dissostichus.

16) Solicitud de certificado de control de carga corvina rubia.

17) Solicitud de Certificado de control de carga de las especies cuotificadas.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que los siguientes procedimientos del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA - INV, dependiente del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Actualización del Registro de Viñedos.

2) Solicitud de división de viñedos por el vendedor.

3) Presentación de defensa art 27 de la ley N°14878 y/o 32 de la ley 24566.

4) Inscripción como planta de almacenaje de metanol.

5) Inscripción como técnico.

6) Inscripción de Frigoríficos.

7) Aprobación e inscripción de Productos de uso enológicos.

8) Pago y/o presentación de tasa de 2% de metanol.

9) Inscripción como manipulador de alcoholes etílicos desnaturalizados para carburantes.

10) Inscripción como destilador del alcohol etílico.

11) Inscripción como Distribuidor de uva en fresco y Secadero.

12) Inscripción de fabricantes, importadores, comerciantes y distribuidores de productos yo elementos de uso enológico destinados a bodegas, planta de fraccionamiento, fábricas de mostos, fábricas de vinos espumosos, fábricas de otros productos.

13) Inscripción como fraccionador/comerciante de metanol.

14) Inscripción como fraccionador/comerciante de alcohol etílico.

15) Fraccionador de Alcohol Etílico Desnaturalizado uso Doméstico.

16) Nuevo régimen de elaboración de vino casero.

17) Inscripción como anhidradora.

18) Inscripción como planta de almacenaje de alcohol etílico.

19) Registro de inscripción y presentación de servicio de fraccionamiento móvil.

20) Inscripción prestador de servicio fraccionador móvil de espumoso.

21) Nuevo régimen de elaboradores de vino artesanal.

22) Convenio de corresponsabilidad Gremial-Presentación espontanea.

23) Solicitud de permiso de incineración de alcohol.

24) Solicitud aprobación de practica enológica.

25) Solicitud por extravío.

26) Solicitud de baja a la inscripción de un viñedo.

27) Medidas de excepción.

28) Solicitudes varias.

29) Registro, protección y derecho a uso de una denominación de origen controlada (D.O.C).

30) Solicitud de división de viñedos.

31) Solicitud de registración de marca de productos vínicos por los establecimientos.

32) Declaración de marcas (Resol 6/03).

33) Derecho de uso para una indicación geográfica para viñedos.

34) Derecho de uso de una indicación geográfica para establecimientos vitivinícolas.

35) Eliminación a pedido del interesado.

36) Régimen voluntario de reconocimiento de infracciones a las leyes 14878 y 24566.

37) Inscripción como manipulador de alcohol etílico.

38) Denuncia leyes N°14878 y/o 24566 y/o 25163.

39) Inscripción como fabricante de metanol.

40) Importación de pequeños volúmenes de vino.

ARTÍCULO 4°.- Establécese que los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Fiscalización Coordinación de Control y Gestión de Obligaciones Laborales.

2) Baja empresa de servicios eventuales.

3) Presentación de seguros de caución.

4) Presentación de informe bimestral.

5) Restitución de Fondos (ART. 18 Decreto 1694/06).

ARTÍCULO 5°.- Establécese que los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE TURISMO a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Programa nacional de inversiones turísticas.

2) Renovación de cierre temporario.

3) Rehabilitación por caducidad por falta de estructura.

4) Solicitud de Inscripción como Franquiciante.

5) Rehabilitación por caducidad por falta de garantía.

6) Solicitud de Permiso Precario para FRANQUICIAS.

7) Inscripción al registro de turismo receptivo chino.

8) Cambio de Domicilio Sucursal.

9) Cambio de Domicilio Casa Matriz.

10) Instalación de mostrador temporario.

11) Solicitud de renovación de permiso precario.

12) Solicitud de Permiso Precario.

13) Habilitación de sucursal.

14) Reducción de Instalaciones.

15) Ampliación de Instalaciones.

ARTÍCULO 6°.- Establécese que los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE CULTURA a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Exportación / Franquicia de Bienes Arqueológicos.

ARTÍCULO 7°.- Establécese que los siguientes procedimientos del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA – INET, dependiente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Aportes económicos especiales.

ARTÍCULO 8°.- Establécese que los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE EDUCACIÓN a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Subsidios Deportivos a entidades sin fines de lucro.

2) Subsidios Deportivos en el marco de clubes de barrio y de pueblo.

3) Otorgamiento de licencias deportivas.

4) Declaración de interés deportivo.

5) Solicitud de admisión en fundación argentina en París.

ARTÍCULO 9°.- Establécese que los siguientes procedimientos de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA- CONEAU, dependiente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Sistema ARCUSUR – Solicitud de acreditación de carrera de grado.

2) Solicitud de reconocimiento oficial provisorio del título de carrera de grado.

3) Solicitud de acreditación de carrera de posgrado.

4) Solicitud de reconocimiento oficial provisorio del título de carrera de posgrado.

ARTÍCULO 10.- Establécese que los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE JUSTICIA y DERECHOS HUMANOS a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Denuncia por Incumplimiento Ley de Protección de Datos Personales.

2) Incorporación de Documentos de identidad cuestionados.

ARTÍCULO 11.- Establécese que los siguientes procedimientos de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA – ANMAT, dependiente del MINISTERIO DE SALUD, a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Autorización Importación Prod. Cosméticos e higiene personal y de uso doméstico.

2) Importación de especialidades medicinales.

3) Certificado de libre venta de prod. cosméticos e higiene personal o de uso doméstico.

4) Testimonio de exportación de prod. cosméticos e higiene personal o de uso doméstico.

5) No intervención - Prod cosméticos e higiene personal y de uso doméstico.

6) Importación de productos para investigaciones clínicas.

7) Impor. medicam.- Régimen de acceso de excepción a medicamentos (RAEM).

8) Donaciones de especialidades medicinales.

9) Autorización de tránsitos – especialidades medicinales.

10) Importación de productos para investigaciones clínicas.

11) Importación de medicamentos para extranjeros.

12) Importación de productos médicos por uso compasivo.

13) Certificado de libre venta productos médico.

14) Autorización de tránsitos – Productos Médicos.

15) Importación de muestras para investigaciones científicas con cadena de frío

16) Autorización de tránsitos especialidades medicinales c/ cadena de frío.

17) Importación de especialidades medicinales con cadena de frío.

18) No intervención - especialidades medicinales.

19) Autorización tránsitos - Productos cosméticos e higiene personal y uso doméstico.

20) Importación de Sustancias Sujetas a Control Especial.

21) Exportación de Sustancias Sujetas a Control Especial.

22) Autorización Previa de Importación de Precursores Químicos.

23) Solicitud de no intervención de exportación de Alimentos

24) Solicitud de no intervención de importación (Alimentos y envases/productos en contacto con alimentos).

25) Libre circulación de alimentos para propósitos médicos específicos de uso compasivo.

26) Libre circulación de alimentos para uso personal.

27) Libre circulación donaciones de alimentos.

28) Libre circulación de muestras sin valor comercial.

29) Libre circulación de alimentos, envases y UPEI.

30) Solicitud de mercadería en tránsito territorio nacional - alimentos y materiales en contacto.

31) Libre circulación de alimentos y UPEI - Super congelados.

32) Libre circulación de importaciones temporales - alimentos y materiales en contacto.

33) Consulta de clasificación de Productos Médicos.

34) Importación/exportación muestras biológicas para estudios de farmacología clínica.

ARTÍCULO 12.- Establécese que los siguientes procedimientos del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Plan Nacional Escuelas: Certificación de Obra.

2) Inscripción CONTRAT.AR – Constructores.

3) Acceso a la información Pública.

ARTÍCULO 13.- Establécese que los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Presentación de documentación ante el Ente Licenciante.

2) Conformación de autoridad de registro.

3) Designación de roles, domicilios y dominios.

4) Autorización de autoridad de registro móvil.

5) Asociación de aplicación.

6) Modificación de responsable de autoridad de registro.

7) Modificación de roles autoridad de registro.

8) Modificación de dominios autoridad de registro.

9) Modificación de domicilios autoridad de registro.

ARTÍCULO 14.- Establécese que los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Exportación de Residuos Peligrosos.

2) Programa de Reconversión Industrial (PRI).

3) Modificación al Registro Nacional de Recomposición Ambiental.

4) Inscripción al Registro Nacional de Recomposición Ambiental.

5) Renovación al Registro Nacional de Recomposición Ambiental.

6) Baja del Registro Nacional de Recomposición Ambiental.

ARTÍCULO 15.- Establécese que los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE SEGURIDAD a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Información de cambio de autoridades ante RNPQ.

2) Solicitud de alta de productos ante RNPQ.

3) Presentación de informe proporcional ante RNPQ.

4) Presentación de informe trimestral/anual ante RNPQ.

5) Rectificación de informe trimestral/anual ante RNPQ.

ARTÍCULO 16.- Establécese que los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Plan alumbrado eficiente (PLAE).

2) Resolución grandes usuarios electro intensivos.

ARTÍCULO 17.- Establécese que los siguientes procedimientos del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL – INAES, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Solicitud de certificado de vigencia de matrícula para Cooperativas.

2) Solicitud de certificado de vigencia de matrícula para Mutuales.

3) Remisión de Informe trimestral de auditoría – SCC.

4) Remisión de Informe trimestral de auditoría – SAEM.

5) Solicitud de Código de Acceso.

ARTÍCULO 18.- Establécese que los siguientes procedimientos de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA – IGJ, dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Constitución de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).

2) Actualización de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).

3) SAS - Transformación a Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).

4) SAS - Solicitud de Renuncia (Art. 125 y 128 RG I.G.J. 7/15).

5) SAS - Apertura/cierre de sucursal en CABA por una sociedad domiciliada en jurisdicción provincial.

6) SAS - Traslado del domicilio social de provincia a jurisdicción de CABA.

7) SAS - Apertura/cierre de sucursal en jurisdicción provincial por una sociedad domiciliada en jurisdicción de CABA.

8) SAS - Cancelación sin liquidación por inactividad.

9) SAS - Liquidación y cancelación registral.

10) SAS - Traslado del domicilio social / Cancelación registral.

11) SAS - Emisión / Modificación / Cancelación de obligaciones negociables / Debentures.

12) SAS - Aprobación de texto ordenado de estatuto.

13) SAS - Transformación de SAS a otro tipo.

14) SAS - Disolución/nombramiento del liquidador, liquidación y cancelación registral.

15) SAS - Disolución y nombramiento de liquidador.

ARTÍCULO 19.- Establécese que los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) PAC Empresas - Aplicación al Programa.

2) PAC Incubadoras - Aplicación al Programa.

3) PAC Emprendedores - Aplicación al Programa.

4) Extensiones LCM Particulares.

5) Excepción por uso en locales con acceso restringido al público.

6) Consulta sobre aprobación y legalidad de aparatos de medición.

7) Excepción por uso profesional o industrial.

8) Declaración Fin de Fabricación/Importación de productos certificados.

9) Apertura de adaptación a mercado local de Seguridad Eléctrica.

10) Ingreso sin derecho a uso para certificación Seguridad Eléctrica.

11) Cierre de adaptación a mercado local de Seguridad Eléctrica.

12) Régimen de Importación para radioaficionados.

13) Acreditación de compra local para CIBIH.

14) Alta de proveedor local para consulta de CIBIH.

15) Declaración jurada de provisión local para CIBIH.

16) Solicitud de CIBIH.

17) Inscripción para el Régimen de Ultra intensivos.

18) Solicitud de Prórroga para subsanaciones de trámites de LCM.

19) Consultas Varias – SGR.

20) Capital Social Régimen Informativo – SGR.

21) SGR - Estados Contables Régimen Informativo.

22) Fondo de Riesgo Régimen Informativo – SGR.

23) SGR - Órganos Sociales Régimen Informativo.

24) Solicitud de Aplicación a PotenciAR.

25) Importación/Exportación temporal según Dec 1001/82.

26) Renovación, actualización del registro RIPRO.

27) Régimen de cambio de destino de Autopartes según Res122/2001.

28) DDJJ Anual en Registro de Importaciones del Sector Editorial.

29) DDJJ Bimestral en Registro de Importaciones del Sector Editorial.

30) Inscripción en el Registro de Importaciones del Sector Editorial.

31) Reinscripción en el Registro de Importaciones del Sector Editorial.

32) Solicitud de CEP en Registro de Importaciones del Sector Editorial (RISE).

33) Cambio de Categoría en el Registro de Importación del Sector Editorial (RISE).

34) Cambio de Razón Social en el Registro de Importación del Sector Editorial.(RISE).

35) PROGRAMA FOGAPYME – Garantías Directas.

36) PROGRAMA FOGAPYME – Pago de Garantías.

37) Categorización MIPYME - Baja voluntaria del registro.

38) Categorización MIPYME - Controladas y Vinculadas en el Exterior.

39) Ciudades Para Emprender.

40) Rendiciones Capacitación PYME.

41) Ley 27.263 Solicitud del Beneficio para la Importación de los Bienes Referidos en el Artículo 6°.

42) Ley 27.263 Solicitud de Anticipo para Desarrollo de proveedores.

ARTÍCULO 20.- Establécese que los siguientes procedimientos de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Alta de dominios de internet.

2) Disputa de dominio de internet.

3) Renovación de dominio de internet.

4) Pedido de informe sobre un dominio de internet.

5) Solicitud de habilitación de zonas especiales

ARTÍCULO 21.- Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN - SIGEN.

ARTÍCULO 22.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Eduardo Nicolás Martelli.

e. 24/10/2017 N° 80991/17 v. 24/10/2017