Grupo Mercado Común
CARGOS DE FUNCIONARIOS MERCOSUR EN EL 15M Y EL IPPDDHH
MERCOSUR/GMC/RES. N° 28/14
CARGOS DE FUNCIONARIOS MERCOSUR EN EL 15M Y EL IPPDDHH
VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario establecer un marco adecuado para la aplicación del Régimen de Carrera de los Funcionarios MERCOSUR al Instituto Social del MERCOSUR (ISM) y al Instituto de Políticas Públicas de Derechos Humanos (IPPDDHH).
Que en los Presupuestos correspondientes al ISM y al IPPDDHH el salario asignado al cargo de Jefe de Departamento es equivalente al del cargo de Asesor Técnico de la SM.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1- Establecer la equivalencia del cargo de Jefe de Departamento correspondiente al ISM y al IPPDDHH, establecido en las Decisiones CMC N° 37/08,12/10 Y 47/10, con el cargo de Asesor Técnico de la SM para los fines de la aplicación del "Régimen de Carrera de los Funcionarios MERCOSUR" y del procedimiento de selección previsto en la Decisión CMC N° 07/07.
Art. 2- Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XLIII GMC EXT. - Caracas, 27/VII/14.
MERCOSUR/GMC/RES. N° 28/14
CARGOS DE FUNCIONARIOS MERCOSUR EN EL 15M Y EL IPPDDHH
VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario establecer un marco adecuado para la aplicación del Régimen de Carrera de los Funcionarios MERCOSUR al Instituto Social del MERCOSUR (ISM) y al Instituto de Políticas Públicas de Derechos Humanos (IPPDDHH).
Que en los Presupuestos correspondientes al ISM y al IPPDDHH el salario asignado al cargo de Jefe de Departamento es equivalente al del cargo de Asesor Técnico de la SM.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1- Establecer la equivalencia del cargo de Jefe de Departamento correspondiente al ISM y al IPPDDHH, establecido en las Decisiones CMC N° 37/08,12/10 Y 47/10, con el cargo de Asesor Técnico de la SM para los fines de la aplicación del "Régimen de Carrera de los Funcionarios MERCOSUR" y del procedimiento de selección previsto en la Decisión CMC N° 07/07.
Art. 2- Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XLIII GMC EXT. - Caracas, 27/VII/14.