Grupo Mercado Común
MERCOSUR - Lista General de Aditivos
Resolución Nº 55/94 - GMC
MODIFICACIONES DE LISTA GENERAL ARMONIZADA DE ADITIVOS
(Resolución Nº 19/93)
VISTO: El Artículo 13 del Tratado de Asunción, el Artículo 10 de
la Decisión Nº 4/91 del Consejo de Mercado Común, las
Resoluciones
Nº 19/93 y
91/93
del Grupo Mercado Común, y la Recomendación Nº
37/94 del SGT Nº 3 - "Normas Técnicas".
CONSIDERANDO:
Que es necesario actualizar la lista general armonizada de
aditivos de MERCOSUR.
Que tal acuerdo se revela conveniente como objetivo de facilitar
el comercio.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
ART. 1º.- Aprobar las siguientes modificaciones en la Lista
General Armonizada de Aditivos de MERCOSUR (Resolución
GMC Nº
19/93).
INCLUSIONES
[T]
INS NOMBRE DEL ADITIVO
-- ESTEVIOSIDO
955 SUCRALOSA
623 CALCIO DIGLUTAMATO
624 MONOAMONIO GLUTAMATO
625 MAGNESIO DIGLUTAMATO
EXCLUSIONES
-- OXIGENO
CAMBIO DE NUMERACION INS
Anterior Actual Nombre del Aditivo
930 348i Isopropil-(mono) citrato
1519 1505 Etil/(tri) citrato
[/T]
ART. 2º.- Lo establecido en el artículo 1º no se aplicará
obligatoriamente en los productos alimenticios destinados a
exportaciones para terceros países;
ART. 3º.- Los Estados Partes podrán en vigor las disposiciones
legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para el
cumplimiento de la presente Resolución a través de los siguientes
organismos:
Argentina
Ministerio de Salud y Acción Social
Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos
Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal (JARCA)
Servicio Nacional de Sanidad Animal (SENASA)
Secretaría de Industria
Instituto Nacional de Vitivinicultura (INVAR)
Brasil:
Ministerio de salud
Paraguay:
Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social
Ministerio de Agricultura y Ganadería
Uruguay:
Ministerio de Salud Pública
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
Ministerio de Industria, Energía y Minería
Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU)
ART. 4º.- La presente Resolución entrará en vigor el día 1 de
enero de 1995.
Resolución Nº 55/94 - GMC
MODIFICACIONES DE LISTA GENERAL ARMONIZADA DE ADITIVOS
(Resolución Nº 19/93)
VISTO: El Artículo 13 del Tratado de Asunción, el Artículo 10 de
la Decisión Nº 4/91 del Consejo de Mercado Común, las
Resoluciones
Nº 19/93 y
91/93
del Grupo Mercado Común, y la Recomendación Nº
37/94 del SGT Nº 3 - "Normas Técnicas".
CONSIDERANDO:
Que es necesario actualizar la lista general armonizada de
aditivos de MERCOSUR.
Que tal acuerdo se revela conveniente como objetivo de facilitar
el comercio.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
ART. 1º.- Aprobar las siguientes modificaciones en la Lista
General Armonizada de Aditivos de MERCOSUR (Resolución
GMC Nº
19/93).
INCLUSIONES
[T]
INS NOMBRE DEL ADITIVO
-- ESTEVIOSIDO
955 SUCRALOSA
623 CALCIO DIGLUTAMATO
624 MONOAMONIO GLUTAMATO
625 MAGNESIO DIGLUTAMATO
EXCLUSIONES
-- OXIGENO
CAMBIO DE NUMERACION INS
Anterior Actual Nombre del Aditivo
930 348i Isopropil-(mono) citrato
1519 1505 Etil/(tri) citrato
[/T]
ART. 2º.- Lo establecido en el artículo 1º no se aplicará
obligatoriamente en los productos alimenticios destinados a
exportaciones para terceros países;
ART. 3º.- Los Estados Partes podrán en vigor las disposiciones
legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para el
cumplimiento de la presente Resolución a través de los siguientes
organismos:
Argentina
Ministerio de Salud y Acción Social
Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos
Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal (JARCA)
Servicio Nacional de Sanidad Animal (SENASA)
Secretaría de Industria
Instituto Nacional de Vitivinicultura (INVAR)
Brasil:
Ministerio de salud
Paraguay:
Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social
Ministerio de Agricultura y Ganadería
Uruguay:
Ministerio de Salud Pública
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
Ministerio de Industria, Energía y Minería
Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU)
ART. 4º.- La presente Resolución entrará en vigor el día 1 de
enero de 1995.