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Norma del MERCOSUR

Consejo del Mercado Común

Decisión No. 00013/2018
(Fecha: 17-12-2018)

DESIGNACIÓN DE LOS ÁRBITROS DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN

MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 13/18

DESIGNACIÓN DE LOS ÁRBITROS DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias en el MERCOSUR y las Decisiones N° 37/03, 30/05, 31/11, 05/16 y 01/17 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que el Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias en el MERCOSUR dispone en su artículo 18.2 que cada Estado Parte designará un (1) árbitro titular y un (1) árbitro suplente para integrar el Tribunal Permanente de Revisión (TPR), por un período de dos (2) años, renovable por no más de dos períodos consecutivos.   

Que el artículo 4 del Anexo de la Decisión CMC Nº 30/05 establece que el mandato de los integrantes del TPR se contará a partir de la respectiva designación por el órgano competente del MERCOSUR.

Que, mediante las Decisiones CMC N° 05/16 y 01/17, fueron designados los miembros titulares y suplentes del TPR, de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil y de la República del Paraguay, con mandato hasta el 17 de diciembre de 2018.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:

Art. 1 - Designar como miembros titulares del Tribunal Permanente de Revisión (TPR), para el período del 18 de diciembre de 2018 al 17 de diciembre de 2020, a los siguientes juristas:

Dr. Guillermo Michelson Irusta (Argentina)

Dra. Nadia de Araujo (Brasil)

Dr. Javier Parquet Villagra (Paraguay)

Art. 2 - Designar como suplentes de su respectivo miembro titular, para el período del 18 de diciembre de 2018 al 17 de diciembre de 2020, a los siguientes juristas:

Dra. Mónica Pinto (Argentina)

Dr. Marcilio Toscano Franca Filho (Brasil)

Art. 3 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

LIII CMC - Montevideo, 17/XII/18.

MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 13/18

DESIGNACIÓN DE LOS ÁRBITROS DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias en el MERCOSUR y las Decisiones N° 37/03, 30/05, 31/11, 05/16 y 01/17 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que el Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias en el MERCOSUR dispone en su artículo 18.2 que cada Estado Parte designará un (1) árbitro titular y un (1) árbitro suplente para integrar el Tribunal Permanente de Revisión (TPR), por un período de dos (2) años, renovable por no más de dos períodos consecutivos.   

Que el artículo 4 del Anexo de la Decisión CMC Nº 30/05 establece que el mandato de los integrantes del TPR se contará a partir de la respectiva designación por el órgano competente del MERCOSUR.

Que, mediante las Decisiones CMC N° 05/16 y 01/17, fueron designados los miembros titulares y suplentes del TPR, de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil y de la República del Paraguay, con mandato hasta el 17 de diciembre de 2018.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:

Art. 1 - Designar como miembros titulares del Tribunal Permanente de Revisión (TPR), para el período del 18 de diciembre de 2018 al 17 de diciembre de 2020, a los siguientes juristas:

Dr. Guillermo Michelson Irusta (Argentina)

Dra. Nadia de Araujo (Brasil)

Dr. Javier Parquet Villagra (Paraguay)

Art. 2 - Designar como suplentes de su respectivo miembro titular, para el período del 18 de diciembre de 2018 al 17 de diciembre de 2020, a los siguientes juristas:

Dra. Mónica Pinto (Argentina)

Dr. Marcilio Toscano Franca Filho (Brasil)

Art. 3 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

LIII CMC - Montevideo, 17/XII/18.