Consejo del Mercado Común
ACUERDOS EMANADOS DE LA XXI REUNIÓN DE MINISTROS DEL INTERIOR
MERCOSUR/CMC/DEC. N° 30/07
ACUERDOS EMANADOS DE LA XXI REUNIÓN DE MINISTROS DEL INTERIOR
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 07/96, 18/98 y 02/02 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que en los términos del Artículo 8, inciso VI del Protocolo de Ouro Preto, compete al Consejo del Mercado Común pronunciarse sobre los Acuerdos remitidos por las Reuniones de Ministros.
Que los avances alcanzados en el ámbito de la Reunión de Ministros del Interior, son esenciales para la consolidación del MERCOSUR.
El CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 Aprobar el Acuerdo de Autorización para el Intercambio de Información a través del SISME y la Formalización de su Reglamentación, que consta como Anexo I.
Art. 2 Aprobar el Acuerdo para la Aprobación de los Operativos Coordinados previstos para el Segundo Semestre de 2007, que consta como Anexo II.
Art. 3 Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XXXIII CMC Asunción, 28/VI/07
ANEXO I
MERCOSUR/RMI/ACUERDO Nº 01/07
ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN A TRAVÉS DEL SISME Y LA FORMALIZACIÓN DE SU REGLAMENTACIÓN
El Director Nacional de Migraciones de la República Argentina, en representación del Ministro del Interior de dicho país, el Ministro de Justicia de la República Federativa del Brasil, el Ministro del Interior de la República del Paraguay y la Ministra del Interior de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercado Común del Sur (MERCOSUR); el Ministro de Gobierno de la República de Bolivia, el Director de la División de Seguridad Pública de la República de Chile, en representación del Ministro del Interior de este país, y el Subsecretario de Desarrollo Organizacional de la República del Ecuador, en representación del Ministro de Gobierno y Policía de dicho país, en su carácter de Estados Asociados.
CONSIDERANDO la necesidad que impone la lucha contra todas las formas de delincuencia organizada de seguir avanzando en el diseño de mecanismos que contribuyan a la cooperación y asistencia recíproca entre las Fuerzas de Seguridad y Policiales y demás Organismos comprometidos en la Seguridad de la región,
Que mediante Acuerdo MERCOSUR/RMI/ACUERDO Nº 1/98 - RMI - Buenos Aires, 27/III/98 - fueron oportunamente aprobadas las Normas Generales para la Implementación del Sistema de Intercambio de Información de Seguridad del MERCOSUR, y por Decisiones del CMC Nº 25/99 y 26/99 el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Sistema de Intercambio de Información de Seguridad del MERCOSUR (SISME),
Que en una posterior etapa ha sido aprobado el nuevo diseño operacional del Sistema de Intercambio de Información de Seguridad del MERCOSUR por Decisión MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 36/04, instrumento que establece la necesidad de contar con una reglamentación como condición para su implementación, por lo cual el anterior reglamento no resulta aplicable, debiendo adecuarse a esta última Decisión.
Que hasta tanto se apruebe la nueva reglamentación del Sistema, se hace necesario iniciar el intercambio de información a los efectos de perfeccionar el funcionamiento y los alcances del SISME, haciéndolo en una primera etapa con las bases de datos que se encuentran disponibles en el Sistema.
ACUERDAN:
1º - Autorizar el inicio del intercambio de información a los fines de la realización de diagnósticos regionales sobre las distintas modalidades delictivas y para orientar las investigaciones que se desarrollen en cada Estado Parte y/o Asociado.
2º - Ante la noticia del SISME dando cuenta de una restricción o impedimento no internacional- el consultante comunicará tal circunstancia al organismo consultado.
De no producirse, éste último podrá requerir un informe respecto de los motivos de la consulta y de lo obrado en consecuencia.
3º - Encomendar a la Comisión Técnica y a sus grupos de trabajo dependientes, el inicio de las tareas respectivas para aprobar la nueva reglamentación que reemplace al denominado "Reglamento de Organización y Funcionamiento del Sistema de Intercambio de Información de Seguridad del MERCOSUR", aprobado por Decisiones del CMC Nº 25/99 y Nº 26/99, de conformidad con lo establecido en el presente Acuerdo. Dicha labor deberá concluirse durante la Presidencia Pro Tempore del Uruguay de 2007.
4º - Comprometerse a la adopción de todas las medidas, conforme a la legislación de cada país y a las capacidades materiales y humanas de las que se dispongan, a fin de cumplir adecuadamente con los propósitos que animan el presente Acuerdo.
5º - Que el presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha, debiendo la Comisión Técnica, a través de los grupos de trabajo dependientes, coordinar todo lo necesario para asegurar su ejecución en el 2008, con los alcances y limitaciones que jurídicamente correspondan.
Firmado en Asunción, al primer día del mes de junio del año dos mil siete, en 2 (dos) ejemplares, 1 (uno) en español y 1 (uno) en portugués, todos de un mismo tenor e igualmente válidos.
POR LA REPÚBLICA DE ARGENTINA
_______________________________
Ricardo Eusebio RODRÍGUEZ
Director Nacional de Migraciones en representación del Ministro del Interior
POR LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL
_______________________________
Tarso GENRO
Ministro de Justicia
POR LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
_______________________________
Rogelio BENÍTEZ VARGAS
Ministro del Interior
POR LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
_______________________________
Daisy TOURNÉ
Ministra del Interior
POR LA REPÚBLICA DE BOLIVIA
_______________________________
Alfredo RADA VELEZ
Ministro de Gobierno
POR LA REPÚBLICA DE CHILE
_______________________________
Iván FARES
Director División de Seguridad Pública en representación del Ministro del Interior
POR LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
_______________________________
Fernando GARZÓN
Subsecretario de Desarrollo Organizacional en representación del Ministro de Gobierno y Policía
MERCOSUR/RMI/ACUERDO Nº 02/07
ACUERDO PARA LA APROBACIÓN DE LOS OPERATIVOS COORDINADOS PREVISTOS PARA EL SEGUNDO SEMESTRE DE 2007
El Director Nacional de Migraciones de la República Argentina, en representación del Ministro del Interior de dicho país, el Ministro de Justicia de la República Federativa del Brasil, el Ministro del Interior de la República del Paraguay y la Ministra del Interior de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercado Común del Sur (MERCOSUR); el Ministro de Gobierno de la República de Bolivia, el Director de la División de Seguridad Pública de la República de Chile, en representación del Ministro del Interior de este país, y el Subsecretario de Desarrollo Organizacional de la República del Ecuador, en representación del Ministro de Gobierno y Policía de dicho país, en su carácter de Estados Asociados;
CONSIDERANDO la necesidad que impone la lucha contra todas las formas de delincuencia organizada de seguir avanzando en la implementación de mecanismos que contribuyan a la cooperación y coordinación entre las Fuerzas de Seguridad y Policiales y demás organismos comprometidos en la seguridad de la región,
Que resulta de vital importancia dar continuidad a los operativos coordinados que vienen siendo realizados en forma ininterrumpida desde la implementación del Plan General de Cooperación y Coordinación Recíproca para la Seguridad Regional del MERCOSUR,
Que la experiencia acumulada permite afirmar que los operativos coordinados como mecanismo de prevención y control- permiten incrementar las condiciones de seguridad general de la región.
Que dicho mecanismo ha demostrado favorecer el acercamiento de las instituciones comprometidas en la lucha contra la delincuencia organizada transnacional, contribuyendo de manera trascendente en la adecuación de los procedimientos de las mismas mejorando su efectividad,
Que adicionalmente, los operativos coordinados han mejorado la eficiencia en la utilización de los recursos materiales y humanos de estas instituciones, evitando la superposición de tareas y esfuerzos,
Que en tal sentido, el Plan General de Cooperación y Coordinación Recíproca para la Seguridad Regional del MERCOSUR, constituye el instrumento rector en materia de coordinación operativa,
ACUERDAN:
Art. 1º: Aprobar la Planilla Semestral de Operativos Coordinados en la cual se detallan los "Puntos de Frontera de Interés Acordados" donde se desarrollarán dichas actividades durante el segundo semestre del presente año. Dicha planilla se acompaña como Anexo y forma parte del presente Acuerdo.
Art. 2º: Establecer la realización de un mínimo de dos operativos coordinados en los puntos de frontera de interés acordados, conforme el alcance y modalidades previstas en las Disposiciones Complementarias, de la Acción 3º, Sección 1º, Capítulo II del Plan General.
Art. 3º: Instruir, a través de los canales institucionales pertinentes, a las unidades de las Fuerzas de Seguridad y/o Policiales con despliegue en las zonas acordadas, a fin que coordinen con sus contrapartes el calendario y aspectos inherentes a su implementación. La fecha y lugar acordados deberán informarse con una antelación de 48 horas a las respectivas Secciones Nacionales.
Art. 4º: Los resultados de los operativos coordinados deberán ser comunicados a las Secciones Nacionales -por la vía prevista en el artículo anterior- precisando recursos humanos y materiales afectados, procedimientos e intervenciones realizados en consecuencia, participación de veedores -de haberse producido- y todo otro dato de interés.
Firmado en Asunción, al primer día del mes de junio del año dos mil siete, en 2 (dos) ejemplares, 1 (uno) en español y 1 (uno) en portugués, todos de un mismo tenor e igualmente válidos.
POR LA REPUBLICA DE ARGENTINA
_____________________________
Ricardo Eusebio RODRÍGUEZ
Director Nacional de Migraciones en representación del Ministro del Interior
POR LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL
______________________________
Tarso GENRO
Ministro de Justicia
POR LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
_______________________________
Rogelio BENÍTEZ VARGAS
Ministro del Interior
POR LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
_______________________________
Daisy TOURNÉ
Ministra del Interior
POR LA REPÚBLICA DE BOLIVIA
_______________________________
Alfredo RADA VELEZ
Ministro de Gobierno
POR LA REPÚBLICA DE CHILE
_______________________________
Iván FARES
Director División de Seguridad Pública en representación del Ministro del Interior
POR LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
_______________________________
Fernando GARZÓN
Subsecretario de Desarrollo Organizacional en representación del Ministro de Gobierno y Policía
PLAN GENERAL DE COOPERACION Y COORDINACION RECIPROCA PARA LA SEGURIDAD REGIONAL
"CAPITULO II AMBITO DELICTUAL"
PLANILLA SEMESTRAL DE OPERATIVOS COORDINADOS
VIGENCIA: SEGUNDO SEMESTRE 2007
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS ARGENTINA - BRASIL |
PUERTO IGUAZU FOZ DE IGUAZU BERNARDO DE IRIGOYEN DIONISIO CERQUEIRA SANTO TOME SAO BORJA PASO DE LOS LIBRES URUGUAYANA ALVEAR - ITAQUI |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS ARGENTINA - PARAGUAY |
CLORINDA PUERTO JOSE FALCON POSADAS ENCARNACIÓN ELDORADO PTO MAYOR OTAÑO FORMOSA ALBERDI |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS ARGENTINA - URUGUAY |
CONCORDIA SALTO COLON PAYSANDÚ MONTE CASERO BELLA UNION |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS ARGENTINA - BOLIVIA |
SALVADOR MAZA POCITOS AGUAS BLANCAS BERMEJO LA QUIACA VILLAZON |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS ARGENTINA - CHILE |
JAMA - SAN PEDRO DE ATACAMA PUENTE DEL INCA LOS LIBERTADORES PASO INTERNACIONAL CARDENAL SAMORE PASO INTERNACIONAL INTEGRACIÓN AUSTRAL PASO INTERNACIONAL SAN SEBASTIAN |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS BRASIL - PARAGUAY |
GUAIRA - SALTO DEL GUAIRA FOZ DE IGUAZU - CIUDAD DEL ESTE |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS BRASIL - URUGUAY |
JAGUARO - RIO BRANCO CHUI CHUY |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS BRASIL - BOLIVIA |
COLUMBA - PUERTO SUAREZ GUAJARA MIRIM - GUAYARAMERIN CACERE MATO GROSSO - SAN MATIAS |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS BRASIL - PERU |
TABATINGA SANTA ROSA ASSIS - MADRE DE DIOS |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS BRASIL - COLOMBIA |
TABATINGA - LETICIA |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS BRASIL - VENEZUELA |
BOA VISTA SANTA ELENA |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS PARAGUAY - BOLIVIA |
POZO HONDO VILLA MONTE |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS BOLIVIA - CHILE |
TAMBO QUEMADO CHUNGARA |
PISIGA COLCHANE |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES ACORDADOS |
BOLIVIA - PERU |
DESAGUADERO - DESAGUADERO KASANI PUNO PUERTO ACOSTA - PUNO |
MERCOSUR/CMC/DEC. N° 30/07
ACUERDOS EMANADOS DE LA XXI REUNIÓN DE MINISTROS DEL INTERIOR
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 07/96, 18/98 y 02/02 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que en los términos del Artículo 8, inciso VI del Protocolo de Ouro Preto, compete al Consejo del Mercado Común pronunciarse sobre los Acuerdos remitidos por las Reuniones de Ministros.
Que los avances alcanzados en el ámbito de la Reunión de Ministros del Interior, son esenciales para la consolidación del MERCOSUR.
El CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 Aprobar el Acuerdo de Autorización para el Intercambio de Información a través del SISME y la Formalización de su Reglamentación, que consta como Anexo I.
Art. 2 Aprobar el Acuerdo para la Aprobación de los Operativos Coordinados previstos para el Segundo Semestre de 2007, que consta como Anexo II.
Art. 3 Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XXXIII CMC Asunción, 28/VI/07
ANEXO I
MERCOSUR/RMI/ACUERDO Nº 01/07
ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN A TRAVÉS DEL SISME Y LA FORMALIZACIÓN DE SU REGLAMENTACIÓN
El Director Nacional de Migraciones de la República Argentina, en representación del Ministro del Interior de dicho país, el Ministro de Justicia de la República Federativa del Brasil, el Ministro del Interior de la República del Paraguay y la Ministra del Interior de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercado Común del Sur (MERCOSUR); el Ministro de Gobierno de la República de Bolivia, el Director de la División de Seguridad Pública de la República de Chile, en representación del Ministro del Interior de este país, y el Subsecretario de Desarrollo Organizacional de la República del Ecuador, en representación del Ministro de Gobierno y Policía de dicho país, en su carácter de Estados Asociados.
CONSIDERANDO la necesidad que impone la lucha contra todas las formas de delincuencia organizada de seguir avanzando en el diseño de mecanismos que contribuyan a la cooperación y asistencia recíproca entre las Fuerzas de Seguridad y Policiales y demás Organismos comprometidos en la Seguridad de la región,
Que mediante Acuerdo MERCOSUR/RMI/ACUERDO Nº 1/98 - RMI - Buenos Aires, 27/III/98 - fueron oportunamente aprobadas las Normas Generales para la Implementación del Sistema de Intercambio de Información de Seguridad del MERCOSUR, y por Decisiones del CMC Nº 25/99 y 26/99 el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Sistema de Intercambio de Información de Seguridad del MERCOSUR (SISME),
Que en una posterior etapa ha sido aprobado el nuevo diseño operacional del Sistema de Intercambio de Información de Seguridad del MERCOSUR por Decisión MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 36/04, instrumento que establece la necesidad de contar con una reglamentación como condición para su implementación, por lo cual el anterior reglamento no resulta aplicable, debiendo adecuarse a esta última Decisión.
Que hasta tanto se apruebe la nueva reglamentación del Sistema, se hace necesario iniciar el intercambio de información a los efectos de perfeccionar el funcionamiento y los alcances del SISME, haciéndolo en una primera etapa con las bases de datos que se encuentran disponibles en el Sistema.
ACUERDAN:
1º - Autorizar el inicio del intercambio de información a los fines de la realización de diagnósticos regionales sobre las distintas modalidades delictivas y para orientar las investigaciones que se desarrollen en cada Estado Parte y/o Asociado.
2º - Ante la noticia del SISME dando cuenta de una restricción o impedimento no internacional- el consultante comunicará tal circunstancia al organismo consultado.
De no producirse, éste último podrá requerir un informe respecto de los motivos de la consulta y de lo obrado en consecuencia.
3º - Encomendar a la Comisión Técnica y a sus grupos de trabajo dependientes, el inicio de las tareas respectivas para aprobar la nueva reglamentación que reemplace al denominado "Reglamento de Organización y Funcionamiento del Sistema de Intercambio de Información de Seguridad del MERCOSUR", aprobado por Decisiones del CMC Nº 25/99 y Nº 26/99, de conformidad con lo establecido en el presente Acuerdo. Dicha labor deberá concluirse durante la Presidencia Pro Tempore del Uruguay de 2007.
4º - Comprometerse a la adopción de todas las medidas, conforme a la legislación de cada país y a las capacidades materiales y humanas de las que se dispongan, a fin de cumplir adecuadamente con los propósitos que animan el presente Acuerdo.
5º - Que el presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha, debiendo la Comisión Técnica, a través de los grupos de trabajo dependientes, coordinar todo lo necesario para asegurar su ejecución en el 2008, con los alcances y limitaciones que jurídicamente correspondan.
Firmado en Asunción, al primer día del mes de junio del año dos mil siete, en 2 (dos) ejemplares, 1 (uno) en español y 1 (uno) en portugués, todos de un mismo tenor e igualmente válidos.
POR LA REPÚBLICA DE ARGENTINA
_______________________________
Ricardo Eusebio RODRÍGUEZ
Director Nacional de Migraciones en representación del Ministro del Interior
POR LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL
_______________________________
Tarso GENRO
Ministro de Justicia
POR LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
_______________________________
Rogelio BENÍTEZ VARGAS
Ministro del Interior
POR LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
_______________________________
Daisy TOURNÉ
Ministra del Interior
POR LA REPÚBLICA DE BOLIVIA
_______________________________
Alfredo RADA VELEZ
Ministro de Gobierno
POR LA REPÚBLICA DE CHILE
_______________________________
Iván FARES
Director División de Seguridad Pública en representación del Ministro del Interior
POR LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
_______________________________
Fernando GARZÓN
Subsecretario de Desarrollo Organizacional en representación del Ministro de Gobierno y Policía
MERCOSUR/RMI/ACUERDO Nº 02/07
ACUERDO PARA LA APROBACIÓN DE LOS OPERATIVOS COORDINADOS PREVISTOS PARA EL SEGUNDO SEMESTRE DE 2007
El Director Nacional de Migraciones de la República Argentina, en representación del Ministro del Interior de dicho país, el Ministro de Justicia de la República Federativa del Brasil, el Ministro del Interior de la República del Paraguay y la Ministra del Interior de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercado Común del Sur (MERCOSUR); el Ministro de Gobierno de la República de Bolivia, el Director de la División de Seguridad Pública de la República de Chile, en representación del Ministro del Interior de este país, y el Subsecretario de Desarrollo Organizacional de la República del Ecuador, en representación del Ministro de Gobierno y Policía de dicho país, en su carácter de Estados Asociados;
CONSIDERANDO la necesidad que impone la lucha contra todas las formas de delincuencia organizada de seguir avanzando en la implementación de mecanismos que contribuyan a la cooperación y coordinación entre las Fuerzas de Seguridad y Policiales y demás organismos comprometidos en la seguridad de la región,
Que resulta de vital importancia dar continuidad a los operativos coordinados que vienen siendo realizados en forma ininterrumpida desde la implementación del Plan General de Cooperación y Coordinación Recíproca para la Seguridad Regional del MERCOSUR,
Que la experiencia acumulada permite afirmar que los operativos coordinados como mecanismo de prevención y control- permiten incrementar las condiciones de seguridad general de la región.
Que dicho mecanismo ha demostrado favorecer el acercamiento de las instituciones comprometidas en la lucha contra la delincuencia organizada transnacional, contribuyendo de manera trascendente en la adecuación de los procedimientos de las mismas mejorando su efectividad,
Que adicionalmente, los operativos coordinados han mejorado la eficiencia en la utilización de los recursos materiales y humanos de estas instituciones, evitando la superposición de tareas y esfuerzos,
Que en tal sentido, el Plan General de Cooperación y Coordinación Recíproca para la Seguridad Regional del MERCOSUR, constituye el instrumento rector en materia de coordinación operativa,
ACUERDAN:
Art. 1º: Aprobar la Planilla Semestral de Operativos Coordinados en la cual se detallan los "Puntos de Frontera de Interés Acordados" donde se desarrollarán dichas actividades durante el segundo semestre del presente año. Dicha planilla se acompaña como Anexo y forma parte del presente Acuerdo.
Art. 2º: Establecer la realización de un mínimo de dos operativos coordinados en los puntos de frontera de interés acordados, conforme el alcance y modalidades previstas en las Disposiciones Complementarias, de la Acción 3º, Sección 1º, Capítulo II del Plan General.
Art. 3º: Instruir, a través de los canales institucionales pertinentes, a las unidades de las Fuerzas de Seguridad y/o Policiales con despliegue en las zonas acordadas, a fin que coordinen con sus contrapartes el calendario y aspectos inherentes a su implementación. La fecha y lugar acordados deberán informarse con una antelación de 48 horas a las respectivas Secciones Nacionales.
Art. 4º: Los resultados de los operativos coordinados deberán ser comunicados a las Secciones Nacionales -por la vía prevista en el artículo anterior- precisando recursos humanos y materiales afectados, procedimientos e intervenciones realizados en consecuencia, participación de veedores -de haberse producido- y todo otro dato de interés.
Firmado en Asunción, al primer día del mes de junio del año dos mil siete, en 2 (dos) ejemplares, 1 (uno) en español y 1 (uno) en portugués, todos de un mismo tenor e igualmente válidos.
POR LA REPUBLICA DE ARGENTINA
_____________________________
Ricardo Eusebio RODRÍGUEZ
Director Nacional de Migraciones en representación del Ministro del Interior
POR LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL
______________________________
Tarso GENRO
Ministro de Justicia
POR LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
_______________________________
Rogelio BENÍTEZ VARGAS
Ministro del Interior
POR LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
_______________________________
Daisy TOURNÉ
Ministra del Interior
POR LA REPÚBLICA DE BOLIVIA
_______________________________
Alfredo RADA VELEZ
Ministro de Gobierno
POR LA REPÚBLICA DE CHILE
_______________________________
Iván FARES
Director División de Seguridad Pública en representación del Ministro del Interior
POR LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
_______________________________
Fernando GARZÓN
Subsecretario de Desarrollo Organizacional en representación del Ministro de Gobierno y Policía
PLAN GENERAL DE COOPERACION Y COORDINACION RECIPROCA PARA LA SEGURIDAD REGIONAL
"CAPITULO II AMBITO DELICTUAL"
PLANILLA SEMESTRAL DE OPERATIVOS COORDINADOS
VIGENCIA: SEGUNDO SEMESTRE 2007
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS ARGENTINA - BRASIL |
PUERTO IGUAZU FOZ DE IGUAZU BERNARDO DE IRIGOYEN DIONISIO CERQUEIRA SANTO TOME SAO BORJA PASO DE LOS LIBRES URUGUAYANA ALVEAR - ITAQUI |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS ARGENTINA - PARAGUAY |
CLORINDA PUERTO JOSE FALCON POSADAS ENCARNACIÓN ELDORADO PTO MAYOR OTAÑO FORMOSA ALBERDI |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS ARGENTINA - URUGUAY |
CONCORDIA SALTO COLON PAYSANDÚ MONTE CASERO BELLA UNION |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS ARGENTINA - BOLIVIA |
SALVADOR MAZA POCITOS AGUAS BLANCAS BERMEJO LA QUIACA VILLAZON |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS ARGENTINA - CHILE |
JAMA - SAN PEDRO DE ATACAMA PUENTE DEL INCA LOS LIBERTADORES PASO INTERNACIONAL CARDENAL SAMORE PASO INTERNACIONAL INTEGRACIÓN AUSTRAL PASO INTERNACIONAL SAN SEBASTIAN |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS BRASIL - PARAGUAY |
GUAIRA - SALTO DEL GUAIRA FOZ DE IGUAZU - CIUDAD DEL ESTE |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS BRASIL - URUGUAY |
JAGUARO - RIO BRANCO CHUI CHUY |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS BRASIL - BOLIVIA |
COLUMBA - PUERTO SUAREZ GUAJARA MIRIM - GUAYARAMERIN CACERE MATO GROSSO - SAN MATIAS |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS BRASIL - PERU |
TABATINGA SANTA ROSA ASSIS - MADRE DE DIOS |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS BRASIL - COLOMBIA |
TABATINGA - LETICIA |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS BRASIL - VENEZUELA |
BOA VISTA SANTA ELENA |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS PARAGUAY - BOLIVIA |
POZO HONDO VILLA MONTE |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES
ACORDADOS BOLIVIA - CHILE |
TAMBO QUEMADO CHUNGARA |
PISIGA COLCHANE |
PUNTOS DE FRONTERA DE INTERES ACORDADOS |
BOLIVIA - PERU |
DESAGUADERO - DESAGUADERO KASANI PUNO PUERTO ACOSTA - PUNO |