Comisión de Comercio del MERCOSUR
COMITÉ TÉCNICO AD HOC PARA LA ADECUACIÓN Y TRANSPOSICIÓN DE LAS LISTAS DE ACUERDOS COMERCIALES CON TERCEROS A LA NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 71/18
COMITÉ TÉCNICO AD HOC PARA LA ADECUACIÓN Y TRANSPOSICIÓN DE LAS LISTAS DE ACUERDOS COMERCIALES CON TERCEROS A LA NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 20/18 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Comercio del MERCOSUR (CCM) está facultada a constituir Comités Técnicos Ad Hoc para el tratamiento de temas específicos.
Que es conveniente la realización de las tareas de adecuación y transposición de las nomenclaturas de los acuerdos comerciales con terceros países y/o bloques suscriptos por el MERCOSUR, con el fin de mantener actualizadas las listas de bienes alcanzados por cada Acuerdo.
LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Crear el Comité Técnico Ad Hoc con el objetivo de desarrollar las tareas de adecuación y transposición de las nomenclaturas de los Acuerdos comerciales con terceros países y/o grupos de países suscriptos por el MERCOSUR a la versión actualizada de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM).
Para dicha tarea, el Comité deberá:
· Evaluar y aprobar los criterios metodológicos propuestos por el Sector de Asesoría Técnica de la Secretaría del MERCOSUR (SM/SAT) para la adecuación y transposición a la NCM vigente al 1 de enero de 2018, de las listas que constan en los Acuerdos comerciales del MERCOSUR con terceros que obran en el listado anexo, el cual forma parte de la presente Directiva.
· Establecer el orden de prioridad de la realización de la tarea de adecuación y transposición de los Acuerdos vigentes y encomendar al SM/SAT la realización de dicha tarea.
· Aprobar los nuevos listados con sus respectivos cronogramas elaborados por el SM/SAT, a medida que los mismos sean concluidos.
· Elevar a la CCM los listados acordados.
Art. 2 - El Comité Técnico Ad Hoc deberá finalizar su tarea en un plazo de nueve (9) meses contados desde la fecha de aprobación de la presente Directiva.
Art. 3 - De las reuniones del Comité Técnico Ad Hoc participarán los delegados de los Estados Partes y los funcionarios del SM/SAT. Dichas reuniones se realizarán a través del sistema de videoconferencias y cuando sea necesario, serán de forma presencial.
Art. 4 - Esta Directiva no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
CLXII CCM - Montevideo, 21/XI/18.
ANEXO
1) Acuerdo de Complementación Económica N° 35 Mercosur-Chile
2) Acuerdo de Complementación Económica N° 36 Mercosur-Bolivia
3) Acuerdo de Complementación Económica N° 58 Mercosur-Perú
4) Acuerdo de Complementación Económica N° 59 Mercosur-Can
4.1. Mercosur-Colombia
4.2. Mercosur-Ecuador
4.3. Mercosur-Venezuela
5) Acuerdo de Complementación Económica N° 62 Mercosur-Cuba
6) Acuerdo Preferencial de Comercio entre el Mercosur y la República de India
7) Tratado de Libre Comercio entre el Mercosur y el Estado de Israel
8) Acuerdo Preferencial de Comercio entre el Mercado Común del Sur (Mercosur) y la Unión Aduanera de África del Sur (Sacu)
9) Tratado de Libre Comercio entre el Mercosur y la República Árabe de Egipto
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 71/18
COMITÉ TÉCNICO AD HOC PARA LA ADECUACIÓN Y TRANSPOSICIÓN DE LAS LISTAS DE ACUERDOS COMERCIALES CON TERCEROS A LA NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 20/18 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Comercio del MERCOSUR (CCM) está facultada a constituir Comités Técnicos Ad Hoc para el tratamiento de temas específicos.
Que es conveniente la realización de las tareas de adecuación y transposición de las nomenclaturas de los acuerdos comerciales con terceros países y/o bloques suscriptos por el MERCOSUR, con el fin de mantener actualizadas las listas de bienes alcanzados por cada Acuerdo.
LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Crear el Comité Técnico Ad Hoc con el objetivo de desarrollar las tareas de adecuación y transposición de las nomenclaturas de los Acuerdos comerciales con terceros países y/o grupos de países suscriptos por el MERCOSUR a la versión actualizada de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM).
Para dicha tarea, el Comité deberá:
· Evaluar y aprobar los criterios metodológicos propuestos por el Sector de Asesoría Técnica de la Secretaría del MERCOSUR (SM/SAT) para la adecuación y transposición a la NCM vigente al 1 de enero de 2018, de las listas que constan en los Acuerdos comerciales del MERCOSUR con terceros que obran en el listado anexo, el cual forma parte de la presente Directiva.
· Establecer el orden de prioridad de la realización de la tarea de adecuación y transposición de los Acuerdos vigentes y encomendar al SM/SAT la realización de dicha tarea.
· Aprobar los nuevos listados con sus respectivos cronogramas elaborados por el SM/SAT, a medida que los mismos sean concluidos.
· Elevar a la CCM los listados acordados.
Art. 2 - El Comité Técnico Ad Hoc deberá finalizar su tarea en un plazo de nueve (9) meses contados desde la fecha de aprobación de la presente Directiva.
Art. 3 - De las reuniones del Comité Técnico Ad Hoc participarán los delegados de los Estados Partes y los funcionarios del SM/SAT. Dichas reuniones se realizarán a través del sistema de videoconferencias y cuando sea necesario, serán de forma presencial.
Art. 4 - Esta Directiva no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
CLXII CCM - Montevideo, 21/XI/18.
ANEXO
1) Acuerdo de Complementación Económica N° 35 Mercosur-Chile
2) Acuerdo de Complementación Económica N° 36 Mercosur-Bolivia
3) Acuerdo de Complementación Económica N° 58 Mercosur-Perú
4) Acuerdo de Complementación Económica N° 59 Mercosur-Can
4.1. Mercosur-Colombia
4.2. Mercosur-Ecuador
4.3. Mercosur-Venezuela
5) Acuerdo de Complementación Económica N° 62 Mercosur-Cuba
6) Acuerdo Preferencial de Comercio entre el Mercosur y la República de India
7) Tratado de Libre Comercio entre el Mercosur y el Estado de Israel
8) Acuerdo Preferencial de Comercio entre el Mercado Común del Sur (Mercosur) y la Unión Aduanera de África del Sur (Sacu)
9) Tratado de Libre Comercio entre el Mercosur y la República Árabe de Egipto