Consejo del Mercado Común
CRITERIO DE REPRESENTACIÓN CIUDADANA
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 28/10
CRITERIO DE REPRESENTACIÓN CIUDADANA
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo Constitutivo del Parlamento del MERCOSUR y la Recomendación del Parlamento del MERCOSUR de 28 de abril de 2009, referente al criterio de representación ciudadana.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Aprobar el Acuerdo Político para la Consolidación del MERCOSUR y Propuestas Correspondientes, propuesto por el Parlamento del MERCOSUR en 28 de abril de 2009.
VIII CMC EXT - Montevideo, 18/X/10
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 28/10
CRITERIO DE REPRESENTACIÓN CIUDADANA
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo Constitutivo del Parlamento del MERCOSUR y la Recomendación del Parlamento del MERCOSUR de 28 de abril de 2009, referente al criterio de representación ciudadana.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Aprobar el Acuerdo Político para la Consolidación del MERCOSUR y Propuestas Correspondientes, propuesto por el Parlamento del MERCOSUR en 28 de abril de 2009.
VIII CMC EXT - Montevideo, 18/X/10