Grupo Mercado Común
Pautas negociadoras de los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y Grupos Ad - Hoc.
MERCOSUR\GMC\RES Nº 38/95
PAUTAS NEGOCIADORAS DE LOS SUBGRUPOS DE TRABAJO, REUNIONES ESPECIALIZADAS Y GRUPOS AD-HOC
VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común, la Resolución Nº 20/95 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 20/95 GMC instruye a los Subgrupos de Trabajo y Reuniones Especializadas para elaborar propuestas de pautas negociadoras indicando las tareas prioritarias definidas a la luz de las necesidades de la presente etapa del proceso de integración, el plazo razonable para su ejecución y los medios necesarios para su realización.
Que deben continuarse los trabajos que profundicen los esquemas de integración del Mercosur y el perfeccionamiento de la Unión Aduanera y la conclusión de los objetivos del Tratado de Asunción.
EL GRUPO
MERCADO COMUN
RESUELVE :
Art. 1 - Aprobar las Pautas Negociadoras de los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y Grupos Ad-Hoc que constan como Anexos y forman parte de la presente Resolución.
Art. 2 - En el desarrollo de dichas pautas los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y Grupos Ad-Hoc tendrán en consideración las instrucciones generales y específicas que constan en los Anexos a la presente Resolución, además de las instrucciones ya impartidas por el GMC.
ANEXO A LA RES. Nº 38/95
SGT Nº 1 COMUNICACIONES
TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS
ACUERDO TV EN UHF
Definición: Establecimiento de procedimientos de coordinación para la utilización y operación de canales radioeléctricos atribuídos al servicio de radiodifusión en las bandas de frecuencias de UHF (512 - 806 Mhz.).
Justificación: Los países destinan dichas bandas a servicios de características diferentes, lo que obliga a su coordinación técnica y administrativa.
Permitir el acceso equitativo en zonas de frontera, al recurso escaso y limitado que representa el espectro radioeléctrico por parte de todos los países del MERCOSUR.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº.1.
Plazo razonable para su realización: 1 (un) año.
ACUERDO SOBRE DISTRIBUCION DE SEÑALES DE TV MULTIPUNTO MULTICANAL
Definición: Establecimiento de procedimientos de coordinación para la utilización y operación de canales radioeléctricos que operen en la modalidad de distribución multipunto de señales de televisión multicanales.
Justificación: Permitir el acceso equitativo en zonas de frontera, al recurso escaso y limitado que representa el espectro radioeléctrico por parte de todos los países del MERCOSUR.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº.1.
Plazo razonable para su realización: 1 (un) año en Banda de 2,5 GHz.
ACUERDOS VIGENTES SOBRE TV VHF Y TELEFONIA MOVIL CELULAR
Definición: Relevamiento de situación y aplicación de los acuerdos vigentes referidos a TV VHF y Telefonía Móvil Celular.
Justificación: Tecnológicamente requieren un continuo seguimiento.
Cumplir los Art. 10 y 14 respectivamente, de los Acuerdos TV VHF y Telefonía Móvil Celular.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.
Plazo razonable para su realización: Ocho (8) meses.
S.C.P. (SISTEMAS DE COMUNICACIONES PERSONALES)
Definición: Armonizar el uso de las bandas destinadas a los sistemas de comunicaciones personales terrestres, estableciendo los procedimientos para su coordinación en áreas de frontera y compatibilización de los sistemas.
Justificación: compatibilizar los sistemas posibilitará que las estaciones móviles autorizadas en cualquiera de los Estados Partes puedan utilizar los sistemas a pesar de encontrarse en territorio de otro Estado Parte.
Simplificar los estudios de compatibilidad electromagnética de forma de evitar interferencias perjudiciales con otros servicios.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.
Plazo razonable para su realización: 1 (un) año.
SISTEMAS TRONCALIZADOS
Definición: armonizar el uso de las bandas de frecuencias destinadas a los sistemas radioeléctricos troncalizados y establecer bases para la compatibilización de sistemas troncalizados de distintos Estados Partes.
Justificación: el uso de las mismas bandas de frecuencias para una misma aplicación contribuirá al mejor uso del espectro radioeléctrico. La compatibilización de los sistemas troncalizados agilitará el proceso de comunicación, contribuyendo a intensificar el comercio en el MERCOSUR.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.
Plazo razonable para su realización: 8 (ocho) meses.
RECONOCIMIENTO DE LICENCIAS PARA TRANSPORTISTAS
Definición: Reconocimiento por todas las partes de licencias/autorizaciones de estaciones radioeléctricas móviles emitidas por una de ellas, a los efectos de la autorización de su introducción y operación transitoria como parte de un vehículo de transporte.
Justificación: La necesidad de reglamentar la utilización temporaria de equipamientos radioeléctricos en el resto de los países del MERCOSUR por parte de empresas de transporte internacional de carga y pasajeros asignatarios de frecuencias autorizadas por alguno de los Estados Partes.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1
Plazo razonable para su realización: 6 (seis) meses.
RADIODIFUSION SONORA DIGITAL (DAB)
Definición: Armonizar los sistemas a emplear y establecer los procedimientos de coordinación de frecuencias.
Justificación: Se fundamenta en el desarrollo tecnológico que se verifica en el campo de las telecomunicaciones.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1
Plazo razonable para su realización: 4 (cuatro) años.
TELEVISION DE ALTA DEFINICION (TVAD)
Definición: Armonizar los sistemas y bandas de frecuencias que se implementen
Justificación: Se fundamenta en el desarrollo tecnológico que se verifica en el área de las telecomunicaciones
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1
Plazo razonable para su realización: 4 (cuatro) años.
ARMONIZACION DEL USO DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO
Definición: Identificación de las bandas del espectro radioeléctrico cuya armonización sea posible.
Justificación: Optimizar la utilización del espectro radioeléctrico en la región
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1
Plazo razonable para su realización: 4 (cuatro) años.
RADIODIFUSION POR SATELITE INCLUYENDO DTH
Definición: Armonizar los criterios de operación de los sistemas transmisores y eventualmente receptores.
Justificación: Se fundamenta en el desarrollo tecnológico que se verifica en el área de las telecomunicaciones
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1
Plazo razonable para su realización: 4 (cuatro) años.
ARMONIZAR PROCEDIMIENTOS DE CERTIFICACION/HOMOLOGACION DE EQUIPOS DE COMUNICACIONES
Definición: Armonizar los procedimientos para la certificación de productos que serán comercializados entre los Estado Partes.
Justificación: Evitar que cada Estado dicte sus propias reglas dificultando así, la certificación/homologación de sus productos en los demás Estados Partes.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº.1.
Plazo razonable para su realización: Ocho (8) meses.
FUTUROS SERVICIOS MOVILES TERRESTRES (IMT 2000)
Definición: Armonizar el uso de las bandas destinadas a los futuros servicios móviles terrestres (IMT 2000), estableciendo los procedimientos para su coordinación en áreas de frontera y compatibilización de los sistemas.
Justificación: Compatibilizar los sistemas posibilitará que las estaciones móviles autorizadas en cualquiera de los Estados Partes puedan utilizar los mismo a pesar de encontrarse en territorio de otro Estado Parte.
Simplificar los estudios de compatibilidad electromagnética de forma de evitar interferencias perjudiciales con otros servicios.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1
Plazo razonable para su realización: 4 (cuatro) años
SISTEMAS SATELITALES
Definición: Armonizar los criterios de operación de los sistemas transmisores y eventualmente receptores.
Justificación: Se fundamenta en el desarrollo tecnológico que se verifica en el área de las telecomunicaciones
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1
Plazo razonable para su realización: 4 (cuatro) años.
FRECUENCIAS PARA ESTACIONES ITINERANTES
Definición: Armonizar el uso de frecuencias destinadas a usuarios que necesiten operar sistemas de radiocomunicaciones sin localización definitiva o cuya cambio de ubicación sea frecuente.
Justificación: El uso de las mismas frecuencias por los Estados Partes, además de evitar interferencias perjudiciales en áreas de frontera, permitirá la comercialización entre los Estados Partes, de los equipamientos fabricados para esta aplicación.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº. 1.
Plazo razonable para su realización: 1 (un) año.
PROCEDIMIENTO DE ACREDITACION DE LABORATORIOS PARA EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES EN EL MERCOSUR.
Definición: Acreditar laboratorios en los Estados Partes para la realización de pruebas de los productos que serán comercializados en el MERCOSUR.
Justificación: Los productos deberán cumplir con las normas técnicas aplicables en cada estado.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.
Plazo razonable para su realización: 18 (dieciocho) meses.
ACUERDO VIGENTE SOBRE TELEFONIA RURAL.
Definición: Revisión de situación y aplicación de los acuerdos sobre telefonía rural.
Justificación: La existencia de acuerdos entre algunos de los Estados Partes y el avance tecnológico, exigen un estudio sobre los mismos.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.
Plazo razonable para su realización: 1 (un) año.
ELABORACION DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA COORDINACION ENTRE ESTACIONES TERRENAS Y TERRESTRES.
Definición: Armonizar los procedimientos técnicos y administrativos a seguir cuando uno de los Estados Partes desee instalar y operar una estación terrena o terrestre.
Justificación: Evitar interferencia perjudicial entre estaciones terrenas y terrestres pertenecientes a estados distintos.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1
Plazo razonable para su realización: 8 (ocho) meses
PROYECTO DE SISTEMAS PARA ADMINISTRACION DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO EN EL AMBITO DEL MERCOSUR.
Definición: Desarrollo de un sistema, utilizando una base de datos relacional con lenguaje de alto nivel, que pueda funcionar en plataformas diferentes, sea micro, Risc o Main-frame que posea informaciones gerenciales, técnicas y administrativas, relativas a los usuarios de los varios servicios de comunicaciones con el objetivo de permitir la administración del espectro radioelectrico.
Justificación: Facilitar las actividades de administración del espectro radioelectrico, inclusive con aval técnico, automatizado, emisión de datos autorizados vía sistema, control de pagos, etc.
Permitir la interconexión entre las bases de datos de los Estados Partes, posibilitando una utilización más racional del espectro.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1
Plazo razonable para su realización: 1 (un) año.
ACUERDOS VIGENTES SOBRE RADIODIFUSION EN AM
Definición: Revisión del RJ81 para la solución de controversias respecto a la coordinación de estaciones exclusivamente de los Estados Partes.
Justificación: Los criterios contenidos en el precitado Acuerdo han impedido la coordinación de estaciones que se encuentran en operación sin causar interferencias.
Medios Necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1
Plazo razonable para su realización: 1 (un) año
ACUERDOS VIGENTES SOBRE RADIODIFUSION EN FM.
Definición: Revisión de situación y aplicación de los acuerdos sobre radiodifusión en FM
Justificación: La existencia de acuerdos entre algunos de los Estados Partes y el avance tecnológico, exigen un estudio sobre los mismos.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº.1.
Plazo razonable para su realización: 1 (un) año.
COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNETICA
Definición: Establecer los procedimientos y criterios técnicos para evaluar la compatibilidad electromagnética entre equipos y sistemas.
Justificación: Optimizar la utilización del espectro radioeléctrico.
Medios Necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.
Plazo razonable para su realización: 4 (cuatro) años
ACUERDO VIGENTE SOBRE FRECUENCIAS HF DEL SERVICIO MOVIL MARITIMO
Definición: Revisión de situación y aplicación de los acuerdos sobre frecuencias HF Servicio Móvil Marítimo.
Justificación: La existencias de acuerdos entre algunos de los Estados Partes y el avance tecnológico exigen un estudio sobre los mismos.
Medios Necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1
Plazo razonable para su realización: 1 (un) año
COMPILACION DE LEGISLACIONES Y ESTRUCTURAS TARIFARIAS EN TELECOMUNICACIONES.
Definición: Consolidar el conjunto de normas legales y estructuras tarifarías en telecomunicaciones
Justificación: Contar con la información de todos los Estados Partes.
Medios Necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1
Plazo razonable para su realización: 6 (seis) meses
ASUNTOS ADUANEROS
Definición: Relevamiento de la problemática aduanera de los correos de los Estados Partes.
Justificación: Facilitar la libre circulación de los productos postales en el ámbito del MERCOSUR (encomiendas, pequeños paquetes, cartas, etc.).
Medios necesarios: Designar un especialista de la Comisión Temática Postal, quien trabajará conjuntamente con los técnicos aduaneros de cada Estado Parte.
Plazo razonable para su realización: 1 (un) año.
INTERCONEXION INFORMATICA DE CORREOS
Definición: Desarrollo de un sistema, utilizando una base de datos que contenga información gerencial, técnica y administrativa relativas a los usuarios de servicios postales con el objetivo de permitir el seguimiento de la correspondencia.
Justificación: Posibilitar el seguimiento y localización del envío procurando mayor seguridad y mejora en la calidad del servicio.
Medios necesarios: Integrar a la Comisión especialistas en informática de cada correo.
Plazo razonable para su realización:15 (quince) meses.
TRANSPORTE DE ENCOMIENDAS
Definición : Establecer normas patrón para los procedimientos de captación, transporte y entrega de encomiendas.
Justificación: Aumentar las facilidades de los usuarios en el proceso de compra por correos, y crear las condiciones para mejorar el nivel de competencia con la iniciativa privada.
Propiciar el incremento de participación de los correos en el mercado de encomiendas.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.
Plazo razonable para su realización: 1 (un) año
ACUERDOS POSTALES VIGENTES
Definición: Relevamiento de la situación relativa a los acuerdos vigentes en materia postal entre los Estados Partes.
Justificación: Compatibilizar los acuerdos vigentes en materia postal con los objetivos y necesidades del MERCOSUR.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.
Plazo razonable para su realización: 4 (cuatro) meses.
REDES DE DISTRIBUCIÓN POSTAL
Definición: Estructurar redes de distribución postal entre los Estados Partes definiendo sedes operativas de subdistribución.
Justificación: Acelerar la distribución de la correspondencia teniendo en cuenta la gran extensión de la región.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.
Plazo razonable para su realización: 18 (dieciocho) meses.
RELACIONAMIENTO ENTRE CORREOS PUBLICOS Y PRIVADOS
Definición: Analizar la futura relación entre el correo público y los privados de los Estados Partes en el ámbito del MERCOSUR.
Justificación: Dado los procesos de desregulación postal existentes en algunos de los Estados Partes se requerirá su estudio e implementación.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.
Plazo razonable para su realización: 1 (un) año.
SGT Nº 2 MINERIA
TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS
1. LEGISLACION:
A) Recopilar información tomándose como base lo trabajado hasta el presente en el marco de lo actuado en los encuentros Minero-Mineralúrgicos de Río y de Montevideo y enviando dicha información a las Comisiones Temáticas Ad-Hoc.
B) Realización de un estudio comparativo de las legislaciones nacionales que abarque los siguientes temas:
a) Legislación minera.
b) Legislación societaria.
c) Ley de inversiones.
d) Legislación tributaria.
e) Legislación laboral.
f) Medio ambiente.
g) Toda otra legislación que tenga incidencia en minería en forma directa.
Justificación:
En el ambiente competitivo de la minería la base legal es de fundamental importancia, sea en los aspectos relacionados al acceso al subsuelo, sea en los que se refiere a la producción y al comercio de los productos mineros.
La adecuación de la base legal constituye estímulo o barrera a las inversiones del sector. El objetivo de un estudio de esta naturaleza es identificar las diferencias en el tratamiento legal en el sector minero en los Estados Partes.
Medios necesarios para la ejecución:
Disponibilidad de equipos, personal y recursos financieros de los organismos de minería de cada Estado Parte, así como otra fuente de recursos de la cooperación internacional.
Plazo:
12 meses a partir de la primera reunión del Subgrupo Nº 2.
2. INFORMACION:
Desarrollar y ampliar los Bancos de Datos y compatibilizarlos con los existentes en la región.
Para la ejecución de la tarea deberá tomarse como base el Banco de Datos MERCOSUR, desarrollado en el marco de las Actas de Río y de Montevideo.
Justificación:
Los diferentes avances de los sistemas de información de los Estados Partes no permiten la ejecución de estudios comparativos para la identificación de oportunidades de cooperación e intercambio comercial de productos de origen mineral. La falta de información sobre la disponibilidad de productos minerales en alguno de los países del Mercosur ha llevado a privilegiar la comercialización con otros mercados en detrimento de los Estados Partes.
Medios necesarios para la ejecución:
Disponibilidad de equipos, personal y recursos financieros de los organismos de minería de cada Estado Parte, así como otra fuente de recursos de la cooperación internacional.
Plazo:
Para la etapa de implementación se propone 12 meses.
3. RECURSOS MINERALES
Realización de un estudio de complementación de las economías mineras de los países del MERCOSUR, abarcando la producción, consumo y comercialización de los minerales y sus productos intra y extra zona.
Justificación:
Buscar medios para la intensificación del intercambio y la integración de la producción minera procurando la incorporación del mayor valor agregado posible con vistas al comercio entre los Estados Partes y con el resto del mundo, identificando sinergías entre los recursos minerales de la industria de los Estados Partes.
Medios necesarios para la ejecución:
Disponibilidad de equipos, personal y recursos financieros de los organismos de minería de cada Estado Parte, así como otra fuente de recursos de la cooperación internacional.
Plazo:
24 meses
4. GEOLOGIA Y MINERIA
A) Inventario de los servicios de apoyo al sector.
B) Intercambio para la formación y entrenamiento de los recursos humanos.
C) Definir proyectos específicos para la cooperación científico-técnica en geología y minería.
Justificación:
Desarrollar el intercambio científico y tecnológico, así como la identificación y ampliación de las oportunidades de prestación de servicios por las instituciones encargadas de los levantamientos geológicos y del desarrollo y adquisición de tecnología minera.
Medios necesarios para la ejecución:
Disponibilidad de equipos, personal y recursos financieros de los organismos de minería de cada Estado Parte, así como otra fuente de recursos de la cooperación internacional incluyendo el otorgamiento de becas.
Plazo: 24 meses
SGT Nº 3 REGLAMENTOS TECNICOS
TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS
TAREA GENERAL
Eliminación de los obstáculos técnicos al comercio para facilitar la libre circulación de los bienes y la integración regional entre los Estados Partes.
PAUTAS DE ACCION
Armonizar los reglamentos técnicos identificados como obstáculos a los flujos de comercio intra-Mercosur.
Compatibilizar los Sistemas, Estructuras y Actividades Nacionales de evaluación de conformidad, adecuando sus procedimientos y asegurando el reconocimiento mutuo en la región.
Promover la integración de los Sistemas y Estructuras Nacionales de Metrología, asegurando formas de cooperación y complementariedad de acciones.
Definir el relacionamiento entre el SGT Nº 3 y el Comité Mercosur de Normalización.
Proponer procedimientos de organización de información referente a Reglamentos Técnicos, Normas Técnicas y evaluación de conformidad, de manera de permitir la deseada transparencia en los procesos de notificación intra-Mercosur e Internacional.
TAREAS DE LOS COORDINADORES NACIONALES
1 - Evaluar y definir las prioridades, metodologías de las distintas áreas y el seguimiento de sus actividades como así también el análisis de la incorporación de nuevos temas.
2 - Relacionamiento con los otros Subgrupos de Trabajo, Grupos Ad-Hoc, Comité de Cooperación Técnica, Reuniones Espeicalizadas del GMC y Comités Técnicos de la CCM.
3 - Relacionamiento con el Comité MERCOSUR de Normalización.
4 - Organización de los Sistemas de Información y Notificación.
5 - Analizar las posibilidades de compatibilización de los Sistemas y Estructuras de Evaluación de Conformidad.
6 - Relacionamiento con los Proyectos de Cooperación Técnica Internacional.
AREAS DE TRABAJO
1 - Alimentos
2 - Productos para la Salud
3 - Industria Automotriz
4 - Productos Veterinarios
5 - Metrología
Las Areas de Trabajo estarán bajo la conducción de un Responsable de Area e integradas por Unidades de Trabajo. Las Areas y Unidades no tendrán, en general, carácter permanente y se disolverán una vez concluído el análisis de los temas.
AREA DE ALIMENTOS
PLAZO ESTIMADO: 18 MESES
UNIDAD DE TRABAJO Y TEMAS
CONTROL DE ALIMENTOS
Buenas Prácticas
Sistemas de Inspección y Certificación
Programas de Control
Habilitación y Registro
Planes de Muestreo
Infracciones
Técnicas Analíticas y Laboratorios de Ensayo
Sistemas de Información
Programas Regionales y/o con apoyo de Terceros Países u Organismos.
Capacitación de Personal
ADITIVOS
PATRONES DE IDENTIDAD Y CALIDAD
Lácteos
Bebidas (cervezas,jugos y bebidas alcohólicas destiladas)
Productos de origen Animal (carne bovina, moluscos, anfibios, filetes de pescado congelado, carne de ave)
Productos de origen vegetal (arroz, manzana, pera, papa, citrus, pimiento, frutilla, ajo)
CONTAMINANTES
Inorgánicos y orgánicos
Residuos de Pesticidas
Residuos de Medicamentos Veterinarios en los alimentos
Micotoxinas
Patrones Microbiológicos
Microscopía
ROTULACION
Rotulación Nutricional
Declaración Nutricional (CLAIMS)
ALIMENTOS PARA DIETAS ESPECIALES (Incluídas bebidas dietéticas)
ENVASES Y MATERIALES EN CONTACTO CON ALIMENTOS
AREA DE PRODUCTOS PARA LA SALUD
PLAZO ESTIMADO: 18 MESES
UNIDAD DE TRABAJO Y TEMAS
CONTROL DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS
Buenas Prácticas:
transporte
almacenamiento
comercialización
distribución
Metodología y Procedimiento para Fiscalización e Inspección
- Autorización para el Funcionamiento de Empresas
Definición de actividades de los diferentes tipos de empresas
Requisitos y procedimientos para habilitación de establecimientos
Contratos con terceros
- Registro de Productos:
requisitos y procedimientos para el registro de productos nuevos
países de referencia
productos extra zona
modelo de prospectos
categoría de venta y uso
modificación, renovación y anulación de registro
- Investigación Clínica
- Capacitación contínua de Inspectores. Fase II
- Promoción y Propaganda
- Sistema de Información
- Laboratorios de Ensayo/Control de Calidad
- Planes de Muestreo y Metodología Analítica
- Embalaje
- Envases
- Aditivos
- Productos Fitoterapéuticos
- Productos Homeopáticos
SICOTROPICOS
Armonización gradual de la lista de sustancias estupefacientes y sicotrópicos de acuerdo a las normas internacionales.
Control de las sustancias de productos estupefacientes y sicotrópicos considerando principalmente las normas internacionales
SANGRE Y HEMODERIVADOS
- Reglamentación de las unidades de medicina transfusional
- Guía para la inspección de unidades de medicina transfusional
- Verificación de cumplimiento de buenas prácticas de fabricación y control de Hemoderivados: Albúmina, Inmunoglobulina y Factores de coagulación.
- Reglamento técnico para fabricación y control de factores de coagulación.
- Reglamento técnico para fabricación y control de sueros y vacunas.
- Elaboración de módulos para entrenamiento de inspectores para plantas de hemoderivados.
PRODUCTOS MEDICOS
- Verificación del cumplimiento de las BPF de productos para diagnóstico in vitro
- Registro de productos médicos
- Verificación del cumplimiento de las BPF de productos médicos
- Cronograma de implementación de Buenas Prácticas de fabricación.
- Reglamentos técnicos de productos médicos
- Autorización de empresas de productos médicos.
- Investigación clínica de productos médicos.
COSMÉTICOS
- Criterios de rotulado para productos de higiene personal, cosméticos y perfumes
PRODUCTOS DOMISANITARIOS
- Definir los criterios para la indicación del plazo de validez y componentes en los rótulos
- Guía de Inspección de Establecimientos, Clasificación de criterios de Evaluación, Guía de Buenas Prácticas de Elaboración para productos Domisanitarios.
- Complementar la armonización de los productos desinfectantes con acción antimicrobiana y soluciones de hipoclorito.
- Confección de listas negativas, restrictivas, y de excepción para productos domisanitarios.
- Completar la armonización de anexos para los productos desinfectantes.
- Revisión de la RN-GMC 121/94 - Registro de Establecimiento.
- Revisión de la RN-GMC 122/94 - Registro de productos domisanitarios.
- Armonización de la clasificación de productos domisanitarios.
- Armonización de los métodos de determinación de la biodegradabilidad para detergentes.
- Requisitos para la aplicación de productos de uso profesional.
AREA DE PRODUCTOS VETERINARIOS
PLAZO ESTIMADO: 18 MESES.
UNIDAD DE TRABAJO Y TEMAS
Reglamentación del MRPV
Reglamentación del Sistema de Convalidación
Aprobación de la ficha técnica de los productos veterinarios.
Denominación de un Centro de Referencia Analítica.
Normas de buenas prácticas de fabricación de productos veterinarios.
Normas y procedimientos para inspección de establecimientos elaboradores, importadores y que comercialicen productos veterinarios.
Creación de una guía regional de drogas y productos de uso veterinario, con vistas a su implementación.
Metodología de evaluación de nuevas drogas y productos para adopción de normas específicas.
AREA DE INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
PLAZO ESTIMADO: 18 MESES.
UNIDAD DE TRABAJO Y TEMAS
- Identificación Vehicular, Nro. VIN
- Omnibus y Micro Omnibus urbanos de media y larga distancia
- Emisión de vehículos equipados con motor Otto pesado y diesel con respecto a nivel máximo de contaminación
- Lavador de parabrisas.
- Mangueras de frenos.
- Vidrios energizados.
- Inflamabilidad de materiales.
- Bocinas.
- Salientes de ruedas y sus accesorios.
- Traba de capot de motor.
- Identificación de los controles de transmisión mecánica y automática.
- Extinguidores de incendio.
AREA DE METROLOGIA
A fin de promover la Integración de los Sistemas y Estructuras Nacionales de Metrología asegurando formas de cooperación y complementariedad de acciones, créase el Area de Metrología, la cual en un plazo de 6 meses presentará su plan de trabajo tendiente a dar cumplimiento al objetivo citado.
SGT Nº 4 ASUNTOS FINANCIEROS
TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS
PROGRAMA DE TAREAS POR SECTORES CONSIDERADOS HASTA DICIEMBRE 1996
SECTOR | TAREAS |
Sistema Financiero |
1.
Supervisión Bancaria Global Consolidada:
a. Formalización de convenios entre los Bancos Centrales. b. temas a ser considerados para promover los avances en la cuestión :
i. demostraciones financieras consolidadas; ii. perfeccionamiento técnico de los procesos de regulación prudencial y de fiscalización; iii. secreto bancario; iv. fiscalización compartida incluyendo entrenamiento de personal; v. las responsabilidades y el inter-relacionamiento de los organismos supervisores de los países;
2. Perfeccionamiento de los procedimientos para el intercambio de información sobre los sistemas financieros, especialmente sobre las situaciones que reciben mayor gravedad y riesgo, así como aquella relativa a los procesos de privatización.
3. Reducción de asimetrías y busca de armonización en:
i. central de riesgo; ii. definición conceptual del patrimonio líquido; iii. provisiones iv. clasificación y sistema de evaluación de deudores ; v. límites operacionales ;
4. Tratamiento nacional para los bancos de los Estados Partes ;
5. Cooperación Técnica, inclusive con los recursos del FOMIN;
i. derivados; ii. aplicación de la supervisión bancaria consolidada; iii. nuevas formas de instrumentos financieros para las PYMEs; 6. Lavado de dinero; 7. Operaciones con derivados; |
SECTOR | TAREAS |
Seguros y Reaseguros |
1.
Armonización de las condiciones de ejercicio para seguros; a. exigencia de capital mínimo; b. solvencia-margen de solvencia, provisiones técnicas y fiscalización; items previamente acordados, sujetos a la ratificación y detalle: i. constitución de reservas técnicas en el país de operación del seguro, con los activos correspondientes; ii. provisiones técnicas de acuerdo con la legislación específica de cada país; iii. cambio obligatorio de informaciones sobre operaciones, con la padronización de conceptos; iv. obligatoriedad del cálculo de índices e indicadores de solvencia y cambio de resultados; v. verificación de las condiciones de solvencia, en el país y en el exterior, por los Estados Partes donde la empresa tenga sede social; vi. obligatoriedad del cálculo de margen de solvencia, de manera armonizada; vii. obligatoriedad de publicación de balances contables; viii. obligatoriedad de presentación periódica de documentación necesaria, inclusive demostraciones estadísticas; ix. estricta colaboración entre los Estados Partes; c. Constitución jurídica de las empresas. 2. Perfeccionamiento de los acuerdos alcanzados sobre seguros; 3. Seguros sobre transporte multimodal; 4. Cooperación Técnica: a. seminario sobre la experiencia europea en materia de integración del mercado de seguros; 5. Intercambio de información en materia de reglamentación 6. Intercambio de experiencias en temas de supervisión |
ECTOR | TAREAS |
Mercado de Capitales |
1.Operaciones con derivados 2.Seguimiento de acuerdos alcanzados |
Promoción y Protección de Inversiones | 1. Seguimiento de la lista de excepciones a los convenios existentes. |
Indicadores Macroeconómicos |
1.Revisión de la nómina, intercambio y difusión de indicadores
macroeconómicos de los países. 2.Elaboración de un comentario que acompañe las estadísticas y sirva de introducción para el conocimiento de la coyuntura regional |
Régimen Cambiario |
1.
Seguimiento del régimen cambiario y de las regulaciones relativas a los
movimientos de capitales. 2. Convenio de créditos recíprocos |
PROGRAMA DE TAREAS PARA LOS SECTORES MENCIONADOS
TAREAS PARA LARGO PLAZO (AÑO 2000)
SECTOR | TAREAS |
Sistema Financiero |
1. Acceso
a mercado. 2. Constitución jurídica de las empresas. |
Seguros y Reaseguros |
1. Acceso
a mercado. 2. Constitución jurídica de las empresas. |
Movimiento de Capitales |
1.
Cooperación con relación al movimiento de capitales. 2. Estudio y seguimiento de los mecanismos de pago establecidos o que se establecen entre los Estados Partes. |
SGT Nº 5 TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA
TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS
A) TRANSPORTE TERRESTRE
ANÁLISIS, SIMPLIFICACIÓN, IMPLEMENTACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LOS ACUERDOS Y REGLAMENTACIONES EXISTENTES EN EL ÁMBITO MERCOSUR/ALADI.
Definición Relevamiento y análisis de los acuerdos existentes en el ámbito del MERCOSUR-ALADI.
Dentro de esta tarea, se identifican las normativas que serán objeto de estudio:
- A.T.I.T.
- C.R.T.
- Acuerdo sobre Transporte Multimodal
- Principios para el acceso a la profesión de transportista en el ámbito del MERCOSUR
- Acuerdo sobre Transporte de Cargas Peligrosas en el MERCOSUR
Justificación: Necesidad de consolidar y simplificar los acuerdos existentes, continuando los avances que respeten las condiciones de cada Estado Parte en la integración.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del Subgrupo de Trabajo Nº 5
Plazo razonable para su realización: 12 meses
ATENUACIÓN DE LAS ASIMETRÍAS VINCULADAS AL TRANSPORTE TERRESTRE
Definición: Identificación y eliminación de las Asimetrías vinculadas directamente al transporte terrestre, cuya consideración y eventual solución dependa directamente de las autoridades del sector.
Identificación de otras asimetrías para trasladar su consideración a los órganos competentes.
Justificación: Se fundamenta en la necesidad de identificar y eliminar aquellas condiciones que afectan con situaciones de desigualdad al transporte internacional terrestre, eliminando su influencia negativa.
Medios necesarios: Creación de una Comisión de Especialistas dentro del Subgrupo de Trabajo Nº 5.
Plazo razonable para su realización: 18 meses
SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE
Definición: Armonizar y coordinar una propuesta de estrategia conjunta sobre normas de seguridad, normas tecnológicas y técnicas, y sobre controles técnicos de habilitación y ejecución de la actividad, que permita implementar la moderna tecnología en el control de la seguridad en el transporte.
Justificación: Necesidad de coordinar y armonizar una estrategia común en la materia.
Medios necesarios: Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5.
Plazo razonable para su realización: 12 meses
FACILITACION FRONTERIZA
Definición: Relevamiento de los procedimientos operativos de transporte actualmente vigentes en los pasos de frontera de cada Estado Parte y su relación con los diferentes Entes Fronterizos de Control. Aplicación de los Acuerdos vigentes referidos al sistema de control integrado de frontera.
Justificación: Los pasos de frontera deben poseer -tal como se ha acordado en MERCOSUR-, un sistema ágil y rápido para el tránsito del transporte internacional -de cargas o pasajeros-; y debe existir una comunicación fluida y constante con cada Organismo Nacional Competente de aplicación del ATIT.
Medios necesarios: Creación de una Comisión de seguimiento con el objeto de efectuar relevamientos permanentes del funcionamiento institucional y operativo de los Pasos de Frontera habilitados, con la obligación de presentar en cada reunión ordinaria del Subgrupo un informe detallado y soluciones a los problemas identificados.
Plazo razonable para su realización: 12 meses
B) TRANSPORTE DE CARGAS POR CARRETERA
PRINCIPIOS GENERALES DE ACCESO A LA PROFESIÓN DE TRANSPORTISTA Y SU EJERCICIO EN EL ÁMBITO DEL MERCOSUR:
Definición: Relevamiento de situación y puesta en práctica en forma inmediata del acuerdo vigente.
Justificación: Coordinación con aquellos Estados Parte que aun no lo han puesto en vigencia.
Medios necesarios: Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5
Plazo razonable para su realización: 6 Meses
RELEVAMIENTO, COORDINACIÓN Y DEFINICIÓN DE INSTITUTOS DEL ATIT:
* Análisis de los procedimientos para el otorgamiento de permisos de transporte internacional de carga en el ámbito del MERCOSUR.
* Propiedad y/o leasing de los vehículos por parte de las empresas habilitadas (articulo 31º del ATIT).
* Transporte propio (artículo 35º del ATIT).
* Transporte ocasional (articulo 27º del ATIT)
* Capacidad para el acceso a la profesión de transportista internacional, a saber:
= capacidad financiera
= honorabilidad
= capacidad profesional
* Explorar los avances en la generalización de las habilitaciones para las empresas transportistas a través de la "Licencia Mercosur"
Definición: Necesidad de realizar un seguimiento continuo de los Principios Generales del Convenio ATIT y los principales institutos sobre los cuales el mismo se fundamenta.
Justificación: Permitir la revisión y simplificación del Convenio ATIT y sus principales institutos, facilitando su continua adaptación a las necesidades de los transportistas y usuarios.
Medios necesarios: Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5.
Plazo razonable para su realización: 24 Meses
INSTRUMENTACIÓN Y APLICACIÓN DEL ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL SOBRE TRANSPORTE TERRESTRE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS EN EL ÁMBITO DEL MERCOSUR:
Definición: Necesidad de realizar un seguimiento sobre la instrumentación y aplicación del Acuerdo.
Justificación: Coordinar el grado de implementación del Acuerdo de Alcance Parcial, en cada uno de los Estados Parte y eliminar inconvenientes que puedan surgir en las primeras etapas de su puesta en vigencia.
Medios necesarios: Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5
Plazo razonable para su realización: 6 Meses
PERFECCIONAMIENTO DEL ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL SOBRE TRANSPORTE TERRESTRE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS:
* Régimen contravencional por infracciones al Acuerdo.
* Funcionamiento de las Comisiones previstas en el artículo 11º del Acuerdo.
Definición: Necesidad de armonizar el régimen contravencional del Acuerdo y de instrumentar las Comisiones previstas en el mismo.
Justificación: Compatibilizar los distintos proyectos de regímenes de contravenciones, como así también poner en funcionamiento las Comisiones previstas en el Acuerdo a efectos de actualizar el contenido de sus Anexos en función de las últimas revisiones formuladas por el Comité de Expertos de la O.N.U.
Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del Subgrupo de Trabajo Nº 5
Plazo razonable para su realización: 12 Meses
DISPOSICIONES ESPECIFICAS SOBRE MATERIAL DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS:
* Normas sobre contenedores, vehículos cisternas y vagones tanque
* Normas sobre cisternas de uso múltiple
* Accesorios de vehículos y "kits" de seguridad
Definición: Establecer las prescripciones relativas a la construcción y utilización de contenedores cisterna, vehículos cisterna, cisternas de uso múltiple y vagones tanque, así como las pruebas que deben superar. Armonizar las normas referentes a equipamientos de protección individual, extintores, cajas de herramientas y botiquín de primeros auxilios.
Justificación: Garantizar que las cisternas y otros equipos de distribución sean los adecuados para transportar mercancías peligrosas y que cumplan con las pruebas, certificaciones y otras exigencias legales que se establezcan.
Garantizar que el equipamiento de seguridad de los conductores sea el más idóneo para ser empleado en situaciones de emergencia.
Medios Necesarios: Grupo integrado por especialistas del Subgrupo de Trabajo Nº 5, con asistencia del Subgrupo de Trabano Nº 3.
Plazo razonable para su realización: 30 meses
INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR
Definición: Formulación de los criterios para la calificación de defectos y formas de actuación según el resultado de las inspecciones a ser realizadas a ómnibus y vehículos de carga. En particular deberían definirse los criterios de habilitación de vehículos.
Justificación: La inspección técnica es la vía reconocida internacionalmente para reducir los efectos negativos de la motorización en cuanto a seguridad en el tránsito y protección del medio ambiente. Por lo tanto es necesario armonizar entre todos los Estados Parte una norma básica sobre aptitud técnica de vehículos y validéz de los Certificados de Aptitud Técnica (CAT).
Medios necesarios: Grupo de especialistas pertenecientes al Subgrupo de Trabajo Nº 5 y al Subgrupo de Trabajo Nº 3.
Plazo razonable para su realización: 12 Meses
REQUISITOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LAS LICENCIAS PROFESIONALES DE CONDUCCION
* Armonización de los criterios generales de otorgamiento de las licencias profesionales de conducción.
* Determinación de las aptitudes psicofísicas que deben poseer los conductores de vehículos comerciales.
* Determinación de criterios de formación profesional.
Definición: Determinación de los procedimientos que permitan habilitar y formar profesionalmente a los conductores de vehículos de transporte.
Determinación de pruebas psicofísicas que permitan considerar a un conductor apto física y psicológicamente para la expedición de un permiso de conducir.
Justificación: La adquisición de una actitud y de un comportamiento que refleje un espíritu permanente de seguridad, debe ser el primer objetivo a conseguir en cualquier conductor de un vehículo de transporte.
Asimismo, razones de seguridad vial aconsejan dar igual preponderancia a las aptitudes físicas y psíquicas pues es evidente la influencia de estos factores en la conducción.
Medios necesarios: Grupo de especialistas a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5.
Plazo razonable para su realización: 24 Meses
C) TRANSPORTE DE PASAJEROS POR CARRETERA
RED BÁSICA DE SERVICIOS REGULARES Y DE TEMPORADA. BANCO DE DATOS BÁSICOS. LA OPERACIÓN ORIGEN - DESTINO
Definición: Estudio de la red básica de servicios regulares y de temporada para el transporte de pasajeros en el ámbito del MERCOSUR y la elaboración de un banco de datos que permita identificar nuevos mercados y demandas. El estudio de la operación origen-destino.
Justificación: Permitir contar con los elementos mínimos imprescindibles que permitan conocer la red de servicios regulares y por temporadas, la identificación de nuevos mercados y la realización de la operación origen-destino.
Medios necesarios:
Plazo razonable para su realización:12 Meses
GLOSARIO DE TÉRMINOS A SER UTILIZADOS EN LAS NEGOCIACIONES SOBRE EL TRANSPORTE INTERNACIONAL DE PERSONAS EN EL MERCOSUR
Definición: Armonización de los términos sustanciales para el establecimiento de normas comunes en el transporte internacional de personas entre los Estados Parte.
Justificación: Acordar los términos básicos a ser utilizados en la implementación de acuerdos por los Estados Parte, posibilitará una fluidez y exactitud sobre el objeto de las negociaciones en el transporte internacional de pasajeros en el MERCOSUR.
Medios necesarios:
Plazo razonable para su realización: 6 Meses
ACUERDO SOBRE TRANSPORTE DE ENCOMIENDAS Y CORRESPONDENCIA EN ÓMNIBUS DE LÍNEAS REGULARES
Definición: Implementación del Acuerdo sobre el Transporte de Encomiendas y Correspondencia en ómnibus de líneas regulares habilitados para viajes internacionales.
Justificación: Necesidad de instrumentar la Resolución No. 117/94 del Grupo Mercado Común
Medios necesarios:
Plazo razonable para su realización: 6 Meses
D) TRANSPORTE FERROVIARIO
ANÁLISIS DE LOS FLUJOS CAPACES DE SER CANALIZADOS POR FERROCARRIL Y DETERMINACIÓN DE LOS CORREDORES PRIORITARIOS; ELABORACIÓN DEL LISTADO DE OBRAS O REALIZACIONES A CONSIDERAR, PARA RACIONALIZAR LA CIRCULACION FERROVIARIA POR DICHOS CORREDORES A MEDIANO PLAZO.
Definición:
Justificación:
Medios necesarios: Cooperación internacional.
Plazo razonable para su realización: 24 meses
RECOPILACIÓN A MEDIANO PLAZO DE LAS REGLAMENTACIONES VIGENTES SOBRE HABILITACIÓN Y OPERACIÓN DE EMPRESAS OPERADORAS DE TRAFICO FERROVIARIO INTERNACIONAL, PROCEDIENDO A LA UNIFICACIÓN Y, DE SER FACTIBLE, A SU SIMPLIFICACIÓN.
Definición:
Justificación:
Medios necesarios: Subgrupo de Trabajo Nº 5
Plazo razonable para su realización: 12 meses
ATENUACIÓN DE LAS ASIMETRÍAS VINCULADAS AL TRANSPORTE FERROVIARIO.
Definición:
Justificación:
Medios necesarios: Subgrupo de Trabajo Nº 5
Plazo razonable para su realización: 18 meses
ESTUDIOS DESTINADOS A SUPERAR LIMITACIONES PROVOCADAS POR DIFERENCIAS DE TROCHAS U OTRAS CONDICIONES DE INFRAESTRUCTURA.
Definición:
Justificación:
Medios necesarios: Subgrupo de Trabajo Nº 5
Plazo razonable para su realización: 18 meses
ESTUDIO TENDIENTE A LA UNIFICACIÓN DE LAS NORMAS DE SEGURIDAD Y TÉCNICAS, QUE RIGEN LA CIRCULACIÓN FERROVIARIA DENTRO DE LAS REDES DE LOS ESTADOS PARTE.
Definición:
Justificación:
Medios necesarios: Subgrupo de Trabajo Nº 5
Plazo razonable para su realización: 18 meses.
TRANSPORTE FLUVIAL Y MARÍTIMO
ACUERDO MULTILATERAL DEL TRANSPORTE DE CARGAS
Definición: Acuerdo donde se establecen las formas de acceso a las cargas dentro de la región y las condiciones para realizar los tráficos incluso con terceros países.
Esta tarea deberá tratar sobre:
a) Tráfico entre los Estados Parte. Acuerdo respecto a la autorización para este tipo de tráfico.
b) Tráfico entre Estados Parte y terceros países. Acuerdo respecto a la autorización para este tipo de tráfico y respecto al tratamiento de los convenios extrazona.
c) Acceso a las cargas. Acuerdo respecto al acceso a las cargas y a la participación de cada Estado Parte en el tráfico intra MERCOSUR.
d) Barreras para-arancelarias. Acuerdo respecto a la eliminación de obstáculos de indole burocrático que operen como barreras a la integración.
e) Derecho de establecimiento. Acuerdo respecto a requisitos de las empresas para participar en el transporte y para radicarse en otro Estado Parte.
f)Protección al usuario. Acuerdo respecto a la implementación de medidas que tiendan a la protección del usuario en la región.
g) Compatibilización con el Acuerdo sobre Transporte Multimodal y el Acuerdo de la Hidrovía Paraná-Paraguay.
Justificación: Se deben lograr condiciones adecuadas de competitividad entre los armadores de los Estados Partes y su plena participación en todos los tráficos intra y extraregionales, de manera de obtener la mayor eficiencia del sistema, con la consiguiente reducción de costos de fletes y aumento de eficiencia, con el fortalecimiento de las Marinas Mercantes.
Las bases para esa participación deberían estar dadas por la aplicación de los principios de igualdad de condiciones operacionales, libre acceso a las cargas, no cuotificación y prevención de la competencia desleal.
Medios: Estudio técnico sobre transporte por agua en la región (ver anexo)
Plazo razonable para su implementación: 18 meses
REGISTRO DE EMBARCACIONES DEL MERCOSUR
Definición: Registro de buques de la región donde se unifican las condiciones operacionales de las embarcaciones.
Esta tarea debe contener el siguiente punto:
Características y creación de un Registro Operativo en cada país.
Justificación: Se pretende que los países signatarios tengan una bandera conveniente. Este Registro permitirá uniformizar el tratamiento operativo de los buques de los Países Partes en el MERCOSUR.
Medios: Estudio técnico sobre transporte por agua en la región (ver anexo)
Plazo razonable para su implementación: 18 meses
FACILITACION. ACUERDO RESPECTO A LOS PROCESOS ADUANEROS Y ADMINISTRATIVOS.
Definición:Acuerdo de facilitación de tránsito de embarcaciones, bienes y personas entre los países de la región.
Justificación: La facilitación de los procesos aduaneros y administrativos relacionados al comercio exterior, debe ser analizada en sus vinculaciones con el área de transporte para dirigir las acciones recomendadas por el GMC.
Medios: Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5
Plazo razonable para su implementación: 12 meses
TRATAMIENTO DE ASIMETRIAS ECONOMICO-TRIBUTARIAS.
Definición: Análisis y Estudio de las asimetrías económico-tributarias detectadas que afectan al sector de transporte por agua en la región.
Justificación: A los efectos de lograr un adecuado grado de igualdad de competencia entre los armadores de los Estados Parte es necesario, entre otras, minimizar las asimetrías que los afectan.
Una vez identificadas las asimetrías mediante un estudio técnico, se podrá iniciar el proceso de negociación tendiente a su progresiva eliminación. Esta negociación podría llevarse a cabo además en otros subgrupos específicos.
Medios: La identificación de las asimetrías podrá lograrse mediante un estudio técnico en el cual se comparen las legislaciones tributarias e impositivas de los Estados Parte, teniendo presente las políticas económicas de la región.
Debería examinarse la posibilidad de que el estudio de las asimetrías económicas-impositivas en el transporte por agua del MERCOSUR sea efectuado por un organismo de cooperación técnica internacional.
Plazo razonable para su realización: 18 meses
ANEXO: ESTUDIO TECNICO SOBRE TRANSPORTE POR AGUA EN LA REGION.
Definición: Estudio técnico para servir de base a la elaboración de un marco jurídico consensuado.
Esta tarea estará basada en los siguientes puntos:
a) Base para la elaboración de un marco jurídico consensuado.
b) Financiación en base a algún acuerdo con Organismos Internacionales como es el caso de la Unión Europea.
c) Términos de referencia a ser elaborados en base a los proyectos de acuerdo ya existentes.
d) Estudio y aplicación de los acuerdos bilaterales existentes.
e) Estudio y aplicación de la legislación vigente en cada país.
Justificación: Realizar un estudio de investigación sobre tráficos, participación de los países, movimiento de las cargas regionales y no regionales, estadísticas, etc. Para esto debería examinarse la posibilidad del financiamiento no reembolsable por parte de un organismo de cooperación técnica internacional efectúe el estudio.
INFRAESTRUCTURA
ENUNCIACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS BÁSICOS PARA LA INTEGRACIÓN FÍSICA DE LOS PAÍSES DEL MERCOSUR
Definición: Identificación de los objetivos sobre la infraestructura de la región.
Justificación: Es muy importante, en virtud del gran incremento que ha experimentado el tráfico comunitario, que tanto en la construcción de nuevas infraestructuras como en la conservación de las ya existentes los Estados Parte tengan en cuenta la coherencia de sus proyectos con la política de transporte o con otras políticas comunes.
Medios necesarios: Realización en el ámbito del Subgrupo de Trabajo Nº 5
Plazo razonable para su realización:12 Meses
REALIZACIÓN DE DIFERENTES ESTUDIOS Y SEGUIMIENTO DE LOS DISTINTOS ASPECTOS VINCULADOS CON LA INFRAESTRUCTURA DE LOS PAÍSES DEL MERCOSUR
Definición: En tal sentido y sin perjuicio del trabajo Permanente que implica una tarea como la identificada, en una primera instancia el Subgrupo se propone desarrollar su trabajo considerando los siguientes puntos:
A) Corredores de Transporte dentro del MERCOSUR y su interrelación con los existentes a nivel de América del Sur.
B) Seguimiento de las distintas acciones emprendidas por los países para propender al desarrollo de los corredores (estudios básicos, financiamientos, priorización de alternativas, etc).
C) Utilización multimodal de los diferentes corredores.
Justificación: Propender a que las evaluaciones de las infraestructuras que se efectúan a nivel de cada país se realicen también bajo la óptica de la integración comunitaria.
Dotar a la actividad económica de mayor dinamismo a través del desarrollo de nuevas tecnologías de transporte.
Coordinar acciones tendientes al desarrollo de infraestructuras que faciliten la atención en frontera.
Necesidad de evitar la duplicación de esfuerzos y tareas, y la consideración de un mismo tema en distintos foros de negociación.
Medios necesarios: Realización en el ámbito del Subgrupo de Trabajo Nº 5
Plazo razonable para su realización:24 Meses
RECOPILACIÓN Y COMPATIBILIZACION DE NORMAS DE DISEÑO PARA CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS
Definición: Se pretende uniformizar aquellas normas de diseño para la construcción de carreteras que permitan incrementar la seguridad vial en el ámbito del MERCOSUR y armonizar los proyectos y trazados de las diferentes obras viales.
Justificación: Dotar a las infraestructuras de transporte de interés comunitario, de características uniformes a partir de exigencias similares de diseño y seguridad para los usuarios.
Medios necesarios: Realización en el ámbito del Subgrupo de Trabajo Nº 5
Plazo razonable para su realización:24 Meses
MARCOS DE ACCION EN INFRAESTRUCTURA PORTUARIA
Definición: Desarrollar un intercambio de información, análisis y comparación de aquellas acciones efectuadas en materia de infraestructura portuaria por los Estados Parte.
Justificación: Se entiende trascendente la influencia de la infraestructura en el desarrollo de las operaciones en el Transporte Fluvial y Marítima y la importancia que posee el conocimiento mutuo por los Estados Parte en esa temática.
Medios necesarios: Realización en el ámbito del Subgrupo de Trabajo Nº 5
Plazo razonable para su realización: 24 meses
SGT Nº 6 MEDIO AMBIENTE
TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS
1) Restricciones no Arancelarias.
a) definición: analizar las restricciones y medidas no arancelarias que tengan relación con la temática ambiental y elaborar la propuesta de armonización o eliminación de tales medidas y restricciones. El proceso de armonización o eliminación abarca tanto la compatibilización como el mantenimiento de restricciones y medidas no arancelarias, cuando éstas resulten justificadas adecuadamente en tanto constituyen medidas y restricciones de protección al medio ambiente.
b) justificación: la consolidación de la unión aduanera implica el proceso de eliminación y/o armonización de las restricciones no arancelarias. Como parte de esas restricciones resultan de instrumentos jurídicos ambientales es fundamental que el SGT Nº 6 concluya la tarea de evaluación, iniciada por la Reunión Especialzada de Medio Ambiente (REMA) a fin de completar su análisis y elevar su propuesta terminada al GMC. Resulta asimismo necesario realizar un seguimiento de las tareas del Comité Técnico Nº 8, encargado de identificar nuevas restricciones no arancelarias.
c) medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras áreas competentes del gobierno, así como recursos provenientes de la cooperación internacional.
d) plazo:
1) RNA ya identificadas en el Anexo de la Decisión Nº 3/94 CMC: Junio/96;
2) Acción permanente, conforme la dinámica del proceso de integración
2) Competitividad y Medio Ambiente
a) definición: contribuir para establecer en materia ambiental condiciones de adecuada competitividad entre los Estados Partes y entre éstos y terceros países y/o esquemas de integración regional. Promover estudios que atiendan la valoración e inclusión del costo ambiental en el costo total del proceso productivo, de modo que permita condiciones ecuánimes de protección ambiental y competitividad.
b) justificación: la tendencia mundial en materia ambiental, y sus resultados en términos de medidas de protección ambiental pueden afectar las ventajas comparativas de algunos países, creando barreras para el acceso en ciertos mercados o que alteran su competitividad por la elevación de los costos de producción. El principal impacto socio-económico resultante de un conjunto de restricciones ambientales es la posibilidad de incremento de los precios relativos de los productos. Así, han de inducirse cambios estructurales en los procesos productivos de los Estados Partes, que al mismo tiempo atienda las necesidades de control ambiental y aseguren la competitividad.
c) medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras áreas competentes del gobierno, así como otra fuente de recursos de la Cooperación Internacional.
d) plazo: Diciembre /97
3) Normas Internacionales - ISO 14.000
a) definición: acompañar el proceso de elaboración, discusión, definición e implementación de la serie ISO 14.000 - Gestión Ambiental, y analizar los impactos de su posible aplicación como factor diferenciador de competitividad para productos originarios del MERCOSUR en el mercado internacional.
b) justificación: los cambios estructurales en curso en la economía mundial están dando lugar a la generación de nuevas formas regulatorias al flujo de bienes y factores de producción. En este contexto, podrán ser establecidos requerimientos sin justificación posible o restricciones severas a productos y procesos influenciando la competitividad de empresas y países. Considerando que los países que enfrentarán los mayores problemas para ser acreditados son aquellos en desarrollo, se torna imprescindible y urgente la unión entre los Estados Partes del MERCOSUR en la defensa de los intereses comunes. La articulación entre los cuatro países frente a las propuestas de normas presentadas, paralelamente al mejoramiento de sus prácticas de gestión ambiental, podrán facilitar la certificación de sus productos y servicios ante las normas internacionales, no interfiriendo en la competitividad del MERCOSUR con terceros países.
c) medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras áreas competente del gobierno, así como otra fuente de recursos de la Cooperación Internacional.
d) plazo : durante el proceso de negociación e implementación de la ISO 14.000 (Diciembre 97).
4) Temas Sectoriales
a) definición: promover la implementación de las propuestas que en materia ambiental fueron presentadas por los Subgrupos de Trabajo al término del período de transición.
b) justificación: varios subgrupos de trabajo, durante el período de transición, elaboraron propuestas específicas con respecto a la consideración de la temática ambiental en términos de necesidades, requisitos y costos sectoriales. (Ejemplo: energía, industria, agricultura, etc.). Como esas propuestas se originan en disposiciones consideradas entre los cuatro países y representan aspectos importantes al momento actual del proceso de integración, es necesario estudiarlas e investigar las posibilidades de su implementación.
c) medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras áreas del gobierno, así como otra fuente de recursos de la Cooperación Internacional.
d) plazo: 1) diciembre 96
2) permanente
5) Proyecto de Instrumento Jurídico de Medio Ambiente en el MERCOSUR.
a) definición: la elaboración de un documento que tomará como referencia los ordenamientos legales nacionales, temas específicos de gestión ambiental, teniendo como objetivo la optimización de los niveles de calidad ambiental en los Estados Partes.
b) justificación: la propuesta se incluye en el contexto de las directrices trazadas para la dinámica de cooperación a ser observada en la actual fase del MERCOSUR, tendientes a incluir la optimización de los niveles de calidad ambiental mediante la efectiva aplicación de los mecanismos legales en cada una de los Estados Partes.
c) medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras áreas competentes del gobierno, así como otra fuente de recursos de la Cooperación Internacional.
d) plazo: octubre/96.
6) Sistema Información Ambiental
a) definición: diseño, desarrollo y puesta en operación de un sistema de información ambiental sustantiva, a nivel de las máximas instituciones nacionales de los Estados Partes.
b) justificación: la evolución que el tratamiento de la temática ambiental va teniendo en cada uno de los Estados Partes y la consiguiente potencial incidencia que ésta tiene en el proceso de integración hace necesaria la conformación de un sistema de información en tiempo útil que sirva de sustento para la toma de decisiones y generación de iniciativas de coordinación y consenso; en suma para consolidar un accionar armónico en el enfoque de la temática.
c) medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras áreas del gobierno, así como otra fuente de recursos de la Cooperación Internacional.
d) plazo: diciembre 96
7) Sello verde Mercosur
a) definición: desarrollar un proceso tendiente a la definición y formalización de un sistema sello verde Mercosur.
b) justificación: como una actividad consistente con el desarrollo del comercio intra Mercosur y Mercosur y terceros países u otros procesos de integración y tomando como especial referencia la preferencia creciente del mercado por aquellos productos ambientalmente adecuados, se considera oportuno y conveniente desarrollar una propuesta que, considerando las instancias normativas y de fiscalización-auditoría propenda a la formalización de un Sello Verde Mercosur.
c) medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras áreas competentes del gobierno, así como otra fuente de recursos de la Cooperación Internacional.
d) plazo: diciembre 97.
SUBGRUPO DE TRABAJO Nº 7 INDUSTRIA
TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS
Las tareas que se detallan a continuación a ser ejecutadas por el Subgrupo de Trabajo en el corto y mediano plazo, estimado en un período de 18 (dieciocho) meses desde la primera reunión ordinaria del SGT, constituyen la primera etapa del trabajo del Subgrupo.
CAPITULO 1:
COMPETITIVIDAD INDUSTRIAL
1.1.- REALIZACIÓN DE DIAGNÓSTICOS DE COMPETITIVIDAD DE SECTORES SENSIBLES PARA LA ECONOMÍA DE LOS PAISES DEL MERCOSUR.
Definición: Dar continuidad a la realización de diagnósticos de competitividad de sectores sensibles de la industria de los países de la subregión, especialmente aquellos con mayor incidencia de pequeñas y medianas empresas.
Esos diagnósticos tienen por objetivo la homogeneización del conocimiento de esos sectores en los Estados Partes, evidenciando sus puntos débiles y fuertes, intra y extra MERCOSUR; identificando los principales factores que obstaculizan o favorecen su competitividad; las oportunidades de complementación industrial entre las industrias de la subregión, así como apuntar a la necesidad de reestructuración industrial en uno o más países.
El Subgrupo continuará promoviendo la realización de seminarios con la participación de representantes del sector productivo, para debatir los resultados de los estudios realizados.
El objetivo es contribuir con medios técnicos a las acciones gubernamentales, así como a las decisiones del sector productivo.
Medios necesarios para la ejecución: los diagnósticos de competitividad son realizados en el ámbito de la cooperación BID-MERCOSUR.
En este momento, se encuentran en proceso estudios sobre los sectores de Máquinas - herramientas, Artículos de tocador, Madera y sus manufacturas y Cuero y artículos de cuero.
1.2 - IDENTIFICACION DE OPORTUNIDADES PARA REALIZAR ALIANZAS ESTRATEGICAS INTRAMERCOSUR.
Definición: Identificación de oportunidades para la promoción de alianzas estratégicas entre empresas de los países del MERCOSUR, que involucren, entre otros, incremento de los flujos de comercio, complementación industrial, formación de asociaciones diversas, inversiones, transferencia de tecnología, investigación y desarrollo, abastecimiento de insumos, y acceso a canales de comercialización.
La idea del trabajo es, a partir de la identificación de oportunidades de realización de alianzas que concurran al perfeccionamiento de la competitividad de la industria de la subregión, promover encuentros reuniendo a los representantes de los sectores productivos específicos, así como instituciones gubernamentales y privadas afines a las áreas de interés en cuestión, para la presentación y debate acerca de las alternativas detectadas, de manera de estimular la realización de los acuerdos.
Justificación: aprovechar los mecanismos de la Unión Aduanera para avanzar en el proceso de integración y de especialización de las economías, mediante el interrelacionamiento de las empresas en el ámbito del MERCOSUR.
Medios necesarios para la ejecución: Identificar esas oportunidades a través de la realización, entre otros, de los diagnósticos de competitividad citados en el ítem 1.1, realizados en el ámbito de la cooperación BID/MERCOSUR.
Se espera contar, además con cooperación técnica en negociación con la Unión Europea.
1.3 - SISTEMA DE INDICADORES DE COMPETITIVIDAD
Definición: Formulación e implementación de un proyecto para constituir un sistema de indicadores de competitividad, teniendo como base parámetros utilizados por los países industrializados, destinado al seguimiento de la evolución de sectores industriales sensibles para las economías de los países de la subregión.
Este sistema estaría constituído por indicadores estadísticos que permitan monitorear el estado de desarrollo de las industrias del MERCOSUR, en relación a la práctica internacional.
La implementación del sistema de indicadores permitiría monitorear permanentemente el nivel de competitividad de esos sectores, así como acompañar los resultados de las políticas de reestructuración que se adopten, evidenciando la necesidad de corregir los rumbos, mostrando simultáneamente las tendencias de esos sectores en los países líderes.
Medios necesarios para la ejecución: El Subgrupo deberá continuar la realización de gestiones en el sentido de obtener cooperación técnica internacional para la formulación e implementación del proyecto, probablemente en el ámbito de la II Etapa de la Cooperación BID/MERCOSUR, o del Convenio en negociación con la Unión Europea.
1.4 - SISTEMA DE SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE PROMOCION INDUSTRIAL ADOPTADAS POR LOS PAISES DEL MERCOSUR.
Definición: Montaje e implementación de mecanismos de seguimiento y divulgación de las medidas de promoción industrial, adoptadas por los países miembros de la Unión Aduanera.
Justificación: Contribuir para que los sectores gubernamentales cuenten con la información actualizada sobre las medidas de promoción industrial vigentes en los cuatro países, incluyendo entre otros la legislación sobre zonas francas, áreas aduaneras especiales y regímenes especiales de importación relacionados.
Medios necesarios para la ejecución: El Subgrupo ya realizó un relevamiento de las políticas de promoción industrial vigentes en los Estados Partes durante el período de transición. Deberá implementarse un mecanismo que permita la consolidación y actualización permanente de esos datos.
Se contemplará en la temática de este capítulo el análisis de los aspectos medioambientales y tecnológicos vinculados directamente a la industria, en tanto los mismos afectan la competitividad de las empresas.
Se detallan a continuación, a título de ejemplo, algunas de las acciones específicas a encarar para la concreción de los objetivos de este capítulo:
- promover en coordinación con la Reunión Especializada de Ciencia y Tecnología la realización de encuentros de vinculación entre empresarios, instituciones científico-tecnológicas, organismos promocionales e instituciones de financiamiento para promover la realización de proyectos de investigación conjunta con aplicación directa al proceso productivo.
- promoción de centros regionales destinados a asistir a nuevas empresas y emprendimientos innovadores de firmas existentes apoyando su proyección en el MERCOSUR.
- promover la realización, a través de instituciones de formación profesional, de programas de capacitación laboral referidos tanto a multifuncionalidad, incremento de la productividad, adaptación a nuevas condiciones tecnológicas, cooperación en la optimización y control de la calidad, como así también en el mejoramiento de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
- promoción de la difusión e intercambio de experiencias para el mejoramiento de las estructuras organizacionales y dirección de las empresas de la región incluyendo capacitación gerencial.
- promover la realización de programas tendientes a la reconversión y adecuación tecnológicas con vistas a la preservación de las condiciones ambientales dentro y fuera de las empresas.
Capítulo 2
PROGRAMA DE COOPERACION EN CALIDAD Y PRODUCTIVIDAD
Definición: Promover la cooperación entre los países del MERCOSUR por medio de estrategias y/o programas que permitan mejorar la calidad y la productividad industrial en la región.
Justificación: Los países del MERCOSUR deben adecuarse para enfrentar, de forma competitiva, el aumento de los flujos de comercio en el contexto de una economía cada vez más globalizada.
Medios necesarios para la ejecución: El Subgrupo deberá esforzarse en el sentido de obtener cooperación técnica dentro del Convenio en negociación con la Unión Europea, así como trabajar junto al Subgrupo 3 - Reglamentos Técnicos - en el proyecto, en curso de Cooperación en Normas Técnicas con aquel bloque económico.
Capítulo 3
PROMOCION DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Y EMPRESAS DE ARTESANADO
3.1 - PROYECTO E IMPLEMENTACION DE UNA RED DE INTEGRACION EMPRESARIAL QUE ABARQUE TODOS LOS PAISES DEL MERCOSUR - REDSUR
Definición: Continuar los trabajos de formulación e implementación de la REDSUR, con el objetivo de promover la dinamización de la integración empresarial de las micro, medianas y pequeñas empresas de la subregión, contribuyendo al mejoramiento de la competitividad de las mismas.
La implantación de la REDSUR permitirá a las empresas usuarias, entre otros: agilizar el flujo de informaciones y de comunicación intra-MERCOSUR; crear oportunidades contribuyendo al incremento del intercambio comercial; posibilitar transferencias de tecnología y de conocimientos técnicos.
Los servicios ofrecidos son apoyados por los sistemas nacional e internacional de telecomunicaciones que integran las diferentes tecnologías asociadas a los mismos. En el ámbito del MERCOSUR, ese apoyo será otorgado a través de los acuerdos operacionales celebrados entre EMBRATEL- Brasil, TELINTAR- Argentina, ANTELCO- Paraguay y ANTEL- Uruguay.
Medios necesarios para su ejecución: Se encuentra en fase de realización en el ámbito de la cooperación BID/MERCOSUR, el proyecto orientado a la definición de dicha red.
3.2. ACCIONES COORDINADAS DE APOYO AL DESARROLLO DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DEL MERCOSUR- MPYME
Definición: Se encuentran en gestación o implementación en el ámbito del Subgrupo, diversas acciones de apoyo al fortalecimiento de las MPYMES de la subregión, entre las cuales cabe destacar:
a) Desarrollo y ampliación del documento aprobado por Resolución Nº 90/93, GMC Políticas de apoyo a las MPYMES del MERCOSUR.
Ese documento tiene como puntos principales la conceptualización de las MPYMEs en el MERCOSUR y la proposición de mecanismos e instrumentos de apoyo con la definición de proyectos de ejecución inmediata.
Considerando la dinámica del proceso de integración es importante que el referido documento sea complementado y desarrollado en función de la implementación y consolidación de la Unión Aduanera, evaluándose los resultados ya alcanzados y definiéndose nuevas estrategias y directrices de acción en el corto y mediano plazo.
b) Promoción de la cooperación empresarial y de la mejora del acceso a los mercados para las MPYMES del MERCOSUR.
Diversas instituciones nacionales del MERCOSUR vienen promoviendo la realización de eventos involucrando a las MPYMEs, en realización de acuerdos comerciales, de subcontratación (tercerización) y transferencia de tecnología.
El objetivo del Subgrupo Nº 7 es actuar en estrecha articulación con las diversas instituciones públicas y privadas, que representan a las MPYMEs y servicios existentes en los Estados Partes, teniendo en cuenta entre otros:
El establecimiento de asociaciones que favorezcan la realización de eventos que cuenten con la participación de entidades y representantes de sectores industriales de los cuatro Estados Partes;
. Fortalecer programas actualmente existentes de aproximación entre socios potenciales, en el ámbito del MERCOSUR y con terceros países y estimular la integración con empresas de mayor porte.
. Programa de intercambio institucional para estimular la integración entre instituciones públicas y privadas vinculadas a la promoción de las MPYMEs.
Programa de compras gubernamentales destinado a modificar procedimientos vigentes y sugerir acciones que permitan el mejor acceso de las MPYMEs.
- Programas de bolsas de negocios para diseminar mecanismos de integración entre empresas a través de la creación de redes de sub-contratación.
c) Estímulo a la formación, capacitación y reconversión de recursos humanos destinados a las MPYMEs.
Justificación: El papel de las MPYMEs en la producción industrial y generación de valor agregado en el producto tiene una importancia significativa como puede observarse en casi todos los países exitosos, los cuales desarrollan políticas específicas para estimular el sector como sucedió en Japón, USA y países conocidos como los Tigres Asiáticos, entre otros.
Medios para su ejecución: Además de contar con Cooperación Técnica dentro del convenio BID/MERCOSUR, el Subgrupo deberá actuar con otros Subgrupos y Reuniones Especializadas para el encauzamiento de temas relativos al sector industrial en cuestión.
3.3. ACCIONES COORDINADAS DE APOYO AL DESARROLLO DEL ARTESANADO DE LA REGION.
Definición: Formular y articular la implementación de estrategias conjuntas para el desarrollo del sector que contemplen directrices, acciones y prioridades claras y factibles, vinculadas a aspectos relativos a gestión, legislación, conceptualización del sector, divulgación de informaciones, realización de eventos, comercialización y cooperación.
Justificación: Varios países han concluido que el desarrollo del sector artesanal se identifica con las cuestiones insertas en la agenda internacional tales como preservación del medio ambiente, necesidad de disminuir la pobreza y las desigualdades, intensificación de intercambios comerciales y culturales, turismo, y vienen desarrollando actividades significativas para el sector y obteniendo una notable mejora en la calidad de su producción que se vierte en el ámbito de los mercados internos e internacionales, con consecuencias sociales y económicas positivas. Se resaltan en este contexto las experiencias de México, Colombia, Costa Rica, Guatemala, España y Portugal.
Medios necesarios para su ejecución: Buscar cooperación técnica de países como México, Colombia y los de la Unión Europea, en particular España, debido a su larga experiencia, con resultados significativos.
CAPITULO 4
ARMONIZACION DE LA LEGISLACION Y DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS RELATIVOS A LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Definición: Trabajar en la implementación del acuerdo relativo a Marcas, Indicaciones de Procedencia y Denominación de Origen, aprobado por el CMC en su reunión 01/95.
Continuar avanzando en la negociación de Acuerdos relativos a otras materias relacionadas a la propiedad intelectual, como por ejemplo, Modelos de Utilidad y Diseños Industriales, Derechos de Autor, Cultivares, Patentes, Topografía y Circuitos Integrados.
Continuar promoviendo reuniones de responsables de organismos de propiedad industrial de los Estados Partes, de forma de establecer asociaciones para la modernización de esas instituciones y la armonización de sus procedimientos.
Justificación: El aumento de la competitividad del conjunto de economías de la subregión, en el contexto de Unión Aduanera, implica la existencia y adopción de modernas reglas de protección a la propiedad intelectual, basadas en acuerdos internacionales existentes sobre la materia, que contribuyan a atraer inversiones y tecnología.
El Acuerdo sobre Marcas, Indicaciones de Procedencia y Denominación de Origen, así como los demás Acuerdos en discusión, tienen por objetivo el establecimiento de reglas y principios generales que sirvan para orientar la acción administrativa, legislativa y judicial de cada Estado Parte para el reconocimiento y aplicación de los derechos de propiedad intelectual.
En este sentido es fundamental la cooperación entre los órganos que tratan el tema en el MERCOSUR.
Medios para su ejecución: El Subgrupo continuará esforzándose para obtener cooperación técnica de organismos internacionales de reconocida experiencia en la materia.
SGT Nº 8 AGRICULTURA
TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS
Armonización sanitaria y fitosanitaria y compatibilización del Acuerdo Sanitario y Fitosanitario del MERCOSUR (ACSAFIM) con el Acuerdo sobre la aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC (Acuerdo SPS/OMC).
Seguimiento y análisis de las políticas agrícolas y agroindustriales nacionales
Articulación con el sector privado
Armonización de regulaciones referidas a:
a) Semillas
b) Fertilizantes, enmiendas e inoculantes
c) Vinos y derivados de la uva
f) Genética animal
g) Alimentos para animales
h) Productos de la agricultura orgánica
JUSTIFICACION
La justificación de las tareas 1 y 4 es facilitar la libre circulación de las mercaderías agropecuarias y agroindustriales en el MERCOSUR.
La justificación de la tarea 2 es la de sentar las bases para una coordinación a nivel regional de acciones e instrumentos de esas políticas.
La justificación de la tarea 3 es la de mantener un ámbito donde el sector privado pueda expresar sus preocupaciones y sugerencias en relación con la marcha del proceso de integración agropecuaria y agroindustrial.
DETALLES DE TAREAS Y PLAZOS
PLAZO FINALIZACION TAREAS | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1. Armonización Sanitaria y Fitosanitaria | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
a) Cuarentena Vegetal |
Permanente |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Programa de Trabajo 1995 | 31/12/95 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
b) Productos Fitosanitarios | Permanente | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Programa de Trabajo 1995 | 31/12/95 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
c) Materiales de Propagación | Permanente | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Programa de Trabajo 1995 | 31/12/95 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
d) Puntos de Ingreso | 30/9/96 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Programa de Trabajo 1995 | 31/12/95 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
e) Plagas
de calidad Programa de Trabajo 1995 |
Permanente 31/12/95 |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
f)Cuarentena Animal (Consolidada los Grupos Regionalización Sanitaria y Análisis de Riesgo) | Permanente | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
g)Productos y Subproductos de Origen Animal | Permanente | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
h)Sanidad Apícola | 31/12/95 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
i)Compatibilización ACSAFIM Acuerdo SPS/OMC | 31/3/96 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
2. Seguimiento y Análisis de las Políticas Agrícolas y Agroindustriales Nacionales | Permanente | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
a) Realizar el Análisis de consistencia y seguimiento respecto a los cambios de Política Agrícola y Agroindustrial de cada Estado Parte ya sean horizontales, verticales y de ayuda interna a la agricultura |
Permanente |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
b) Implementar un sistema de seguimiento de información productivo y económico del sector así como de mantenimiento de información actualizada con respecto a las medidas de política adoptadas en cada Estado Parte. |
30/09/96 |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
3. Articulación con el sector privado | Permanente | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
a) organizar seminarios con participación de los sectores privados de los cuatro países por cadena productiva | Uno por semestre | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
b) organizar seminarios con las organizaciones de pequeños productores para evaluar la articulación de la pequeña producción al proceso de integración | Uno por año | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4. Armonización de regulaciones | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
a)
Semillas - armonización de legislación referida a la producción, comercialización, registro, certificación y análisis de semillas - armonización de la legislación sobre derechos de los obtentores de nuevos cultivares |
MERCOSUR\GMC\RES Nº 38/95
PAUTAS NEGOCIADORAS DE LOS SUBGRUPOS DE TRABAJO,
REUNIONES ESPECIALIZADAS Y GRUPOS AD-HOC VISTO: El
Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto, la
Decisión Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común, la
Resolución Nº 20/95 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO: Que la
Resolución Nº 20/95 GMC instruye a los Subgrupos de
Trabajo y Reuniones Especializadas para elaborar propuestas de pautas
negociadoras indicando las tareas prioritarias definidas a la luz de las
necesidades de la presente etapa del proceso de integración, el plazo
razonable para su ejecución y los medios necesarios para su realización.
Que deben
continuarse los trabajos que profundicen los esquemas de integración del
Mercosur y el perfeccionamiento de la Unión Aduanera y la conclusión de los
objetivos del Tratado de Asunción. EL GRUPO
MERCADO COMUN Art. 1 -
Aprobar las Pautas Negociadoras de los Subgrupos de Trabajo, Reuniones
Especializadas y Grupos Ad-Hoc que constan como Anexos y forman parte de la
presente Resolución. Art. 2 -
En el desarrollo de dichas pautas los Subgrupos de Trabajo, Reuniones
Especializadas y Grupos Ad-Hoc tendrán en consideración las instrucciones
generales y específicas que constan en los Anexos a la presente Resolución,
además de las instrucciones ya impartidas por el GMC. ANEXO A
LA RES. Nº 38/95 SGT Nº 1
COMUNICACIONES TAREAS
PRIORITARIAS Y PLAZOS ACUERDO
TV EN UHF
Definición: Establecimiento de procedimientos de coordinación para la
utilización y operación de canales radioeléctricos atribuídos al servicio de
radiodifusión en las bandas de frecuencias de UHF (512 - 806 Mhz.).
Justificación: Los países destinan dichas bandas a servicios de
características diferentes, lo que obliga a su coordinación técnica y
administrativa. Permitir
el acceso equitativo en zonas de frontera, al recurso escaso y limitado que
representa el espectro radioeléctrico por parte de todos los países del
MERCOSUR. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº.1. Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año. ACUERDO
SOBRE DISTRIBUCION DE SEÑALES DE TV MULTIPUNTO MULTICANAL
Definición: Establecimiento de procedimientos de coordinación para la
utilización y operación de canales radioeléctricos que operen en la
modalidad de distribución multipunto de señales de televisión multicanales.
Justificación: Permitir el acceso equitativo en zonas de frontera, al
recurso escaso y limitado que representa el espectro radioeléctrico por
parte de todos los países del MERCOSUR. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº.1. Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año en Banda de 2,5 GHz.
ACUERDOS
VIGENTES SOBRE TV VHF Y TELEFONIA MOVIL CELULAR
Definición: Relevamiento de situación y aplicación de los acuerdos vigentes
referidos a TV VHF y Telefonía Móvil Celular.
Justificación: Tecnológicamente requieren un continuo seguimiento. Cumplir
los Art. 10 y 14 respectivamente, de los Acuerdos TV VHF y Telefonía Móvil
Celular. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. Plazo
razonable para su realización: Ocho (8) meses. S.C.P.
(SISTEMAS DE COMUNICACIONES PERSONALES)
Definición: Armonizar el uso de las bandas destinadas a los sistemas de
comunicaciones personales terrestres, estableciendo los procedimientos para
su coordinación en áreas de frontera y compatibilización de los sistemas.
Justificación: compatibilizar los sistemas posibilitará que las estaciones
móviles autorizadas en cualquiera de los Estados Partes puedan utilizar los
sistemas a pesar de encontrarse en territorio de otro Estado Parte.
Simplificar los estudios de compatibilidad electromagnética de forma de
evitar interferencias perjudiciales con otros servicios. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año. SISTEMAS
TRONCALIZADOS
Definición: armonizar el uso de las bandas de frecuencias destinadas a los
sistemas radioeléctricos troncalizados y establecer bases para la
compatibilización de sistemas troncalizados de distintos Estados Partes.
Justificación: el uso de las mismas bandas de frecuencias para una misma
aplicación contribuirá al mejor uso del espectro radioeléctrico. La
compatibilización de los sistemas troncalizados agilitará el proceso de
comunicación, contribuyendo a intensificar el comercio en el MERCOSUR. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. Plazo
razonable para su realización: 8 (ocho) meses.
RECONOCIMIENTO DE LICENCIAS PARA TRANSPORTISTAS
Definición: Reconocimiento por todas las partes de licencias/autorizaciones
de estaciones radioeléctricas móviles emitidas por una de ellas, a los
efectos de la autorización de su introducción y operación transitoria como
parte de un vehículo de transporte.
Justificación: La necesidad de reglamentar la utilización temporaria de
equipamientos radioeléctricos en el resto de los países del MERCOSUR por
parte de empresas de transporte internacional de carga y pasajeros
asignatarios de frecuencias autorizadas por alguno de los Estados Partes. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 Plazo
razonable para su realización: 6 (seis) meses.
RADIODIFUSION SONORA DIGITAL (DAB)
Definición: Armonizar los sistemas a emplear y establecer los
procedimientos de coordinación de frecuencias.
Justificación: Se fundamenta en el desarrollo tecnológico que se verifica
en el campo de las telecomunicaciones. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 Plazo
razonable para su realización: 4 (cuatro) años. TELEVISION
DE ALTA DEFINICION (TVAD)
Definición: Armonizar los sistemas y bandas de frecuencias que se
implementen
Justificación: Se fundamenta en el desarrollo tecnológico que se verifica
en el área de las telecomunicaciones Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 Plazo
razonable para su realización: 4 (cuatro) años. ARMONIZACION
DEL USO DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO
Definición: Identificación de las bandas del espectro radioeléctrico cuya
armonización sea posible.
Justificación: Optimizar la utilización del espectro radioeléctrico en la
región Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 Plazo
razonable para su realización: 4 (cuatro) años. RADIODIFUSION
POR SATELITE INCLUYENDO DTH
Definición: Armonizar los criterios de operación de los sistemas
transmisores y eventualmente receptores.
Justificación: Se fundamenta en el desarrollo tecnológico que se verifica
en el área de las telecomunicaciones Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 Plazo
razonable para su realización: 4 (cuatro) años. ARMONIZAR
PROCEDIMIENTOS DE CERTIFICACION/HOMOLOGACION DE EQUIPOS DE COMUNICACIONES
Definición: Armonizar los procedimientos para la certificación de productos
que serán comercializados entre los Estado Partes.
Justificación: Evitar que cada Estado dicte sus propias reglas dificultando
así, la certificación/homologación de sus productos en los demás Estados
Partes. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº.1. Plazo
razonable para su realización: Ocho (8) meses. FUTUROS
SERVICIOS MOVILES TERRESTRES (IMT 2000)
Definición: Armonizar el uso de las bandas destinadas a los futuros
servicios móviles terrestres (IMT 2000), estableciendo los procedimientos
para su coordinación en áreas de frontera y compatibilización de los
sistemas.
Justificación: Compatibilizar los sistemas posibilitará que las estaciones
móviles autorizadas en cualquiera de los Estados Partes puedan utilizar los
mismo a pesar de encontrarse en territorio de otro Estado Parte.
Simplificar los estudios de compatibilidad electromagnética de forma de
evitar interferencias perjudiciales con otros servicios. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1
Plazo
razonable para su realización: 4 (cuatro) años SISTEMAS
SATELITALES
Definición: Armonizar los criterios de operación de los sistemas
transmisores y eventualmente receptores.
Justificación: Se fundamenta en el desarrollo tecnológico que se verifica en
el área de las telecomunicaciones Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 Plazo
razonable para su realización: 4 (cuatro) años.
FRECUENCIAS PARA ESTACIONES ITINERANTES
Definición: Armonizar el uso de frecuencias destinadas a usuarios que
necesiten operar sistemas de radiocomunicaciones sin localización definitiva
o cuya cambio de ubicación sea frecuente.
Justificación: El uso de las mismas frecuencias por los Estados Partes,
además de evitar interferencias perjudiciales en áreas de frontera,
permitirá la comercialización entre los Estados Partes, de los equipamientos
fabricados para esta aplicación. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº. 1. Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año.
PROCEDIMIENTO DE ACREDITACION DE LABORATORIOS PARA EQUIPOS DE
TELECOMUNICACIONES EN EL MERCOSUR.
Definición: Acreditar laboratorios en los Estados Partes para la
realización de pruebas de los productos que serán comercializados en el
MERCOSUR.
Justificación: Los productos deberán cumplir con las normas técnicas
aplicables en cada estado. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. Plazo
razonable para su realización: 18 (dieciocho) meses. ACUERDO
VIGENTE SOBRE TELEFONIA RURAL.
Definición: Revisión de situación y aplicación de los acuerdos sobre
telefonía rural.
Justificación: La existencia de acuerdos entre algunos de los Estados
Partes y el avance tecnológico, exigen un estudio sobre los mismos. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año. ELABORACION
DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA COORDINACION ENTRE ESTACIONES TERRENAS Y
TERRESTRES.
Definición: Armonizar los procedimientos técnicos y administrativos a
seguir cuando uno de los Estados Partes desee instalar y operar una estación
terrena o terrestre.
Justificación: Evitar interferencia perjudicial entre estaciones terrenas y
terrestres pertenecientes a estados distintos. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 Plazo
razonable para su realización: 8 (ocho) meses PROYECTO
DE SISTEMAS PARA ADMINISTRACION DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO EN EL AMBITO DEL
MERCOSUR.
Definición: Desarrollo de un sistema, utilizando una base de datos
relacional con lenguaje de alto nivel, que pueda funcionar en plataformas
diferentes, sea micro, Risc o Main-frame que posea informaciones
gerenciales, técnicas y administrativas, relativas a los usuarios de los
varios servicios de comunicaciones con el objetivo de permitir la
administración del espectro radioelectrico.
Justificación: Facilitar las actividades de administración del espectro
radioelectrico, inclusive con aval técnico, automatizado, emisión de datos
autorizados vía sistema, control de pagos, etc. Permitir
la interconexión entre las bases de datos de los Estados Partes,
posibilitando una utilización más racional del espectro. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año. ACUERDOS
VIGENTES SOBRE RADIODIFUSION EN AM
Definición: Revisión del RJ81 para la solución de controversias respecto a
la coordinación de estaciones exclusivamente de los Estados Partes.
Justificación: Los criterios contenidos en el precitado Acuerdo han
impedido la coordinación de estaciones que se encuentran en operación sin
causar interferencias. Medios
Necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año ACUERDOS
VIGENTES SOBRE RADIODIFUSION EN FM.
Definición: Revisión de situación y aplicación de los acuerdos sobre
radiodifusión en FM
Justificación: La existencia de acuerdos entre algunos de los Estados
Partes y el avance tecnológico, exigen un estudio sobre los mismos. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº.1. Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año.
COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNETICA
Definición: Establecer los procedimientos y criterios técnicos para evaluar
la compatibilidad electromagnética entre equipos y sistemas.
Justificación: Optimizar la utilización del espectro radioeléctrico. Medios
Necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. Plazo
razonable para su realización: 4 (cuatro) años ACUERDO
VIGENTE SOBRE FRECUENCIAS HF DEL SERVICIO MOVIL MARITIMO
Definición: Revisión de situación y aplicación de los acuerdos sobre
frecuencias HF Servicio Móvil Marítimo.
Justificación: La existencias de acuerdos entre algunos de los Estados
Partes y el avance tecnológico exigen un estudio sobre los mismos. Medios
Necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año COMPILACION
DE LEGISLACIONES Y ESTRUCTURAS TARIFARIAS EN TELECOMUNICACIONES.
Definición: Consolidar el conjunto de normas legales y estructuras
tarifarías en telecomunicaciones
Justificación: Contar con la información de todos los Estados Partes. Medios
Necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 Plazo
razonable para su realización: 6 (seis) meses ASUNTOS
ADUANEROS
Definición: Relevamiento de la problemática aduanera de los correos de los
Estados Partes.
Justificación: Facilitar la libre circulación de los productos postales en
el ámbito del MERCOSUR (encomiendas, pequeños paquetes, cartas, etc.). Medios
necesarios: Designar un especialista de la Comisión Temática Postal, quien
trabajará conjuntamente con los técnicos aduaneros de cada Estado Parte. Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año. INTERCONEXION
INFORMATICA DE CORREOS
Definición: Desarrollo de un sistema, utilizando una base de datos que
contenga información gerencial, técnica y administrativa relativas a los
usuarios de servicios postales con el objetivo de permitir el seguimiento de
la correspondencia.
Justificación: Posibilitar el seguimiento y localización del envío
procurando mayor seguridad y mejora en la calidad del servicio. Medios
necesarios: Integrar a la Comisión especialistas en informática de cada
correo. Plazo
razonable para su realización:15 (quince) meses.
TRANSPORTE DE ENCOMIENDAS
Definición : Establecer normas patrón para los procedimientos de captación,
transporte y entrega de encomiendas.
Justificación: Aumentar las facilidades de los usuarios en el proceso de
compra por correos, y crear las condiciones para mejorar el nivel de
competencia con la iniciativa privada. Propiciar
el incremento de participación de los correos en el mercado de encomiendas. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año ACUERDOS
POSTALES VIGENTES
Definición: Relevamiento de la situación relativa a los acuerdos vigentes
en materia postal entre los Estados Partes.
Justificación: Compatibilizar los acuerdos vigentes en materia postal con
los objetivos y necesidades del MERCOSUR. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. Plazo
razonable para su realización: 4 (cuatro) meses. REDES DE
DISTRIBUCIÓN POSTAL
Definición: Estructurar redes de distribución postal entre los Estados
Partes definiendo sedes operativas de subdistribución.
Justificación: Acelerar la distribución de la correspondencia teniendo en
cuenta la gran extensión de la región. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. Plazo
razonable para su realización: 18 (dieciocho) meses.
RELACIONAMIENTO ENTRE CORREOS PUBLICOS Y PRIVADOS
Definición: Analizar la futura relación entre el correo público y los
privados de los Estados Partes en el ámbito del MERCOSUR.
Justificación: Dado los procesos de desregulación postal existentes en
algunos de los Estados Partes se requerirá su estudio e implementación. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año. SGT Nº 2
MINERIA TAREAS
PRIORITARIAS Y PLAZOS 1.
LEGISLACION: A)
Recopilar información tomándose como base lo trabajado hasta el presente en
el marco de lo actuado en los encuentros Minero-Mineralúrgicos de Río y de
Montevideo y enviando dicha información a las Comisiones Temáticas Ad-Hoc. B)
Realización de un estudio comparativo de las legislaciones nacionales que
abarque los siguientes temas: a)
Legislación minera. b)
Legislación societaria. c) Ley de
inversiones. d)
Legislación tributaria. e)
Legislación laboral. f) Medio
ambiente. g) Toda
otra legislación que tenga incidencia en minería en forma directa.
Justificación: En el
ambiente competitivo de la minería la base legal es de fundamental
importancia, sea en los aspectos relacionados al acceso al subsuelo, sea en
los que se refiere a la producción y al comercio de los productos mineros. La
adecuación de la base legal constituye estímulo o barrera a las inversiones
del sector. El objetivo de un estudio de esta naturaleza es identificar las
diferencias en el tratamiento legal en el sector minero en los Estados
Partes. Medios
necesarios para la ejecución:
Disponibilidad de equipos, personal y recursos financieros de los
organismos de minería de cada Estado Parte, así como otra fuente de recursos
de la cooperación internacional. Plazo: 12 meses
a partir de la primera reunión del Subgrupo Nº 2. 2.
INFORMACION:
Desarrollar y ampliar los Bancos de Datos y compatibilizarlos con los
existentes en la región. Para la
ejecución de la tarea deberá tomarse como base el Banco de Datos MERCOSUR,
desarrollado en el marco de las Actas de Río y de Montevideo.
Justificación: Los
diferentes avances de los sistemas de información de los Estados Partes no
permiten la ejecución de estudios comparativos para la identificación de
oportunidades de cooperación e intercambio comercial de productos de origen
mineral. La falta de información sobre la disponibilidad de productos
minerales en alguno de los países del Mercosur ha llevado a privilegiar la
comercialización con otros mercados en detrimento de los Estados Partes. Medios
necesarios para la ejecución:
Disponibilidad de equipos, personal y recursos financieros de los
organismos de minería de cada Estado Parte, así como otra fuente de recursos
de la cooperación internacional. Plazo: Para la
etapa de implementación se propone 12 meses. 3.
RECURSOS MINERALES
Realización de un estudio de complementación de las economías mineras de
los países del MERCOSUR, abarcando la producción, consumo y comercialización
de los minerales y sus productos intra y extra zona.
Justificación: Buscar
medios para la intensificación del intercambio y la integración de la
producción minera procurando la incorporación del mayor valor agregado
posible con vistas al comercio entre los Estados Partes y con el resto del
mundo, identificando sinergías entre los recursos minerales de la industria
de los Estados Partes. Medios
necesarios para la ejecución:
Disponibilidad de equipos, personal y recursos financieros de los
organismos de minería de cada Estado Parte, así como otra fuente de recursos
de la cooperación internacional. Plazo: 24 meses 4.
GEOLOGIA Y MINERIA A)
Inventario de los servicios de apoyo al sector. B)
Intercambio para la formación y entrenamiento de los recursos humanos. C) Definir
proyectos específicos para la cooperación científico-técnica en geología y
minería.
Justificación:
Desarrollar el intercambio científico y tecnológico, así como la
identificación y ampliación de las oportunidades de prestación de servicios
por las instituciones encargadas de los levantamientos geológicos y del
desarrollo y adquisición de tecnología minera. Medios
necesarios para la ejecución:
Disponibilidad de equipos, personal y recursos financieros de los
organismos de minería de cada Estado Parte, así como otra fuente de recursos
de la cooperación internacional incluyendo el otorgamiento de becas. Plazo:
24 meses SGT Nº 3
REGLAMENTOS TECNICOS TAREAS
PRIORITARIAS Y PLAZOS TAREA
GENERAL
Eliminación de los obstáculos técnicos al comercio para facilitar la libre
circulación de los bienes y la integración regional entre los Estados
Partes. PAUTAS DE
ACCION Armonizar
los reglamentos técnicos identificados como obstáculos a los flujos de
comercio intra-Mercosur.
Compatibilizar los Sistemas, Estructuras y Actividades Nacionales de
evaluación de conformidad, adecuando sus procedimientos y asegurando el
reconocimiento mutuo en la región. Promover
la integración de los Sistemas y Estructuras Nacionales de Metrología,
asegurando formas de cooperación y complementariedad de acciones. Definir
el relacionamiento entre el SGT Nº 3 y el Comité Mercosur de Normalización. Proponer
procedimientos de organización de información referente a Reglamentos
Técnicos, Normas Técnicas y evaluación de conformidad, de manera de permitir
la deseada transparencia en los procesos de notificación intra-Mercosur e
Internacional. TAREAS DE
LOS COORDINADORES NACIONALES 1 -
Evaluar y definir las prioridades, metodologías de las distintas áreas y el
seguimiento de sus actividades como así también el análisis de la
incorporación de nuevos temas. 2 -
Relacionamiento con los otros Subgrupos de Trabajo, Grupos Ad-Hoc, Comité de
Cooperación Técnica, Reuniones Espeicalizadas del GMC y Comités Técnicos de
la CCM. 3 -
Relacionamiento con el Comité MERCOSUR de Normalización. 4 -
Organización de los Sistemas de Información y Notificación. 5 -
Analizar las posibilidades de compatibilización de los Sistemas y
Estructuras de Evaluación de Conformidad. 6 -
Relacionamiento con los Proyectos de Cooperación Técnica Internacional. AREAS DE
TRABAJO 1 -
Alimentos 2 -
Productos para la Salud 3 -
Industria Automotriz 4 -
Productos Veterinarios 5 -
Metrología Las Areas
de Trabajo estarán bajo la conducción de un Responsable de Area e integradas
por Unidades de Trabajo. Las Areas y Unidades no tendrán, en general,
carácter permanente y se disolverán una vez concluído el análisis de los
temas. AREA DE
ALIMENTOS PLAZO
ESTIMADO: 18 MESES UNIDAD DE
TRABAJO Y TEMAS CONTROL
DE ALIMENTOS Buenas
Prácticas Sistemas
de Inspección y Certificación Programas
de Control
Habilitación y Registro Planes de
Muestreo
Infracciones Técnicas
Analíticas y Laboratorios de Ensayo Sistemas
de Información Programas
Regionales y/o con apoyo de Terceros Países u Organismos.
Capacitación de Personal ADITIVOS
PATRONES
DE IDENTIDAD Y CALIDAD Lácteos Bebidas (cervezas,jugos
y bebidas alcohólicas destiladas) Productos
de origen Animal (carne bovina, moluscos, anfibios, filetes de pescado
congelado, carne de ave) Productos
de origen vegetal (arroz, manzana, pera, papa, citrus, pimiento, frutilla,
ajo)
CONTAMINANTES
Inorgánicos y orgánicos Residuos
de Pesticidas Residuos
de Medicamentos Veterinarios en los alimentos
Micotoxinas Patrones
Microbiológicos
Microscopía ROTULACION Rotulación
Nutricional
Declaración Nutricional (CLAIMS) ALIMENTOS
PARA DIETAS ESPECIALES (Incluídas bebidas dietéticas) ENVASES Y
MATERIALES EN CONTACTO CON ALIMENTOS AREA DE
PRODUCTOS PARA LA SALUD PLAZO
ESTIMADO: 18 MESES UNIDAD DE
TRABAJO Y TEMAS CONTROL
DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS Buenas
Prácticas: transporte
almacenamiento
comercialización
distribución
Metodología y Procedimiento para Fiscalización e Inspección -
Autorización para el Funcionamiento de Empresas
Definición de actividades de los diferentes tipos de empresas Requisitos
y procedimientos para habilitación de establecimientos Contratos
con terceros -
Registro de Productos:
requisitos y procedimientos para el registro de productos nuevos países de
referencia productos
extra zona modelo de
prospectos categoría
de venta y uso
modificación, renovación y anulación de registro -
Investigación Clínica -
Capacitación contínua de Inspectores. Fase II -
Promoción y Propaganda - Sistema
de Información -
Laboratorios de Ensayo/Control de Calidad - Planes
de Muestreo y Metodología Analítica -
Embalaje - Envases -
Aditivos -
Productos Fitoterapéuticos -
Productos Homeopáticos SICOTROPICOS
Armonización gradual de la lista de sustancias estupefacientes y
sicotrópicos de acuerdo a las normas internacionales. Control
de las sustancias de productos estupefacientes y sicotrópicos considerando
principalmente las normas internacionales SANGRE Y
HEMODERIVADOS -
Reglamentación de las unidades de medicina transfusional - Guía
para la inspección de unidades de medicina transfusional -
Verificación de cumplimiento de buenas prácticas de fabricación y control de
Hemoderivados: Albúmina, Inmunoglobulina y Factores de coagulación. -
Reglamento técnico para fabricación y control de factores de coagulación. -
Reglamento técnico para fabricación y control de sueros y vacunas. -
Elaboración de módulos para entrenamiento de inspectores para plantas de
hemoderivados. PRODUCTOS
MEDICOS -
Verificación del cumplimiento de las BPF de productos para diagnóstico in
vitro -
Registro de productos médicos -
Verificación del cumplimiento de las BPF de productos médicos -
Cronograma de implementación de Buenas Prácticas de fabricación. -
Reglamentos técnicos de productos médicos -
Autorización de empresas de productos médicos. -
Investigación clínica de productos médicos.
COSMÉTICOS -
Criterios de rotulado para productos de higiene personal, cosméticos y
perfumes PRODUCTOS
DOMISANITARIOS - Definir
los criterios para la indicación del plazo de validez y componentes en los
rótulos - Guía
de Inspección de Establecimientos, Clasificación de criterios de Evaluación,
Guía de Buenas Prácticas de Elaboración para productos Domisanitarios. -
Complementar la armonización de los productos desinfectantes con acción
antimicrobiana y soluciones de hipoclorito. -
Confección de listas negativas, restrictivas, y de excepción para productos
domisanitarios. -
Completar la armonización de anexos para los productos desinfectantes. -
Revisión de la RN-GMC 121/94 - Registro de Establecimiento. -
Revisión de la RN-GMC 122/94 - Registro de productos domisanitarios. -
Armonización de la clasificación de productos domisanitarios. -
Armonización de los métodos de determinación de la biodegradabilidad para
detergentes. -
Requisitos para la aplicación de productos de uso profesional. AREA DE
PRODUCTOS VETERINARIOS PLAZO
ESTIMADO: 18 MESES. UNIDAD DE
TRABAJO Y TEMAS
Reglamentación del MRPV
Reglamentación del Sistema de Convalidación Aprobación
de la ficha técnica de los productos veterinarios.
Denominación de un Centro de Referencia Analítica. Normas de
buenas prácticas de fabricación de productos veterinarios. Normas y
procedimientos para inspección de establecimientos elaboradores,
importadores y que comercialicen productos veterinarios. Creación
de una guía regional de drogas y productos de uso veterinario, con vistas a
su implementación.
Metodología de evaluación de nuevas drogas y productos para adopción de
normas específicas. AREA DE
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ PLAZO
ESTIMADO: 18 MESES. UNIDAD DE
TRABAJO Y TEMAS -
Identificación Vehicular, Nro. VIN - Omnibus
y Micro Omnibus urbanos de media y larga distancia - Emisión
de vehículos equipados con motor Otto pesado y diesel con respecto a nivel
máximo de contaminación - Lavador
de parabrisas. -
Mangueras de frenos. - Vidrios
energizados. -
Inflamabilidad de materiales. - Bocinas. -
Salientes de ruedas y sus accesorios. - Traba de
capot de motor. -
Identificación de los controles de transmisión mecánica y automática. -
Extinguidores de incendio. AREA DE
METROLOGIA A fin de
promover la Integración de los Sistemas y Estructuras Nacionales de
Metrología asegurando formas de cooperación y complementariedad de acciones,
créase el Area de Metrología, la cual en un plazo de 6 meses presentará su
plan de trabajo tendiente a dar cumplimiento al objetivo citado. SGT Nº 4
ASUNTOS FINANCIEROS TAREAS
PRIORITARIAS Y PLAZOS PROGRAMA
DE TAREAS POR SECTORES CONSIDERADOS HASTA DICIEMBRE 1996
Sistema
Financiero
a.
Formalización de convenios entre los Bancos Centrales. b.
temas a ser considerados para promover los avances en la cuestión :
i. demostraciones financieras consolidadas;
ii. perfeccionamiento técnico de los procesos de regulación
prudencial y de fiscalización;
iii. secreto bancario;
iv. fiscalización compartida incluyendo entrenamiento de
personal;
v. las responsabilidades y el inter-relacionamiento de los
organismos supervisores de los países; 2.
Perfeccionamiento de los procedimientos para el intercambio de
información sobre los sistemas financieros, especialmente sobre las
situaciones que reciben mayor gravedad y riesgo, así como aquella
relativa a los procesos de privatización. 3.
Reducción de asimetrías y busca de armonización en:
i. central de riesgo;
ii. definición conceptual del patrimonio líquido;
iii. provisiones
iv. clasificación y sistema de evaluación de deudores ;
v. límites operacionales ; 4.
Tratamiento nacional para los bancos de los Estados Partes ; 5.
Cooperación Técnica, inclusive con los recursos del FOMIN;
i. derivados;
ii. aplicación de la supervisión bancaria consolidada;
iii. nuevas formas de instrumentos financieros para las
PYMEs; 6.
Lavado de dinero; 7.
Operaciones con derivados;
Seguros y
Reaseguros
a. exigencia de capital mínimo;
b. solvencia-margen de solvencia, provisiones técnicas y
fiscalización; items previamente acordados, sujetos a la ratificación y
detalle:
i. constitución de reservas técnicas en el país de
operación del seguro, con los activos correspondientes;
ii. provisiones técnicas de acuerdo con la legislación
específica de cada país;
iii. cambio obligatorio de informaciones sobre operaciones,
con la padronización de conceptos;
iv. obligatoriedad del cálculo de índices e indicadores de
solvencia y cambio de resultados;
v. verificación de las condiciones de solvencia, en el país
y en el exterior, por los Estados Partes donde la empresa tenga sede
social;
vi. obligatoriedad del cálculo de margen de solvencia, de
manera armonizada;
vii. obligatoriedad de publicación de balances contables;
viii. obligatoriedad de presentación periódica de
documentación necesaria, inclusive demostraciones estadísticas;
ix. estricta colaboración entre los Estados Partes;
c. Constitución jurídica de las empresas. 2.
Perfeccionamiento de los acuerdos alcanzados sobre seguros; 3.
Seguros sobre transporte multimodal; 4.
Cooperación Técnica:
a. seminario sobre la experiencia europea en materia de
integración del mercado de seguros; 5.
Intercambio de información en materia de reglamentación
6.
Intercambio de experiencias en temas de supervisión
2.Seguimiento de acuerdos alcanzados
2.Elaboración de un comentario que acompañe las estadísticas y sirva de
introducción para el conocimiento de la coyuntura regional
2.
Convenio de créditos recíprocos PROGRAMA
DE TAREAS PARA LOS SECTORES MENCIONADOS TAREAS
PARA LARGO PLAZO (AÑO 2000)
Financiero
2. Constitución jurídica de las empresas.
Reaseguros
2. Constitución jurídica de las empresas.
2.
Estudio y seguimiento de los mecanismos de pago establecidos o que se
establecen entre los Estados Partes. SGT Nº 5
TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA TAREAS
PRIORITARIAS Y PLAZOS A)
TRANSPORTE TERRESTRE ANÁLISIS,
SIMPLIFICACIÓN, IMPLEMENTACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LOS ACUERDOS Y
REGLAMENTACIONES EXISTENTES EN EL ÁMBITO MERCOSUR/ALADI.
Definición Relevamiento y análisis de los acuerdos existentes en el ámbito
del MERCOSUR-ALADI. Dentro de
esta tarea, se identifican las normativas que serán objeto de estudio: - A.T.I.T. - C.R.T. - Acuerdo
sobre Transporte Multimodal -
Principios para el acceso a la profesión de transportista en el ámbito del
MERCOSUR - Acuerdo
sobre Transporte de Cargas Peligrosas en el MERCOSUR
Justificación: Necesidad de consolidar y simplificar los acuerdos
existentes, continuando los avances que respeten las condiciones de cada
Estado Parte en la integración. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del Subgrupo de
Trabajo Nº 5 Plazo
razonable para su realización: 12 meses
ATENUACIÓN DE LAS ASIMETRÍAS VINCULADAS AL TRANSPORTE TERRESTRE
Definición: Identificación y eliminación de las Asimetrías vinculadas
directamente al transporte terrestre, cuya consideración y eventual solución
dependa directamente de las autoridades del sector.
Identificación de otras asimetrías para trasladar su consideración a los
órganos competentes.
Justificación: Se fundamenta en la necesidad de identificar y eliminar
aquellas condiciones que afectan con situaciones de desigualdad al
transporte internacional terrestre, eliminando su influencia negativa. Medios
necesarios: Creación de una Comisión de Especialistas dentro del Subgrupo
de Trabajo Nº 5. Plazo
razonable para su realización: 18 meses SEGURIDAD
EN EL TRANSPORTE
Definición: Armonizar y coordinar una propuesta de estrategia conjunta
sobre normas de seguridad, normas tecnológicas y técnicas, y sobre controles
técnicos de habilitación y ejecución de la actividad, que permita
implementar la moderna tecnología en el control de la seguridad en el
transporte.
Justificación: Necesidad de coordinar y armonizar una estrategia común en
la materia. Medios
necesarios: Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5. Plazo
razonable para su realización: 12 meses FACILITACION
FRONTERIZA
Definición: Relevamiento de los procedimientos operativos de transporte
actualmente vigentes en los pasos de frontera de cada Estado Parte y su
relación con los diferentes Entes Fronterizos de Control. Aplicación de los
Acuerdos vigentes referidos al sistema de control integrado de frontera.
Justificación: Los pasos de frontera deben poseer -tal como se ha acordado
en MERCOSUR-, un sistema ágil y rápido para el tránsito del transporte
internacional -de cargas o pasajeros-; y debe existir una comunicación
fluida y constante con cada Organismo Nacional Competente de aplicación del
ATIT. Medios
necesarios: Creación de una Comisión de seguimiento con el objeto de
efectuar relevamientos permanentes del funcionamiento institucional y
operativo de los Pasos de Frontera habilitados, con la obligación de
presentar en cada reunión ordinaria del Subgrupo un informe detallado y
soluciones a los problemas identificados. Plazo
razonable para su realización: 12 meses B)
TRANSPORTE DE CARGAS POR CARRETERA
PRINCIPIOS GENERALES DE ACCESO A LA PROFESIÓN DE TRANSPORTISTA Y SU
EJERCICIO EN EL ÁMBITO DEL MERCOSUR:
Definición: Relevamiento de situación y puesta en práctica en forma
inmediata del acuerdo vigente.
Justificación: Coordinación con aquellos Estados Parte que aun no lo han
puesto en vigencia. Medios
necesarios: Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5 Plazo
razonable para su realización: 6 Meses RELEVAMIENTO,
COORDINACIÓN Y DEFINICIÓN DE INSTITUTOS DEL ATIT: *
Análisis de los procedimientos para el otorgamiento de permisos de
transporte internacional de carga en el ámbito del MERCOSUR. *
Propiedad y/o leasing de los vehículos por parte de las empresas habilitadas
(articulo 31º del ATIT). *
Transporte propio (artículo 35º del ATIT). *
Transporte ocasional (articulo 27º del ATIT) *
Capacidad para el acceso a la profesión de transportista internacional, a
saber:
= capacidad financiera =
honorabilidad =
capacidad profesional * Explorar
los avances en la generalización de las habilitaciones para las empresas
transportistas a través de la "Licencia Mercosur"
Definición: Necesidad de realizar un seguimiento continuo de los
Principios Generales del Convenio ATIT y los principales institutos sobre
los cuales el mismo se fundamenta.
Justificación: Permitir la revisión y simplificación del Convenio ATIT y
sus principales institutos, facilitando su continua adaptación a las
necesidades de los transportistas y usuarios. Medios
necesarios: Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5. Plazo
razonable para su realización: 24 Meses
INSTRUMENTACIÓN Y APLICACIÓN DEL ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL SOBRE
TRANSPORTE TERRESTRE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS EN EL ÁMBITO DEL MERCOSUR:
Definición: Necesidad de realizar un seguimiento sobre la instrumentación
y aplicación del Acuerdo.
Justificación: Coordinar el grado de implementación del Acuerdo de Alcance
Parcial, en cada uno de los Estados Parte y eliminar inconvenientes que
puedan surgir en las primeras etapas de su puesta en vigencia. Medios
necesarios: Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5 Plazo
razonable para su realización: 6 Meses
PERFECCIONAMIENTO DEL ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL SOBRE TRANSPORTE TERRESTRE
DE MERCANCÍAS PELIGROSAS: * Régimen
contravencional por infracciones al Acuerdo. *
Funcionamiento de las Comisiones previstas en el artículo 11º del Acuerdo.
Definición: Necesidad de armonizar el régimen contravencional del Acuerdo
y de instrumentar las Comisiones previstas en el mismo.
Justificación: Compatibilizar los distintos proyectos de regímenes de
contravenciones, como así también poner en funcionamiento las Comisiones
previstas en el Acuerdo a efectos de actualizar el contenido de sus Anexos
en función de las últimas revisiones formuladas por el Comité de Expertos de
la O.N.U. Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del Subgrupo de
Trabajo Nº 5 Plazo
razonable para su realización: 12 Meses
DISPOSICIONES ESPECIFICAS SOBRE MATERIAL DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS
PELIGROSAS: * Normas
sobre contenedores, vehículos cisternas y vagones tanque * Normas
sobre cisternas de uso múltiple *
Accesorios de vehículos y "kits" de seguridad
Definición: Establecer las prescripciones relativas a la construcción y
utilización de contenedores cisterna, vehículos cisterna, cisternas de uso
múltiple y vagones tanque, así como las pruebas que deben superar. Armonizar
las normas referentes a equipamientos de protección individual, extintores,
cajas de herramientas y botiquín de primeros auxilios.
Justificación: Garantizar que las cisternas y otros equipos de
distribución sean los adecuados para transportar mercancías peligrosas y que
cumplan con las pruebas, certificaciones y otras exigencias legales que se
establezcan. Garantizar
que el equipamiento de seguridad de los conductores sea el más idóneo para
ser empleado en situaciones de emergencia. Medios
Necesarios: Grupo integrado por especialistas del Subgrupo de Trabajo Nº 5,
con asistencia del Subgrupo de Trabano Nº 3. Plazo
razonable para su realización: 30 meses
INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR
Definición: Formulación de los criterios para la calificación de defectos y
formas de actuación según el resultado de las inspecciones a ser realizadas
a ómnibus y vehículos de carga. En particular deberían definirse los
criterios de habilitación de vehículos.
Justificación: La inspección técnica es la vía reconocida
internacionalmente para reducir los efectos negativos de la motorización en
cuanto a seguridad en el tránsito y protección del medio ambiente. Por lo
tanto es necesario armonizar entre todos los Estados Parte una norma básica
sobre aptitud técnica de vehículos y validéz de los Certificados de Aptitud
Técnica (CAT). Medios
necesarios: Grupo de especialistas pertenecientes al Subgrupo de Trabajo Nº
5 y al Subgrupo de Trabajo Nº 3. Plazo
razonable para su realización: 12 Meses REQUISITOS
PARA EL OTORGAMIENTO DE LAS LICENCIAS PROFESIONALES DE CONDUCCION *
Armonización de los criterios generales de otorgamiento de las licencias
profesionales de conducción. *
Determinación de las aptitudes psicofísicas que deben poseer los conductores
de vehículos comerciales. *
Determinación de criterios de formación profesional.
Definición: Determinación de los procedimientos que permitan habilitar y
formar profesionalmente a los conductores de vehículos de transporte.
Determinación de pruebas psicofísicas que permitan considerar a un conductor
apto física y psicológicamente para la expedición de un permiso de
conducir.
Justificación: La adquisición de una actitud y de un comportamiento que
refleje un espíritu permanente de seguridad, debe ser el primer objetivo a
conseguir en cualquier conductor de un vehículo de transporte. Asimismo,
razones de seguridad vial aconsejan dar igual preponderancia a las aptitudes
físicas y psíquicas pues es evidente la influencia de estos factores en la
conducción. Medios
necesarios: Grupo de especialistas a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5. Plazo
razonable para su realización: 24 Meses C)
TRANSPORTE DE PASAJEROS POR CARRETERA RED
BÁSICA DE SERVICIOS REGULARES Y DE TEMPORADA. BANCO DE DATOS BÁSICOS. LA
OPERACIÓN ORIGEN - DESTINO
Definición: Estudio de la red básica de servicios regulares y de temporada
para el transporte de pasajeros en el ámbito del MERCOSUR y la elaboración
de un banco de datos que permita identificar nuevos mercados y demandas. El
estudio de la operación origen-destino.
Justificación: Permitir contar con los elementos mínimos imprescindibles
que permitan conocer la red de servicios regulares y por temporadas, la
identificación de nuevos mercados y la realización de la operación
origen-destino. Medios
necesarios: Plazo
razonable para su realización:12 Meses GLOSARIO
DE TÉRMINOS A SER UTILIZADOS EN LAS NEGOCIACIONES SOBRE EL TRANSPORTE
INTERNACIONAL DE PERSONAS EN EL MERCOSUR
Definición: Armonización de los términos sustanciales para el
establecimiento de normas comunes en el transporte internacional de personas
entre los Estados Parte.
Justificación: Acordar los términos básicos a ser utilizados en la
implementación de acuerdos por los Estados Parte, posibilitará una fluidez y
exactitud sobre el objeto de las negociaciones en el transporte
internacional de pasajeros en el MERCOSUR. Medios
necesarios: Plazo
razonable para su realización: 6 Meses ACUERDO
SOBRE TRANSPORTE DE ENCOMIENDAS Y CORRESPONDENCIA EN ÓMNIBUS DE LÍNEAS
REGULARES
Definición: Implementación del Acuerdo sobre el Transporte de Encomiendas
y Correspondencia en ómnibus de líneas regulares habilitados para viajes
internacionales.
Justificación: Necesidad de instrumentar la Resolución No. 117/94 del Grupo
Mercado Común Medios
necesarios: Plazo
razonable para su realización: 6 Meses D)
TRANSPORTE FERROVIARIO ANÁLISIS
DE LOS FLUJOS CAPACES DE SER CANALIZADOS POR FERROCARRIL Y DETERMINACIÓN DE
LOS CORREDORES PRIORITARIOS; ELABORACIÓN DEL LISTADO DE OBRAS O
REALIZACIONES A CONSIDERAR, PARA RACIONALIZAR LA CIRCULACION FERROVIARIA POR
DICHOS CORREDORES A MEDIANO PLAZO.
Definición:
Justificación: Medios
necesarios: Cooperación internacional. Plazo
razonable para su realización: 24 meses
RECOPILACIÓN A MEDIANO PLAZO DE LAS REGLAMENTACIONES VIGENTES SOBRE
HABILITACIÓN Y OPERACIÓN DE EMPRESAS OPERADORAS DE TRAFICO FERROVIARIO
INTERNACIONAL, PROCEDIENDO A LA UNIFICACIÓN Y, DE SER FACTIBLE, A SU
SIMPLIFICACIÓN.
Definición:
Justificación: Medios
necesarios: Subgrupo de Trabajo Nº 5 Plazo
razonable para su realización: 12 meses
ATENUACIÓN DE LAS ASIMETRÍAS VINCULADAS AL TRANSPORTE FERROVIARIO.
Definición:
Justificación: Medios
necesarios: Subgrupo de Trabajo Nº 5 Plazo
razonable para su realización: 18 meses ESTUDIOS
DESTINADOS A SUPERAR LIMITACIONES PROVOCADAS POR DIFERENCIAS DE TROCHAS U
OTRAS CONDICIONES DE INFRAESTRUCTURA.
Definición:
Justificación: Medios
necesarios: Subgrupo de Trabajo Nº 5 Plazo
razonable para su realización: 18 meses ESTUDIO
TENDIENTE A LA UNIFICACIÓN DE LAS NORMAS DE SEGURIDAD Y TÉCNICAS, QUE RIGEN
LA CIRCULACIÓN FERROVIARIA DENTRO DE LAS REDES DE LOS ESTADOS PARTE.
Definición:
Justificación: Medios
necesarios: Subgrupo de Trabajo Nº 5 Plazo
razonable para su realización: 18 meses. TRANSPORTE
FLUVIAL Y MARÍTIMO ACUERDO
MULTILATERAL DEL TRANSPORTE DE CARGAS
Definición: Acuerdo donde se establecen las formas de acceso a las cargas
dentro de la región y las condiciones para realizar los tráficos incluso con
terceros países. Esta
tarea deberá tratar sobre: a) Tráfico
entre los Estados Parte. Acuerdo respecto a la autorización para este tipo
de tráfico. b)
Tráfico entre Estados Parte y terceros países. Acuerdo respecto a la
autorización para este tipo de tráfico y respecto al tratamiento de los
convenios extrazona. c)
Acceso a las cargas. Acuerdo respecto al acceso a las cargas y a la
participación de cada Estado Parte en el tráfico intra MERCOSUR. d) Barreras
para-arancelarias. Acuerdo respecto a la eliminación de obstáculos de indole
burocrático que operen como barreras a la integración. e) Derecho
de establecimiento. Acuerdo respecto a requisitos de las empresas para
participar en el transporte y para radicarse en otro Estado Parte. f)Protección
al usuario. Acuerdo respecto a la implementación de medidas que tiendan a la
protección del usuario en la región. g)
Compatibilización con el Acuerdo sobre Transporte Multimodal y el Acuerdo de
la Hidrovía Paraná-Paraguay.
Justificación: Se deben lograr condiciones adecuadas de competitividad
entre los armadores de los Estados Partes y su plena participación en todos
los tráficos intra y extraregionales, de manera de obtener la mayor
eficiencia del sistema, con la consiguiente reducción de costos de fletes y
aumento de eficiencia, con el fortalecimiento de las Marinas Mercantes. Las bases
para esa participación deberían estar dadas por la aplicación de los
principios de igualdad de condiciones operacionales, libre acceso a las
cargas, no cuotificación y prevención de la competencia desleal. Medios:
Estudio técnico sobre transporte por agua en la región (ver anexo) Plazo
razonable para su implementación: 18 meses REGISTRO
DE EMBARCACIONES DEL MERCOSUR
Definición: Registro de buques de la región donde se unifican las
condiciones operacionales de las embarcaciones. Esta
tarea debe contener el siguiente punto:
Características y creación de un Registro Operativo en cada país.
Justificación: Se pretende que los países signatarios tengan una bandera
conveniente. Este Registro permitirá uniformizar el tratamiento operativo de
los buques de los Países Partes en el MERCOSUR. Medios:
Estudio técnico sobre transporte por agua en la región (ver anexo) Plazo
razonable para su implementación: 18 meses FACILITACION.
ACUERDO RESPECTO A LOS PROCESOS ADUANEROS Y ADMINISTRATIVOS.
Definición:Acuerdo de facilitación de tránsito de embarcaciones, bienes y
personas entre los países de la región.
Justificación: La facilitación de los procesos aduaneros y administrativos
relacionados al comercio exterior, debe ser analizada en sus vinculaciones
con el área de transporte para dirigir las acciones recomendadas por el GMC. Medios:
Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5 Plazo
razonable para su implementación: 12 meses
TRATAMIENTO DE ASIMETRIAS ECONOMICO-TRIBUTARIAS.
Definición: Análisis y Estudio de las asimetrías económico-tributarias
detectadas que afectan al sector de transporte por agua en la región.
Justificación: A los efectos de lograr un adecuado grado de igualdad de
competencia entre los armadores de los Estados Parte es necesario, entre
otras, minimizar las asimetrías que los afectan. Una vez
identificadas las asimetrías mediante un estudio técnico, se podrá iniciar
el proceso de negociación tendiente a su progresiva eliminación. Esta
negociación podría llevarse a cabo además en otros subgrupos específicos. Medios:
La identificación de las asimetrías podrá lograrse mediante un estudio
técnico en el cual se comparen las legislaciones tributarias e impositivas
de los Estados Parte, teniendo presente las políticas económicas de la
región. Debería
examinarse la posibilidad de que el estudio de las asimetrías
económicas-impositivas en el transporte por agua del MERCOSUR sea efectuado
por un organismo de cooperación técnica internacional. Plazo
razonable para su realización: 18 meses ANEXO:
ESTUDIO TECNICO SOBRE TRANSPORTE POR AGUA EN LA REGION.
Definición: Estudio técnico para servir de base a la elaboración de un
marco jurídico consensuado. Esta
tarea estará basada en los siguientes puntos: a) Base
para la elaboración de un marco jurídico consensuado. b)
Financiación en base a algún acuerdo con Organismos Internacionales como es
el caso de la Unión Europea. c)
Términos de referencia a ser elaborados en base a los proyectos de acuerdo
ya existentes. d)
Estudio y aplicación de los acuerdos bilaterales existentes.
e) Estudio y aplicación de la legislación vigente en cada país.
Justificación: Realizar un estudio de investigación sobre tráficos,
participación de los países, movimiento de las cargas regionales y no
regionales, estadísticas, etc. Para esto debería examinarse la posibilidad
del financiamiento no reembolsable por parte de un organismo de cooperación
técnica internacional efectúe el estudio.
INFRAESTRUCTURA
ENUNCIACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS BÁSICOS PARA LA INTEGRACIÓN FÍSICA DE LOS
PAÍSES DEL MERCOSUR
Definición: Identificación de los objetivos sobre la infraestructura de la
región.
Justificación: Es muy importante, en virtud del gran incremento que ha
experimentado el tráfico comunitario, que tanto en la construcción de nuevas
infraestructuras como en la conservación de las ya existentes los Estados
Parte tengan en cuenta la coherencia de sus proyectos con la política de
transporte o con otras políticas comunes. Medios
necesarios: Realización en el ámbito del Subgrupo de Trabajo Nº 5 Plazo
razonable para su realización:12 Meses
REALIZACIÓN DE DIFERENTES ESTUDIOS Y SEGUIMIENTO DE LOS DISTINTOS ASPECTOS
VINCULADOS CON LA INFRAESTRUCTURA DE LOS PAÍSES DEL MERCOSUR
Definición: En tal sentido y sin perjuicio del trabajo Permanente que
implica una tarea como la identificada, en una primera instancia el Subgrupo
se propone desarrollar su trabajo considerando los siguientes puntos:
A)
Corredores de Transporte dentro del MERCOSUR y su interrelación con los
existentes a nivel de América del Sur. B)
Seguimiento de las distintas acciones emprendidas por los países para
propender al desarrollo de los corredores (estudios básicos,
financiamientos, priorización de alternativas, etc). C)
Utilización multimodal de los diferentes corredores.
Justificación: Propender a que las evaluaciones de las infraestructuras que
se efectúan a nivel de cada país se realicen también bajo la óptica de la
integración comunitaria. Dotar a la
actividad económica de mayor dinamismo a través del desarrollo de nuevas
tecnologías de transporte. Coordinar
acciones tendientes al desarrollo de infraestructuras que faciliten la
atención en frontera. Necesidad
de evitar la duplicación de esfuerzos y tareas, y la consideración de un
mismo tema en distintos foros de negociación. Medios
necesarios: Realización en el ámbito del Subgrupo de Trabajo Nº 5 Plazo
razonable para su realización:24 Meses
RECOPILACIÓN Y COMPATIBILIZACION DE NORMAS DE DISEÑO PARA CONSTRUCCIÓN DE
CARRETERAS
Definición: Se pretende uniformizar aquellas normas de diseño para la
construcción de carreteras que permitan incrementar la seguridad vial en el
ámbito del MERCOSUR y armonizar los proyectos y trazados de las diferentes
obras viales.
Justificación: Dotar a las infraestructuras de transporte de interés
comunitario, de características uniformes a partir de exigencias similares
de diseño y seguridad para los usuarios. Medios
necesarios: Realización en el ámbito del Subgrupo de Trabajo Nº 5 Plazo
razonable para su realización:24 Meses MARCOS DE
ACCION EN INFRAESTRUCTURA PORTUARIA
Definición: Desarrollar un intercambio de información, análisis y
comparación de aquellas acciones efectuadas en materia de infraestructura
portuaria por los Estados Parte.
Justificación: Se entiende trascendente la influencia de la infraestructura
en el desarrollo de las operaciones en el Transporte Fluvial y Marítima y la
importancia que posee el conocimiento mutuo por los Estados Parte en esa
temática. Medios
necesarios: Realización en el ámbito del Subgrupo de Trabajo Nº 5 Plazo
razonable para su realización: 24 meses SGT Nº 6
MEDIO AMBIENTE TAREAS
PRIORITARIAS Y PLAZOS 1)
Restricciones no Arancelarias. a)
definición: analizar las restricciones y medidas no arancelarias que tengan
relación con la temática ambiental y elaborar la propuesta de armonización o
eliminación de tales medidas y restricciones. El proceso de armonización o
eliminación abarca tanto la compatibilización como el mantenimiento de
restricciones y medidas no arancelarias, cuando éstas resulten justificadas
adecuadamente en tanto constituyen medidas y restricciones de protección al
medio ambiente. b)
justificación: la consolidación de la unión aduanera implica el proceso de
eliminación y/o armonización de las restricciones no arancelarias. Como
parte de esas restricciones resultan de instrumentos jurídicos ambientales
es fundamental que el SGT Nº 6 concluya la tarea de evaluación, iniciada por
la Reunión Especialzada de Medio Ambiente (REMA) a fin de completar su
análisis y elevar su propuesta terminada al GMC. Resulta asimismo necesario
realizar un seguimiento de las tareas del Comité Técnico Nº 8, encargado de
identificar nuevas restricciones no arancelarias. c) medios
necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras
áreas competentes del gobierno, así como recursos provenientes de la
cooperación internacional. d) plazo:
1) RNA ya
identificadas en el Anexo de la Decisión Nº 3/94 CMC: Junio/96; 2) Acción
permanente, conforme la dinámica del proceso de integración 2)
Competitividad y Medio Ambiente a)
definición: contribuir para establecer en materia ambiental condiciones de
adecuada competitividad entre los Estados Partes y entre éstos y terceros
países y/o esquemas de integración regional. Promover estudios que atiendan
la valoración e inclusión del costo ambiental en el costo total del proceso
productivo, de modo que permita condiciones ecuánimes de protección
ambiental y competitividad. b)
justificación: la tendencia mundial en materia ambiental, y sus resultados
en términos de medidas de protección ambiental pueden afectar las ventajas
comparativas de algunos países, creando barreras para el acceso en ciertos
mercados o que alteran su competitividad por la elevación de los costos de
producción. El principal impacto socio-económico resultante de un conjunto
de restricciones ambientales es la posibilidad de incremento de los precios
relativos de los productos. Así, han de inducirse cambios estructurales en
los procesos productivos de los Estados Partes, que al mismo tiempo atienda
las necesidades de control ambiental y aseguren la competitividad. c) medios
necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras
áreas competentes del gobierno, así como otra fuente de recursos de la
Cooperación Internacional. d) plazo:
Diciembre /97 3) Normas
Internacionales - ISO 14.000 a)
definición: acompañar el proceso de elaboración, discusión, definición e
implementación de la serie ISO 14.000 - Gestión Ambiental, y analizar los
impactos de su posible aplicación como factor diferenciador de
competitividad para productos originarios del MERCOSUR en el mercado
internacional. b)
justificación: los cambios estructurales en curso en la economía mundial
están dando lugar a la generación de nuevas formas regulatorias al flujo de
bienes y factores de producción. En este contexto, podrán ser establecidos
requerimientos sin justificación posible o restricciones severas a productos
y procesos influenciando la competitividad de empresas y países.
Considerando que los países que enfrentarán los mayores problemas para ser
acreditados son aquellos en desarrollo, se torna imprescindible y urgente la
unión entre los Estados Partes del MERCOSUR en la defensa de los intereses
comunes. La articulación entre los cuatro países frente a las propuestas de
normas presentadas, paralelamente al mejoramiento de sus prácticas de
gestión ambiental, podrán facilitar la certificación de sus productos y
servicios ante las normas internacionales, no interfiriendo en la
competitividad del MERCOSUR con terceros países. c) medios
necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras
áreas competente del gobierno, así como otra fuente de recursos de la
Cooperación Internacional. d) plazo :
durante el proceso de negociación e implementación de la ISO 14.000
(Diciembre 97). 4) Temas
Sectoriales a)
definición: promover la implementación de las propuestas que en materia
ambiental fueron presentadas por los Subgrupos de Trabajo al término del
período de transición. b)
justificación: varios subgrupos de trabajo, durante el período de
transición, elaboraron propuestas específicas con respecto a la
consideración de la temática ambiental en términos de necesidades,
requisitos y costos sectoriales. (Ejemplo: energía, industria, agricultura,
etc.). Como esas propuestas se originan en disposiciones consideradas entre
los cuatro países y representan aspectos importantes al momento actual del
proceso de integración, es necesario estudiarlas e investigar las
posibilidades de su implementación. c) medios
necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras
áreas del gobierno, así como otra fuente de recursos de la Cooperación
Internacional. d) plazo:
1) diciembre 96
2) permanente 5)
Proyecto de Instrumento Jurídico de Medio Ambiente en el MERCOSUR. a)
definición: la elaboración de un documento que tomará como referencia los
ordenamientos legales nacionales, temas específicos de gestión ambiental,
teniendo como objetivo la optimización de los niveles de calidad ambiental
en los Estados Partes. b)
justificación: la propuesta se incluye en el contexto de las directrices
trazadas para la dinámica de cooperación a ser observada en la actual fase
del MERCOSUR, tendientes a incluir la optimización de los niveles de calidad
ambiental mediante la efectiva aplicación de los mecanismos legales en cada
una de los Estados Partes. c) medios
necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras
áreas competentes del gobierno, así como otra fuente de recursos de la
Cooperación Internacional. d) plazo:
octubre/96. 6)
Sistema Información Ambiental a)
definición: diseño, desarrollo y puesta en operación de un sistema de
información ambiental sustantiva, a nivel de las máximas instituciones
nacionales de los Estados Partes. b)
justificación: la evolución que el tratamiento de la temática ambiental va
teniendo en cada uno de los Estados Partes y la consiguiente potencial
incidencia que ésta tiene en el proceso de integración hace necesaria la
conformación de un sistema de información en tiempo útil que sirva de
sustento para la toma de decisiones y generación de iniciativas de
coordinación y consenso; en suma para consolidar un accionar armónico en el
enfoque de la temática. c) medios
necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras
áreas del gobierno, así como otra fuente de recursos de la Cooperación
Internacional. d) plazo:
diciembre 96 7) Sello
verde Mercosur a)
definición: desarrollar un proceso tendiente a la definición y formalización
de un sistema sello verde Mercosur. b)
justificación: como una actividad consistente con el desarrollo del comercio
intra Mercosur y Mercosur y terceros países u otros procesos de integración
y tomando como especial referencia la preferencia creciente del mercado por
aquellos productos ambientalmente adecuados, se considera oportuno y
conveniente desarrollar una propuesta que, considerando las instancias
normativas y de fiscalización-auditoría propenda a la formalización de un
Sello Verde Mercosur. c) medios
necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras
áreas competentes del gobierno, así como otra fuente de recursos de la
Cooperación Internacional. d) plazo:
diciembre 97. SUBGRUPO
DE TRABAJO Nº 7 INDUSTRIA TAREAS
PRIORITARIAS Y PLAZOS Las
tareas que se detallan a continuación a ser ejecutadas por el Subgrupo de
Trabajo en el corto y mediano plazo, estimado en un período de 18
(dieciocho) meses desde la primera reunión ordinaria del SGT, constituyen la
primera etapa del trabajo del Subgrupo. CAPITULO
1:
COMPETITIVIDAD INDUSTRIAL 1.1.-
REALIZACIÓN DE DIAGNÓSTICOS DE COMPETITIVIDAD DE SECTORES SENSIBLES PARA LA
ECONOMÍA DE LOS PAISES DEL MERCOSUR.
Definición: Dar continuidad a la realización de diagnósticos de
competitividad de sectores sensibles de la industria de los países de la
subregión, especialmente aquellos con mayor incidencia de pequeñas y
medianas empresas. Esos
diagnósticos tienen por objetivo la homogeneización del conocimiento de esos
sectores en los Estados Partes, evidenciando sus puntos débiles y fuertes,
intra y extra MERCOSUR; identificando los principales factores que
obstaculizan o favorecen su competitividad; las oportunidades de
complementación industrial entre las industrias de la subregión, así como
apuntar a la necesidad de reestructuración industrial en uno o más países. El
Subgrupo continuará promoviendo la realización de seminarios con la
participación de representantes del sector productivo, para debatir los
resultados de los estudios realizados. El
objetivo es contribuir con medios técnicos a las acciones gubernamentales,
así como a las decisiones del sector productivo. Medios
necesarios para la ejecución: los diagnósticos de competitividad son
realizados en el ámbito de la cooperación BID-MERCOSUR. En este
momento, se encuentran en proceso estudios sobre los sectores de Máquinas -
herramientas, Artículos de tocador, Madera y sus manufacturas y Cuero y
artículos de cuero. 1.2 -
IDENTIFICACION DE OPORTUNIDADES PARA REALIZAR ALIANZAS ESTRATEGICAS
INTRAMERCOSUR.
Definición: Identificación de oportunidades para la promoción de alianzas
estratégicas entre empresas de los países del MERCOSUR, que involucren,
entre otros, incremento de los flujos de comercio, complementación
industrial, formación de asociaciones diversas, inversiones, transferencia
de tecnología, investigación y desarrollo, abastecimiento de insumos, y
acceso a canales de comercialización. La idea
del trabajo es, a partir de la identificación de oportunidades de
realización de alianzas que concurran al perfeccionamiento de la
competitividad de la industria de la subregión, promover encuentros
reuniendo a los representantes de los sectores productivos específicos, así
como instituciones gubernamentales y privadas afines a las áreas de interés
en cuestión, para la presentación y debate acerca de las alternativas
detectadas, de manera de estimular la realización de los acuerdos.
Justificación: aprovechar los mecanismos de la Unión Aduanera para avanzar
en el proceso de integración y de especialización de las economías, mediante
el interrelacionamiento de las empresas en el ámbito del MERCOSUR. Medios
necesarios para la ejecución: Identificar esas oportunidades a través de la
realización, entre otros, de los diagnósticos de competitividad citados en
el ítem 1.1, realizados en el ámbito de la cooperación BID/MERCOSUR. Se espera
contar, además con cooperación técnica en negociación con la Unión Europea. 1.3 -
SISTEMA DE INDICADORES DE COMPETITIVIDAD
Definición: Formulación e implementación de un proyecto para constituir un
sistema de indicadores de competitividad, teniendo como base parámetros
utilizados por los países industrializados, destinado al seguimiento de la
evolución de sectores industriales sensibles para las economías de los
países de la subregión. Este
sistema estaría constituído por indicadores estadísticos que permitan
monitorear el estado de desarrollo de las industrias del MERCOSUR, en
relación a la práctica internacional. La
implementación del sistema de indicadores permitiría monitorear
permanentemente el nivel de competitividad de esos sectores, así como
acompañar los resultados de las políticas de reestructuración que se
adopten, evidenciando la necesidad de corregir los rumbos, mostrando
simultáneamente las tendencias de esos sectores en los países líderes. Medios
necesarios para la ejecución: El Subgrupo deberá continuar la realización de
gestiones en el sentido de obtener cooperación técnica internacional para la
formulación e implementación del proyecto, probablemente en el ámbito de la
II Etapa de la Cooperación BID/MERCOSUR, o del Convenio en negociación con
la Unión Europea. 1.4 -
SISTEMA DE SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE PROMOCION INDUSTRIAL ADOPTADAS POR
LOS PAISES DEL MERCOSUR.
Definición: Montaje e implementación de mecanismos de seguimiento y
divulgación de las medidas de promoción industrial, adoptadas por los países
miembros de la Unión Aduanera.
Justificación: Contribuir para que los sectores gubernamentales cuenten con
la información actualizada sobre las medidas de promoción industrial
vigentes en los cuatro países, incluyendo entre otros la legislación sobre
zonas francas, áreas aduaneras especiales y regímenes especiales de
importación relacionados. Medios
necesarios para la ejecución: El Subgrupo ya realizó un relevamiento de las
políticas de promoción industrial vigentes en los Estados Partes durante el
período de transición. Deberá implementarse un mecanismo que permita la
consolidación y actualización permanente de esos datos. Se
contemplará en la temática de este capítulo el análisis de los aspectos
medioambientales y tecnológicos vinculados directamente a la industria, en
tanto los mismos afectan la competitividad de las empresas. Se
detallan a continuación, a título de ejemplo, algunas de las acciones
específicas a encarar para la concreción de los objetivos de este capítulo: -
promover en coordinación con la Reunión Especializada de Ciencia y
Tecnología la realización de encuentros de vinculación entre empresarios,
instituciones científico-tecnológicas, organismos promocionales e
instituciones de financiamiento para promover la realización de proyectos de
investigación conjunta con aplicación directa al proceso productivo. -
promoción de centros regionales destinados a asistir a nuevas empresas y
emprendimientos innovadores de firmas existentes apoyando su proyección en
el MERCOSUR. -
promover la realización, a través de instituciones de formación profesional,
de programas de capacitación laboral referidos tanto a multifuncionalidad,
incremento de la productividad, adaptación a nuevas condiciones
tecnológicas, cooperación en la optimización y control de la calidad, como
así también en el mejoramiento de las condiciones de seguridad y salud en el
trabajo. -
promoción de la difusión e intercambio de experiencias para el mejoramiento
de las estructuras organizacionales y dirección de las empresas de la región
incluyendo capacitación gerencial. -
promover la realización de programas tendientes a la reconversión y
adecuación tecnológicas con vistas a la preservación de las condiciones
ambientales dentro y fuera de las empresas. Capítulo
2 PROGRAMA
DE COOPERACION EN CALIDAD Y PRODUCTIVIDAD
Definición: Promover la cooperación entre los países del MERCOSUR por medio
de estrategias y/o programas que permitan mejorar la calidad y la
productividad industrial en la región.
Justificación: Los países del MERCOSUR deben adecuarse para enfrentar, de
forma competitiva, el aumento de los flujos de comercio en el contexto de
una economía cada vez más globalizada. Medios
necesarios para la ejecución: El Subgrupo deberá esforzarse en el sentido de
obtener cooperación técnica dentro del Convenio en negociación con la Unión
Europea, así como trabajar junto al Subgrupo 3 - Reglamentos Técnicos - en
el proyecto, en curso de Cooperación en Normas Técnicas con aquel bloque
económico. Capítulo
3 PROMOCION
DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Y EMPRESAS DE ARTESANADO 3.1 -
PROYECTO E IMPLEMENTACION DE UNA RED DE INTEGRACION EMPRESARIAL QUE ABARQUE
TODOS LOS PAISES DEL MERCOSUR - REDSUR
Definición: Continuar los trabajos de formulación e implementación de la
REDSUR, con el objetivo de promover la dinamización de la integración
empresarial de las micro, medianas y pequeñas empresas de la subregión,
contribuyendo al mejoramiento de la competitividad de las mismas. La
implantación de la REDSUR permitirá a las empresas usuarias, entre otros:
agilizar el flujo de informaciones y de comunicación intra-MERCOSUR; crear
oportunidades contribuyendo al incremento del intercambio comercial;
posibilitar transferencias de tecnología y de conocimientos técnicos. Los
servicios ofrecidos son apoyados por los sistemas nacional e internacional
de telecomunicaciones que integran las diferentes tecnologías asociadas a
los mismos. En el ámbito del MERCOSUR, ese apoyo será otorgado a través de
los acuerdos operacionales celebrados entre EMBRATEL- Brasil, TELINTAR-
Argentina, ANTELCO- Paraguay y ANTEL- Uruguay. Medios
necesarios para su ejecución: Se encuentra en fase de realización en el
ámbito de la cooperación BID/MERCOSUR, el proyecto orientado a la definición
de dicha red. 3.2.
ACCIONES COORDINADAS DE APOYO AL DESARROLLO DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y
MEDIANAS EMPRESAS DEL MERCOSUR- MPYME
Definición: Se encuentran en gestación o implementación en el ámbito del
Subgrupo, diversas acciones de apoyo al fortalecimiento de las MPYMES de la
subregión, entre las cuales cabe destacar: a)
Desarrollo y ampliación del documento aprobado por Resolución Nº 90/93, GMC
Políticas de apoyo a las MPYMES del MERCOSUR. Ese
documento tiene como puntos principales la conceptualización de las MPYMEs
en el MERCOSUR y la proposición de mecanismos e instrumentos de apoyo con la
definición de proyectos de ejecución inmediata.
Considerando la dinámica del proceso de integración es importante que el
referido documento sea complementado y desarrollado en función de la
implementación y consolidación de la Unión Aduanera, evaluándose los
resultados ya alcanzados y definiéndose nuevas estrategias y directrices de
acción en el corto y mediano plazo. b)
Promoción de la cooperación empresarial y de la mejora del acceso a los
mercados para las MPYMES del MERCOSUR. Diversas
instituciones nacionales del MERCOSUR vienen promoviendo la realización de
eventos involucrando a las MPYMEs, en realización de acuerdos comerciales,
de subcontratación (tercerización) y transferencia de tecnología. El
objetivo del Subgrupo Nº 7 es actuar en estrecha articulación con las
diversas instituciones públicas y privadas, que representan a las MPYMEs y
servicios existentes en los Estados Partes, teniendo en cuenta entre otros: El
establecimiento de asociaciones que favorezcan la realización de eventos que
cuenten con la participación de entidades y representantes de sectores
industriales de los cuatro Estados Partes; .
Fortalecer programas actualmente existentes de aproximación entre socios
potenciales, en el ámbito del MERCOSUR y con terceros países y estimular la
integración con empresas de mayor porte. . Programa
de intercambio institucional para estimular la integración entre
instituciones públicas y privadas vinculadas a la promoción de las MPYMEs. Programa
de compras gubernamentales destinado a modificar procedimientos vigentes y
sugerir acciones que permitan el mejor acceso de las MPYMEs. -
Programas de bolsas de negocios para diseminar mecanismos de integración
entre empresas a través de la creación de redes de sub-contratación. c)
Estímulo a la formación, capacitación y reconversión de recursos humanos
destinados a las MPYMEs.
Justificación: El papel de las MPYMEs en la producción industrial y
generación de valor agregado en el producto tiene una importancia
significativa como puede observarse en casi todos los países exitosos, los
cuales desarrollan políticas específicas para estimular el sector como
sucedió en Japón, USA y países conocidos como los Tigres Asiáticos, entre
otros. Medios
para su ejecución: Además de contar con Cooperación Técnica dentro del
convenio BID/MERCOSUR, el Subgrupo deberá actuar con otros Subgrupos y
Reuniones Especializadas para el encauzamiento de temas relativos al sector
industrial en cuestión. 3.3.
ACCIONES COORDINADAS DE APOYO AL DESARROLLO DEL ARTESANADO DE LA REGION.
Definición: Formular y articular la implementación de estrategias conjuntas
para el desarrollo del sector que contemplen directrices, acciones y
prioridades claras y factibles, vinculadas a aspectos relativos a gestión,
legislación, conceptualización del sector, divulgación de informaciones,
realización de eventos, comercialización y cooperación.
Justificación: Varios países han concluido que el desarrollo del sector
artesanal se identifica con las cuestiones insertas en la agenda
internacional tales como preservación del medio ambiente, necesidad de
disminuir la pobreza y las desigualdades, intensificación de intercambios
comerciales y culturales, turismo, y vienen desarrollando actividades
significativas para el sector y obteniendo una notable mejora en la calidad
de su producción que se vierte en el ámbito de los mercados internos e
internacionales, con consecuencias sociales y económicas positivas. Se
resaltan en este contexto las experiencias de México, Colombia, Costa Rica,
Guatemala, España y Portugal. Medios
necesarios para su ejecución: Buscar cooperación técnica de países como
México, Colombia y los de la Unión Europea, en particular España, debido a
su larga experiencia, con resultados significativos. CAPITULO
4 ARMONIZACION
DE LA LEGISLACION Y DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS RELATIVOS A LA
PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Definición: Trabajar en la implementación del acuerdo relativo a Marcas,
Indicaciones de Procedencia y Denominación de Origen, aprobado por el CMC en
su reunión 01/95. Continuar
avanzando en la negociación de Acuerdos relativos a otras materias
relacionadas a la propiedad intelectual, como por ejemplo, Modelos de
Utilidad y Diseños Industriales, Derechos de Autor, Cultivares, Patentes,
Topografía y Circuitos Integrados. Continuar
promoviendo reuniones de responsables de organismos de propiedad industrial
de los Estados Partes, de forma de establecer asociaciones para la
modernización de esas instituciones y la armonización de sus procedimientos.
Justificación: El aumento de la competitividad del conjunto de economías de
la subregión, en el contexto de Unión Aduanera, implica la existencia y
adopción de modernas reglas de protección a la propiedad intelectual,
basadas en acuerdos internacionales existentes sobre la materia, que
contribuyan a atraer inversiones y tecnología. El
Acuerdo sobre Marcas, Indicaciones de Procedencia y Denominación de Origen,
así como los demás Acuerdos en discusión, tienen por objetivo el
establecimiento de reglas y principios generales que sirvan para orientar la
acción administrativa, legislativa y judicial de cada Estado Parte para el
reconocimiento y aplicación de los derechos de propiedad intelectual. En este
sentido es fundamental la cooperación entre los órganos que tratan el tema
en el MERCOSUR. Medios
para su ejecución: El Subgrupo continuará esforzándose para obtener
cooperación técnica de organismos internacionales de reconocida experiencia
en la materia. SGT Nº 8
AGRICULTURA TAREAS
PRIORITARIAS Y PLAZOS
Armonización sanitaria y fitosanitaria y compatibilización del Acuerdo
Sanitario y Fitosanitario del MERCOSUR (ACSAFIM) con el Acuerdo sobre la
aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC (Acuerdo SPS/OMC).
Seguimiento y análisis de las políticas agrícolas y agroindustriales
nacionales
Articulación con el sector privado
Armonización de regulaciones referidas a: a)
Semillas b)
Fertilizantes, enmiendas e inoculantes c)
Vinos y derivados de la uva
f) Genética animal g)
Alimentos para animales h)
Productos de la agricultura orgánica JUSTIFICACION La
justificación de las tareas 1 y 4 es facilitar la libre circulación de las
mercaderías agropecuarias y agroindustriales en el MERCOSUR. La
justificación de la tarea 2 es la de sentar las bases para una coordinación
a nivel regional de acciones e instrumentos de esas políticas. La
justificación de la tarea 3 es la de mantener un ámbito donde el sector
privado pueda expresar sus preocupaciones y sugerencias en relación con la
marcha del proceso de integración agropecuaria y agroindustrial. DETALLES
DE TAREAS Y PLAZOS
a)
Cuarentena Vegetal
Permanente
Programa de Trabajo 1995
31/12/95
Permanente
30/09/96
- armonización de legislación referida a la
producción, comercialización, registro, certificación y análisis de
semillas -
armonización de la legislación sobre derechos de los obtentores de
nuevos cultivares
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