Consejo del Mercado Común
DESIGNACIÓN DE LOS ÁRBITROS DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 13/18
DESIGNACIÓN DE LOS ÁRBITROS DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Olivos para
CONSIDERANDO:
Que el Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias en el MERCOSUR dispone en su artículo 18.2 que cada Estado Parte designará un (1) árbitro titular y un (1) árbitro suplente para integrar el Tribunal Permanente de Revisión (TPR), por un período de dos (2) años, renovable por no más de dos períodos consecutivos.
Que el artículo 4 del Anexo de
Que, mediante las Decisiones CMC N° 05/16 y 01/17, fueron designados los miembros titulares y suplentes del TPR, de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil y de la República del Paraguay, con mandato hasta el 17 de diciembre de 2018.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Designar como miembros titulares del Tribunal Permanente de Revisión (TPR), para el período del 18 de diciembre de 2018 al 17 de diciembre de 2020, a los siguientes juristas:
Dr. Guillermo Michelson Irusta (Argentina)
Dra. Nadia de Araujo (Brasil)
Dr. Javier Parquet Villagra (Paraguay)
Art. 2 - Designar como suplentes de su respectivo miembro titular, para el período del 18 de diciembre de 2018 al 17 de diciembre de 2020, a los siguientes juristas:
Dra. Mónica Pinto (Argentina)
Dr. Marcilio Toscano Franca Filho (Brasil)
Art. 3 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LIII CMC - Montevideo, 17/XII/18.
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 13/18
DESIGNACIÓN DE LOS ÁRBITROS DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Olivos para
CONSIDERANDO:
Que el Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias en el MERCOSUR dispone en su artículo 18.2 que cada Estado Parte designará un (1) árbitro titular y un (1) árbitro suplente para integrar el Tribunal Permanente de Revisión (TPR), por un período de dos (2) años, renovable por no más de dos períodos consecutivos.
Que el artículo 4 del Anexo de
Que, mediante las Decisiones CMC N° 05/16 y 01/17, fueron designados los miembros titulares y suplentes del TPR, de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil y de la República del Paraguay, con mandato hasta el 17 de diciembre de 2018.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Designar como miembros titulares del Tribunal Permanente de Revisión (TPR), para el período del 18 de diciembre de 2018 al 17 de diciembre de 2020, a los siguientes juristas:
Dr. Guillermo Michelson Irusta (Argentina)
Dra. Nadia de Araujo (Brasil)
Dr. Javier Parquet Villagra (Paraguay)
Art. 2 - Designar como suplentes de su respectivo miembro titular, para el período del 18 de diciembre de 2018 al 17 de diciembre de 2020, a los siguientes juristas:
Dra. Mónica Pinto (Argentina)
Dr. Marcilio Toscano Franca Filho (Brasil)
Art. 3 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LIII CMC - Montevideo, 17/XII/18.