Utilizar como material de consulta. El Boletín Oficial es la única fuente normativa válida jurídicamente. Consulte con nosotros.

Norma del MERCOSUR

Grupo Mercado Común

Resolución No. 00031/2015
(Fecha: 15-7-2015)

DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO-LABORAL DEL MERCOSUR

MERCOSUR/GMC/RES. Nº 31/15

DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO-LABORAL DEL MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones Nº 54/03 y 51/10 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que el Grupo Mercado Común creó el Tribunal Administrativo-Laboral del MERCOSUR (TAL).

Que el mencionado Tribunal es la única instancia para resolver las reclamaciones de índole administrativo-laboral de los funcionarios del MERCOSUR y las personas contratadas para obras o servicios determinados en los órganos de la estructura institucional del MERCOSUR.

Que es necesario realizar las designaciones de los miembros del TAL, de conformidad a lo establecido por la Resolución GMC Nº 54/03, quienes se desempeñarán por un período de dos años, renovable por períodos iguales.

EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:

Art. 1 – Designar, por un período de dos (2) años contados a partir de la fecha de aprobación de la presente Resolución, como miembros titulares del Tribunal Administrativo-Laboral del MERCOSUR, única instancia jurisdiccional para resolver las reclamaciones de índole administrativo-laboral, a los siguientes juristas:

Leopoldo Sahores (Argentina)

Antonio Paulo Cachapuz de Medeiros (Brasil)

Carmen Céspedes (Paraguay)

María del Carmen Ferreira Harreguy (Uruguay)

Asdrubal Blanco (Venezuela)

Art. 2 – Designar, por un período de dos (2) años contados a partir de la fecha de aprobación de la presente Resolución, como suplentes para actuar en caso de ausencia de su respectivo miembro titular, a los siguientes juristas:

Marina García del Río (Argentina)

Marcelo Böhlke (Brasil)

Dionisio Nicolás Duré (Paraguay)

Liliana Dono (Uruguay)

Gisela Ramírez de Rodríguez (Venezuela)

Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XLV GMC EXT. - Brasilia, 15/VII/15.

MERCOSUR/GMC/RES. Nº 31/15

DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO-LABORAL DEL MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones Nº 54/03 y 51/10 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que el Grupo Mercado Común creó el Tribunal Administrativo-Laboral del MERCOSUR (TAL).

Que el mencionado Tribunal es la única instancia para resolver las reclamaciones de índole administrativo-laboral de los funcionarios del MERCOSUR y las personas contratadas para obras o servicios determinados en los órganos de la estructura institucional del MERCOSUR.

Que es necesario realizar las designaciones de los miembros del TAL, de conformidad a lo establecido por la Resolución GMC Nº 54/03, quienes se desempeñarán por un período de dos años, renovable por períodos iguales.

EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:

Art. 1 – Designar, por un período de dos (2) años contados a partir de la fecha de aprobación de la presente Resolución, como miembros titulares del Tribunal Administrativo-Laboral del MERCOSUR, única instancia jurisdiccional para resolver las reclamaciones de índole administrativo-laboral, a los siguientes juristas:

Leopoldo Sahores (Argentina)

Antonio Paulo Cachapuz de Medeiros (Brasil)

Carmen Céspedes (Paraguay)

María del Carmen Ferreira Harreguy (Uruguay)

Asdrubal Blanco (Venezuela)

Art. 2 – Designar, por un período de dos (2) años contados a partir de la fecha de aprobación de la presente Resolución, como suplentes para actuar en caso de ausencia de su respectivo miembro titular, a los siguientes juristas:

Marina García del Río (Argentina)

Marcelo Böhlke (Brasil)

Dionisio Nicolás Duré (Paraguay)

Liliana Dono (Uruguay)

Gisela Ramírez de Rodríguez (Venezuela)

Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XLV GMC EXT. - Brasilia, 15/VII/15.