Grupo Mercado Común
SUB-ESTÁNDAR 3. 7. 19 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA VITIS VINIFERA (VID) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC N° 53/05 )
MERCOSUR/GMC/RES N° 40/08
SUB-ESTÁNDAR 3. 7. 19 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA VITIS VINIFERA (VID) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC N° 53/05 )
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 06/96 y 20/02 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 53/05 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución GMC Nº 53/05, se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Vitis vinifera (vid) a ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Partes.
Que es necesario proceder a la actualización de los requisitos antes indicados, teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el Sub-estándar 3. 7. 19 Requisitos Fitosanitarios para Vitis vinifera (vid) según País de Destino y Origen, para los Estados Partes, que figura como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Los Organismos Nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:
Argentina:
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos - SAGPyA
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria - SENASA
Brasil:
Ministério da
Agricultura, Pecuária e Abastecimento - MAPA
Secretaria de Defesa Agropecuária - SDA
Paraguay:
Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG
Servicio Nacional de Calidad y Sanidad
Vegetal y de Semillas - SENAVE
Uruguay:
Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca - MGAP
Dirección General de
Servicios Agrícolas - DGSA
Art. 3 - Derogar la Resolución GMC N° 53/05.
Art. 4 - Los Estados Partes deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos internos antes del 01/VIII/09.
LXXIV GMC - Brasilia, 28/XI/08.
SUB-ESTÀNDAR FITOSANITARIO
MERCOSUR
SECCIÒN III - MEDIDAS FITOSANITARIAS
3.7.19. Requisitos Fitosanitarios para Vitis vinifera (vid) según País de Destino y Origen, para los Estados Partes
2008
I- INTRODUCCIÓN
1.- ÁMBITO
Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios, armonizados, aplicados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional, para Vitis vinifera (vid).
2.- REFERENCIAS
- Estandar 3.7 Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales, 2ª Rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC Nº 52/02.
- Listado Regional de Plagas Cuarentenarias. COSAVE, 2006.
- Listados Nacionales de Plagas Cuarentenarias de los Estados Partes, 2008.
- Análisis de Riesgo de Plagas para Aleurocanthus woglumi, 2006.
3.- DESCRIPCIÓN
Este Sub-estándar presenta los
requisitos fitosanitarios armonizados utilizados por las ONPFs de los Estados
Partes en el intercambio regional, para Vitis vinifera (vid), en
sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.
II. 19. A. PAÍS DE DESTINO: ARGENTINA
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Vitis vinifera
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS. |
Códigos: VITVI 2 10 01 01 4 (Plantas) y VITVI 2 01 01 01 4 (Barbados) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R9 - Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas. R11 Las plantas y los barbados deben estar libres de suelo. R12 Deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución SAGPyA Nº 742/2001. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Brasil:
DA10 Las plantas o barbados fueron producidos bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Argentina para Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark), Grapevine virus A y B y Xylella fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esas plagas. o DA13 Las plantas o barbados provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) Grapevine virus A y B, y Xylella fastidiosa. y DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Pythium splendens, Pratylenchus coffeae, Rotylenchulus reniformis y Thrips palmi. o DA15 - El envío se encuentra libre de Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Pythium splendens, Pratylenchus coffeae, Rotylenchulus reniformis y Thrips palmi, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). Para Paraguay: DA10 Las plantas o barbados fueron producidos bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Argentina para Xylella fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esa plaga. o DA13 Las plantas o barbados provienen de plantas madres indexadas libres de Xylella fastidiosa. y DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Pratylenchus coffeae y Rotylenchulus reniformis. o DA15 - El envío se encuentra libre de Pratylenchus coffeae y Rotylenchulus reniformis, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). No hay Declaraciones Adicionales para Uruguay. |
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS. |
Códigos: VITVI 2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R9 - Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas. R12 Deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución SAGPyA Nº 742/2001. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Brasil:
DA10 Las estacas sin raíz fueron producidas bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Argentina para Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) Grapevine virus A y B y Xylella fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esas plagas. o DA13 Las estacas sin raíz provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) Grapevine virus A y B, y Xylella fastidiosa y DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus y Thrips palmi. o DA15 - El envío se encuentra libre de Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus y Thrips palmi, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). Para Paraguay: DA10 Las estacas sin raíz fueron producidas bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Argentina para Xylella fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esa plaga. o DA13 Las estacas sin raíz provienen de plantas madres indexadas libres de Xylella fastidiosa. No hay Declaraciones Adicionales para Uruguay. |
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS. |
Códigos: VITVI 2 10 13 01 4 (Plantas in vitro) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R12 Deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución SAGPyA Nº 742/2001. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Brasil:
DA13 Las plantas in vitro provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) Grapevine virus A y B y Xylella fastidiosa. Para Paraguay: DA13 Las plantas in vitro provienen de plantas madres indexadas libres de Xylella fastidiosa. No hay Declaraciones Adicionales para Uruguay. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS |
Código: VITVI 1 08 01 04 3 (Fruta fresca) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 -
Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Brasil: DA15 El envío se encuentra libre de Brevipalpus californicus y Thrips palmi, de acuerdo con el análisis oficial de laboratorio Nº ( ). No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay ni Uruguay. |
CATEGORÍA 2 |
CLASE 10: Otros. |
Códigos: VITVI 1 08 02 10 2 (Fruto seco - Pasas). |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 -
Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay ni Uruguay. |
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS. |
Códigos: VITVI 2 10 01 01 4 (Plantas) y VITVI 2 01 01 01 4 (Barbados) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R9 - Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas. R11 Las plantas y barbados deben estar libres de suelo. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Argentina:
DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Pratylenchus thornei. o DA15 - El envío se encuentra libre de Pratylenchus thornei, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay ni Uruguay. |
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS. |
Códigos: VITVI 2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R9 - Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay ni Uruguay. |
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS. |
Códigos: VITVI 2 10 13 01 4 (Plantas in vitro) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde) R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay ni Uruguay. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS |
Código: VITVI 1 08 01 04 3 (Fruta fresca) |
Requisitos fitosanitarios: |
R2
- El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o
por el CF de Re-Exportación si corresponde). R1 Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay ni Uruguay. |
CATEGORÍA 2 |
CLASE 10: Otros. |
Código: VITVI 1 08 02 10 2 (Fruto seco - Pasas) |
Requisitos fitosanitarios: |
R2
- El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o
por el CF de Re-Exportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay ni Uruguay. |
II. 19. C. PAÍS DE DESTINO: PARAGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Vitis vinifera
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS. |
Códigos: VITVI 2 10 01 01 4 (Plantas), VITVI 2 01 01 01 4 (Barbados) y VITVI 2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R9 - Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas. R11 Las plantas y los barbados deben estar libres de suelo. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Argentina:
DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Guignardia bidwellii. o DA15 - El envío se encuentra libre de Guignardia bidwellii, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). Para Brasil: DA10 Las plantas o los barbados o las estacas sin raíz fueron producidas bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Paraguay para Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) y Grapevine virus A y B, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esas plagas. o DA13 Las plantas o los barbados o las estacas sin raíz provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) y Grapevine virus A y B. y DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Guignardia bidwellii y Thrips palmi. o DA15 - El envío se encuentra libre de Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Guignardia bidwellii y Thrips palmi, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). No hay Declaraciones Adicionales para Uruguay. |
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS. |
Código: VITVI 2 10 13 01 4 (Plantas in vitro) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Brasil: DA13 Las plantas in vitro provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark), Grapevine virus A y B. No hay Declaraciones Adicionales para Argentina ni Uruguay. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS |
Código: VITVI 1 08 01 04 3 (Fruta fresca) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 -
Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Brasil: DA15 El envío se encuentra libre de Brevipalpus californicus y Thrips palmi, de acuerdo con el análisis oficial de laboratorio Nº ( ). No hay Declaraciones Adicionales para Argentina ni Uruguay. |
CATEGORÍA 2 |
CLASE 10: Otros. |
Código: VITVI 1 08 02 10 2 (Fruto seco - Pasas) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 -
Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil ni Uruguay. |
II. 19. D. PAÍS DE DESTINO: URUGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Vitis vinifera
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS |
Códigos: VITVI 2 10 01 01 4 (Plantas) y VITVI 2 01 01 01 4 (Barbados) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R9 - Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas. R11 Las plantas y barbados deben estar libres de suelo. R12 - Estándares Específicos para Producción de Materiales de Propagación de Vid (Vitis spp.) de Uruguay, Resolución Ministerial Nº 3040 de fecha 14 de julio de 2006. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Argentina: DA15 El envío se encuentra libre de Grapevine leaf roll virus tipo I, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). y DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Hemiberlesia lataniae, Tylenchulus semipenetrans y Pythium vexans. o DA15 - El envío se encuentra libre de Hemiberlesia lataniae, Tylenchulus semipenetrans y Pythium vexans, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). Para Brasil: DA10 Las plantas o barbados fueron producidos bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Uruguay para Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) Grapevine virus A y B y Xylella fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esas plagas. o DA13 Las plantas o barbados provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark), Grapevine virus A y B y Xylella fastidiosa. y DA15 El envío se encuentra libre de Grapevine leaf roll virus tipo I, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). y DA10 Las plantas o barbados fueron producidos bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Uruguay para Rhizobium vitis, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esa plaga. o DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Rhizobium vitis. y DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Hemiberlesia lataniae, Pratylenchus coffeae, Pythium vexans, Thrips palmi y Tylenchulus semipenetrans. o DA15 - El envío se encuentra libre de Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Hemiberlesia lataniae, Pratylenchus coffeae, Pythium vexans, Thrips palmi y Tylenchulus semipenetrans, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). Para Paraguay: DA10 Las plantas o barbados fueron producidos bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Uruguay para Xylella fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esas plagas. DA13 Las plantas o barbados provienen de plantas madres indexadas libres de Xylella fastidiosa. y DA15 El envío se encuentra libre de Grapevine leaf roll virus tipo I, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). y DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Pratylenchus coffeae. o DA15 - El envío se encuentra libre de Pratylenchus coffeae, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). |
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS |
Códigos: VITVI 2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R9 - Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas. R12 - Estándares Específicos para Producción de Materiales de Propagación de Vid (Vitis spp.) de Uruguay, Resolución Ministerial Nº 3040 de fecha 14 de julio de 2006. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Argentina: DA15 El envío se encuentra libre de Grapevine leaf roll virus tipo I, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). y DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Hemiberlesia lataniae. o DA15 - El envío se encuentra libre de Hemiberlesia lataniae, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). Para Brasil: DA10 Las estacas sin raíz fueron producidas bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Uruguay para Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark), Grapevine virus A y B y Xylella fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esas plagas. o DA13 Las estacas sin raíz provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark), Grapevine virus A y B y Xylella fastidiosa. y DA15 El envío se encuentra libre de Grapevine leaf roll virus tipo I, de acuerdo con el análisis oficial de laboratorio Nº ( ). y DA10 Las estacas sin raíz fueron producidas bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Uruguay para Rhizobium vitis, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esa plaga. o DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Rhizobium vitis. y DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Hemiberlesia lataniae y Thrips palmi. o DA15 - El envío se encuentra libre de Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Hemiberlesia lataniae y Thrips palmi, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). Para Paraguay: DA10 Las estacas sin raíz fueron producidas bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Uruguay para Xylella fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esa plaga. o DA13 Las estacas sin raíz provienen de plantas madres indexadas libres de Xylella fastidiosa. y DA15 El envío se encuentra libre de Grapevine leaf roll virus tipo I, de acuerdo con el análisis oficial de laboratorio Nº ( ). |
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS. |
Código: VITVI 2 10 13 01 4 (Plantas in vitro) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R12 - Estándares Específicos para Producción de Materiales de Propagación de Vid (Vitis spp.) de Uruguay, Resolución Ministerial Nº 3040 de fecha 14 de julio de 2006. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Argentina: DA13 Las plantas in vitro provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine leaf roll virus tipo I. Para Brasil: DA13 - Las plantas in vitro provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark), Grapevine virus A y B, Grapevine leaf roll virus tipo I y Xylella fastidiosa. Para Paraguay: DA13 - Las plantas in vitro provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine leaf roll virus tipo I y Xylella fastidiosa. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS |
Código: VITVI 1 08 01 04 3 (Fruta fresca) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 -
Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Brasil: DA15 - El envío se encuentra libre de Brevipalpus californicus y Thrips palmi, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). No hay Declaraciones Adicionales para Argentina ni Paraguay. |
CATEGORÍA 2 |
CLASE 10: Otros. |
Código: VITVI 1 08 02 10 2 (Fruto seco - Pasas) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 -
Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil ni Paraguay. |
MERCOSUR/GMC/RES N° 40/08
SUB-ESTÁNDAR 3. 7. 19 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA VITIS VINIFERA (VID) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC N° 53/05 )
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 06/96 y 20/02 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 53/05 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución GMC Nº 53/05, se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Vitis vinifera (vid) a ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Partes.
Que es necesario proceder a la actualización de los requisitos antes indicados, teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el Sub-estándar 3. 7. 19 Requisitos Fitosanitarios para Vitis vinifera (vid) según País de Destino y Origen, para los Estados Partes, que figura como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Los Organismos Nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:
Argentina:
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos - SAGPyA
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria - SENASA
Brasil:
Ministério da
Agricultura, Pecuária e Abastecimento - MAPA
Secretaria de Defesa Agropecuária - SDA
Paraguay:
Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG
Servicio Nacional de Calidad y Sanidad
Vegetal y de Semillas - SENAVE
Uruguay:
Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca - MGAP
Dirección General de
Servicios Agrícolas - DGSA
Art. 3 - Derogar la Resolución GMC N° 53/05.
Art. 4 - Los Estados Partes deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos internos antes del 01/VIII/09.
LXXIV GMC - Brasilia, 28/XI/08.
SUB-ESTÀNDAR FITOSANITARIO
MERCOSUR
SECCIÒN III - MEDIDAS FITOSANITARIAS
3.7.19. Requisitos Fitosanitarios para Vitis vinifera (vid) según País de Destino y Origen, para los Estados Partes
2008
I- INTRODUCCIÓN
1.- ÁMBITO
Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios, armonizados, aplicados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional, para Vitis vinifera (vid).
2.- REFERENCIAS
- Estandar 3.7 Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales, 2ª Rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC Nº 52/02.
- Listado Regional de Plagas Cuarentenarias. COSAVE, 2006.
- Listados Nacionales de Plagas Cuarentenarias de los Estados Partes, 2008.
- Análisis de Riesgo de Plagas para Aleurocanthus woglumi, 2006.
3.- DESCRIPCIÓN
Este Sub-estándar presenta los
requisitos fitosanitarios armonizados utilizados por las ONPFs de los Estados
Partes en el intercambio regional, para Vitis vinifera (vid), en
sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.
II. 19. A. PAÍS DE DESTINO: ARGENTINA
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Vitis vinifera
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS. |
Códigos: VITVI 2 10 01 01 4 (Plantas) y VITVI 2 01 01 01 4 (Barbados) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R9 - Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas. R11 Las plantas y los barbados deben estar libres de suelo. R12 Deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución SAGPyA Nº 742/2001. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Brasil:
DA10 Las plantas o barbados fueron producidos bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Argentina para Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark), Grapevine virus A y B y Xylella fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esas plagas. o DA13 Las plantas o barbados provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) Grapevine virus A y B, y Xylella fastidiosa. y DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Pythium splendens, Pratylenchus coffeae, Rotylenchulus reniformis y Thrips palmi. o DA15 - El envío se encuentra libre de Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Pythium splendens, Pratylenchus coffeae, Rotylenchulus reniformis y Thrips palmi, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). Para Paraguay: DA10 Las plantas o barbados fueron producidos bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Argentina para Xylella fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esa plaga. o DA13 Las plantas o barbados provienen de plantas madres indexadas libres de Xylella fastidiosa. y DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Pratylenchus coffeae y Rotylenchulus reniformis. o DA15 - El envío se encuentra libre de Pratylenchus coffeae y Rotylenchulus reniformis, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). No hay Declaraciones Adicionales para Uruguay. |
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS. |
Códigos: VITVI 2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R9 - Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas. R12 Deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución SAGPyA Nº 742/2001. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Brasil:
DA10 Las estacas sin raíz fueron producidas bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Argentina para Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) Grapevine virus A y B y Xylella fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esas plagas. o DA13 Las estacas sin raíz provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) Grapevine virus A y B, y Xylella fastidiosa y DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus y Thrips palmi. o DA15 - El envío se encuentra libre de Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus y Thrips palmi, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). Para Paraguay: DA10 Las estacas sin raíz fueron producidas bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Argentina para Xylella fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esa plaga. o DA13 Las estacas sin raíz provienen de plantas madres indexadas libres de Xylella fastidiosa. No hay Declaraciones Adicionales para Uruguay. |
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS. |
Códigos: VITVI 2 10 13 01 4 (Plantas in vitro) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R12 Deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución SAGPyA Nº 742/2001. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Brasil:
DA13 Las plantas in vitro provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) Grapevine virus A y B y Xylella fastidiosa. Para Paraguay: DA13 Las plantas in vitro provienen de plantas madres indexadas libres de Xylella fastidiosa. No hay Declaraciones Adicionales para Uruguay. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS |
Código: VITVI 1 08 01 04 3 (Fruta fresca) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 -
Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Brasil: DA15 El envío se encuentra libre de Brevipalpus californicus y Thrips palmi, de acuerdo con el análisis oficial de laboratorio Nº ( ). No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay ni Uruguay. |
CATEGORÍA 2 |
CLASE 10: Otros. |
Códigos: VITVI 1 08 02 10 2 (Fruto seco - Pasas). |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 -
Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay ni Uruguay. |
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS. |
Códigos: VITVI 2 10 01 01 4 (Plantas) y VITVI 2 01 01 01 4 (Barbados) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R9 - Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas. R11 Las plantas y barbados deben estar libres de suelo. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Argentina:
DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Pratylenchus thornei. o DA15 - El envío se encuentra libre de Pratylenchus thornei, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay ni Uruguay. |
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS. |
Códigos: VITVI 2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R9 - Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay ni Uruguay. |
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS. |
Códigos: VITVI 2 10 13 01 4 (Plantas in vitro) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde) R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay ni Uruguay. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS |
Código: VITVI 1 08 01 04 3 (Fruta fresca) |
Requisitos fitosanitarios: |
R2
- El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o
por el CF de Re-Exportación si corresponde). R1 Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay ni Uruguay. |
CATEGORÍA 2 |
CLASE 10: Otros. |
Código: VITVI 1 08 02 10 2 (Fruto seco - Pasas) |
Requisitos fitosanitarios: |
R2
- El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o
por el CF de Re-Exportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay ni Uruguay. |
II. 19. C. PAÍS DE DESTINO: PARAGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Vitis vinifera
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS. |
Códigos: VITVI 2 10 01 01 4 (Plantas), VITVI 2 01 01 01 4 (Barbados) y VITVI 2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R9 - Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas. R11 Las plantas y los barbados deben estar libres de suelo. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Argentina:
DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Guignardia bidwellii. o DA15 - El envío se encuentra libre de Guignardia bidwellii, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). Para Brasil: DA10 Las plantas o los barbados o las estacas sin raíz fueron producidas bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Paraguay para Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) y Grapevine virus A y B, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esas plagas. o DA13 Las plantas o los barbados o las estacas sin raíz provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) y Grapevine virus A y B. y DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Guignardia bidwellii y Thrips palmi. o DA15 - El envío se encuentra libre de Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Guignardia bidwellii y Thrips palmi, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). No hay Declaraciones Adicionales para Uruguay. |
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS. |
Código: VITVI 2 10 13 01 4 (Plantas in vitro) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Brasil: DA13 Las plantas in vitro provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark), Grapevine virus A y B. No hay Declaraciones Adicionales para Argentina ni Uruguay. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS |
Código: VITVI 1 08 01 04 3 (Fruta fresca) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 -
Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Brasil: DA15 El envío se encuentra libre de Brevipalpus californicus y Thrips palmi, de acuerdo con el análisis oficial de laboratorio Nº ( ). No hay Declaraciones Adicionales para Argentina ni Uruguay. |
CATEGORÍA 2 |
CLASE 10: Otros. |
Código: VITVI 1 08 02 10 2 (Fruto seco - Pasas) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 -
Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil ni Uruguay. |
II. 19. D. PAÍS DE DESTINO: URUGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Vitis vinifera
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS |
Códigos: VITVI 2 10 01 01 4 (Plantas) y VITVI 2 01 01 01 4 (Barbados) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R9 - Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas. R11 Las plantas y barbados deben estar libres de suelo. R12 - Estándares Específicos para Producción de Materiales de Propagación de Vid (Vitis spp.) de Uruguay, Resolución Ministerial Nº 3040 de fecha 14 de julio de 2006. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Argentina: DA15 El envío se encuentra libre de Grapevine leaf roll virus tipo I, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). y DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Hemiberlesia lataniae, Tylenchulus semipenetrans y Pythium vexans. o DA15 - El envío se encuentra libre de Hemiberlesia lataniae, Tylenchulus semipenetrans y Pythium vexans, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). Para Brasil: DA10 Las plantas o barbados fueron producidos bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Uruguay para Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) Grapevine virus A y B y Xylella fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esas plagas. o DA13 Las plantas o barbados provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark), Grapevine virus A y B y Xylella fastidiosa. y DA15 El envío se encuentra libre de Grapevine leaf roll virus tipo I, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). y DA10 Las plantas o barbados fueron producidos bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Uruguay para Rhizobium vitis, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esa plaga. o DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Rhizobium vitis. y DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Hemiberlesia lataniae, Pratylenchus coffeae, Pythium vexans, Thrips palmi y Tylenchulus semipenetrans. o DA15 - El envío se encuentra libre de Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Hemiberlesia lataniae, Pratylenchus coffeae, Pythium vexans, Thrips palmi y Tylenchulus semipenetrans, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). Para Paraguay: DA10 Las plantas o barbados fueron producidos bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Uruguay para Xylella fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esas plagas. DA13 Las plantas o barbados provienen de plantas madres indexadas libres de Xylella fastidiosa. y DA15 El envío se encuentra libre de Grapevine leaf roll virus tipo I, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). y DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Pratylenchus coffeae. o DA15 - El envío se encuentra libre de Pratylenchus coffeae, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). |
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS |
Códigos: VITVI 2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
- Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R9 - Producto sujeto a CPE bajo condiciones pre-establecidas. R12 - Estándares Específicos para Producción de Materiales de Propagación de Vid (Vitis spp.) de Uruguay, Resolución Ministerial Nº 3040 de fecha 14 de julio de 2006. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Argentina: DA15 El envío se encuentra libre de Grapevine leaf roll virus tipo I, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). y DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Hemiberlesia lataniae. o DA15 - El envío se encuentra libre de Hemiberlesia lataniae, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). Para Brasil: DA10 Las estacas sin raíz fueron producidas bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Uruguay para Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark), Grapevine virus A y B y Xylella fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esas plagas. o DA13 Las estacas sin raíz provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark), Grapevine virus A y B y Xylella fastidiosa. y DA15 El envío se encuentra libre de Grapevine leaf roll virus tipo I, de acuerdo con el análisis oficial de laboratorio Nº ( ). y DA10 Las estacas sin raíz fueron producidas bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Uruguay para Rhizobium vitis, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esa plaga. o DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Rhizobium vitis. y DA5 - El vivero fue sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no se ha detectado Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Hemiberlesia lataniae y Thrips palmi. o DA15 - El envío se encuentra libre de Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Hemiberlesia lataniae y Thrips palmi, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). Para Paraguay: DA10 Las estacas sin raíz fueron producidas bajo procedimientos de certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Uruguay para Xylella fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esa plaga. o DA13 Las estacas sin raíz provienen de plantas madres indexadas libres de Xylella fastidiosa. y DA15 El envío se encuentra libre de Grapevine leaf roll virus tipo I, de acuerdo con el análisis oficial de laboratorio Nº ( ). |
CATEGORÍA 4 |
CLASE 1: PLANTAS. |
Código: VITVI 2 10 13 01 4 (Plantas in vitro) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0
Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. R12 - Estándares Específicos para Producción de Materiales de Propagación de Vid (Vitis spp.) de Uruguay, Resolución Ministerial Nº 3040 de fecha 14 de julio de 2006. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Argentina: DA13 Las plantas in vitro provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine leaf roll virus tipo I. Para Brasil: DA13 - Las plantas in vitro provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark), Grapevine virus A y B, Grapevine leaf roll virus tipo I y Xylella fastidiosa. Para Paraguay: DA13 - Las plantas in vitro provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine leaf roll virus tipo I y Xylella fastidiosa. |
CATEGORÍA 3 |
CLASE 4: FRUTAS Y HORTALIZAS |
Código: VITVI 1 08 01 04 3 (Fruta fresca) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 -
Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones Adicionales solicitadas. R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. R4 - Producto sujeto a Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso. R8 - Ingresará a Depósito Cuarentenario bajo control oficial. |
Declaraciones Adicionales: |
Para Brasil: DA15 - El envío se encuentra libre de Brevipalpus californicus y Thrips palmi, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ). No hay Declaraciones Adicionales para Argentina ni Paraguay. |
CATEGORÍA 2 |
CLASE 10: Otros. |
Código: VITVI 1 08 02 10 2 (Fruto seco - Pasas) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 -
Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación. R2 - El envío debe venir acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si corresponde). R1 - Requiere inspección fitosanitaria al ingreso. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil ni Paraguay. |