Consejo del Mercado Común
ACUERDO MARCO ENTRE EL MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) Y EL FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA)
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 02/18
ACUERDO MARCO ENTRE EL MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) Y EL FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA)
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 18/05, 01/10, 22/15 y 35/17 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM) tiene por objeto promover la convergencia estructural, desarrollar la competitividad, promover la cohesión social, en particular de las economías menores y regiones menos desarrolladas, y apoyar el funcionamiento de la estructura institucional y el fortalecimiento del proceso de integración.
Que el Artículo 6 de la Decisión CMC N° 22/15 establece que, con vistas a aumentar la efectividad del FOCEM en la promoción de la convergencia estructural de la región, los Estados Partes se comprometieron a buscar mecanismos de fortalecimiento de la gestión institucional del FOCEM y de complementación con los demás instrumentos regionales de financiamiento para el desarrollo.
Que resulta importante promover esa complementariedad para desarrollar conjuntamente programas y proyectos, a través de asistencia técnica, administración fiduciaria y complementación financiera, en el marco de sus respectivas funciones, objetivos y competencias.
Que el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA) es una institución financiera de reconocida trayectoria que apoya el desarrollo y la integración regional de sus países miembros.
Que es importante profundizar los vínculos entre el MERCOSUR y el FONPLATA.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Aprobar la firma del “Acuerdo Marco entre el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA)”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Decisión.
Art. 2 - Adecuar el Reglamento del Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM) de conformidad con lo dispuesto en la presente Decisión. El proyecto de reglamento deberá ser presentado a consideración del Grupo Mercado Común durante el segundo semestre del 2018.
Art. 3 - Prorrogar el actual mandato del Grupo de Trabajo Ad Hoc creado por el Artículo 6 de la Decisión CMC N° 22/15, hasta la LIII Reunión Ordinaria del Consejo del Mercado Común.
Art. 4 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LII CMC - Asunción, 17/VI/18.
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 02/18
ACUERDO MARCO ENTRE EL MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) Y EL FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA)
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 18/05, 01/10, 22/15 y 35/17 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM) tiene por objeto promover la convergencia estructural, desarrollar la competitividad, promover la cohesión social, en particular de las economías menores y regiones menos desarrolladas, y apoyar el funcionamiento de la estructura institucional y el fortalecimiento del proceso de integración.
Que el Artículo 6 de la Decisión CMC N° 22/15 establece que, con vistas a aumentar la efectividad del FOCEM en la promoción de la convergencia estructural de la región, los Estados Partes se comprometieron a buscar mecanismos de fortalecimiento de la gestión institucional del FOCEM y de complementación con los demás instrumentos regionales de financiamiento para el desarrollo.
Que resulta importante promover esa complementariedad para desarrollar conjuntamente programas y proyectos, a través de asistencia técnica, administración fiduciaria y complementación financiera, en el marco de sus respectivas funciones, objetivos y competencias.
Que el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA) es una institución financiera de reconocida trayectoria que apoya el desarrollo y la integración regional de sus países miembros.
Que es importante profundizar los vínculos entre el MERCOSUR y el FONPLATA.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Aprobar la firma del “Acuerdo Marco entre el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA)”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Decisión.
Art. 2 - Adecuar el Reglamento del Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM) de conformidad con lo dispuesto en la presente Decisión. El proyecto de reglamento deberá ser presentado a consideración del Grupo Mercado Común durante el segundo semestre del 2018.
Art. 3 - Prorrogar el actual mandato del Grupo de Trabajo Ad Hoc creado por el Artículo 6 de la Decisión CMC N° 22/15, hasta la LIII Reunión Ordinaria del Consejo del Mercado Común.
Art. 4 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LII CMC - Asunción, 17/VI/18.